Norma Legal Oficial del día 07 de Julio del año 2012 (07/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de MORDAZA de 2012

acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales, sectoriales y regionales, para la contribucion del desarrollo integral y sostenible de la region. Que, el articulo 38 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las ordenanzas regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, el derecho a la identidad tiene caracter esencial y arraigo constitucional, por ser un atributo de la personalidad, segun lo establece el Codigo Civil y el inciso 1) del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru, dado que el nombre es una entidad inmutable, intransferible, imprescriptible e inalienable. Que, la identidad de una persona, se manifiesta a traves del nombre, el cual incluye los apellidos. En nuestro ordenamiento civil peruano, el nombre de una persona consta regularmente del apellido del padre seguido por el de la MORDAZA, o los apellidos del progenitor que la reconoce, debiendo existir correspondencia con la cadena genetica y arbol genealogico de su titular, por estar asociado a una herencia biologica que se transmite de generacion en generacion. Que, el atributo de la identidad, tiene la categoria de derecho humano y es, por consiguiente, fundamental para el desarrollo de la persona y de la sociedad. Este derecho que comprende diversos aspectos que distinguen a una persona de otra, incluye el derecho a tener un nombre y a ser identificado a traves de un documento de identidad. Que, el nombre, ademas de componente basico de la identidad de las personas, en cuanto les dota de existencia legal y les permite ejercitar sus derechos; ademas, permite a las autoridades conocer, en terminos reales, cuantas personas integran una localidad, region y/o MORDAZA, para que puedan planificar e implementar adecuadamente sus politicas publicas y de desarrollo. Que, la situacion de indocumentacion en la que se encuentran ninas, ninos, adolescentes, hombres y mujeres, cuyos nacimientos no han sido inscritos, los coloca en una posicion de desventaja respecto a sus pares, manteniendolos en el circulo de la pobreza y discriminacion, incrementandose para ellos, el riesgo de sufrir vulneracion en sus derechos y prolongando su estado de exclusion que tambien afecta a su prole. Que, es necesario garantizar el derecho al nombre y a la identidad de las personas nacidas en el Departamento de MORDAZA de MORDAZA, en concordancia con la politica de inclusion social que asume el Estado, las mismas que deben comprometer a las instituciones que se encuentran directa o indirectamente involucradas en el tema, para que aporten soluciones acorde con sus competencias; debiendo asimismo, establecer mecanismos que faciliten la correccion de datos en las partidas del registro civil, en caso de personas cuyo nacimiento MORDAZA sido inscrito con errores subsanables. Que, si bien la identificacion de peruanos y peruanas es una funcion exclusiva del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC), la promocion y defensa de los derechos de las personas, es competencia de las diversas instituciones de caracter publico que vienen ejecutando acciones que contribuyen a garantizar el derecho al nombre y a la identidad personal, a traves de acciones de informacion a la poblacion, de apoyo a las gestiones ante las Oficinas de Registro y Estado Civil y el desarrollo de campanas de documentacion ejecutadas en coordinacion con el RENIEC, no siendo ajeno a tales menesteres el Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, que puede y por su mision promotora del desarrollo regional, sumarse al esfuerzo institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, y demas entes publicos, asumiendo como MORDAZA de interes regional, la regularizacion de las inscripciones y las rectificaciones de datos en las partidas del registro civil. Que, mediante Informe Legal Nº 348-2012GOREMASD/ORAJ, la Oficina Regional de Asesoria Juridica, opina que las acciones orientadas a la regularizacion de inscripciones de nacimientos, deben ser realizadas en coordinacion con el RENIEC y con las Municipalidades Provinciales y Distritales. Que, mediante Dictamen Nº Dictamen Nº 03-2012GOREMAD/CSPDSSCYDC, la Comision de Salud, Poblacion, Desarrollo Social, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, conforme al analisis efectuado, propone y recomienda al pleno del Consejo Regional, su

aprobacion mediante la emision de la MORDAZA regional correspondiente. Que, estando al Dictamen en mencion, el Consejo Regional es sesion ordinaria, luego del analisis y debate correspondiente, con el MORDAZA por unanimidad de los Consejeros Regionales, ha estimado aprobar el mismo. El Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado; Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- DECLARAR, de interes regional, la regularizacion de inscripciones de nacimientos de las personas nacidas en el Departamento de MORDAZA de MORDAZA, que hasta la fecha se mantienen indocumentadas, asi como las rectificaciones de datos en las partidas de registro del estado civil de la jurisdiccion del Departamento de MORDAZA de MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- ESTABLECER, mecanismos que faciliten los tramites referidos en el articulo precedente, en coordinacion con el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC), Municipalidades y demas entes publicos, promoviendo una efectiva inclusion social y la correspondencia entre la realidad e identidad en el contenido de las partidas de registro del estado civil de las personas nacidas en el Departamento de MORDAZA de Dios. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, para su promulgacion. En la MORDAZA de Puerto MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. MORDAZA H. MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA de MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 810257-2

Institucionalizan el Congreso Regional de Investigacion y Monitoreo Biologico en Areas Naturales Protegidas y Corredores de Conservacion - MORDAZA de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2012-GRMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria, llevada a cabo el dia 10 de MORDAZA del 2012. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, emanan de la voluntad popular, y gozan de autonomia politica, economica y administrativa, y tienen por mision, organizar y conducir la gestion publica regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Region. Que, el Inciso a) del articulo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece

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