Norma Legal Oficial del día 12 de Septiembre del año 2012 (12/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES
MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA

474281

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA Res. N° 643-2012-RASS.- Disponen independizar , declarar la Habilitacion MORDAZA de Oficio y la Inscripcion registral a uso MORDAZA de terreno ubicado en el distrito 474311 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO R.A. N° 855-2012-MPC-AL.- Autorizan participacion de Regidor Provincial en curso a realizarse en Espana 474314 MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA D.A. N° 017-2012-MDB-AL.- Amplian plazo de vigencia para el acogimiento a beneficios tributarios y no tributarios, aprobados mediante la Ordenanza N° 08-2012-CDB 474314

Ordenanza N° 015-2012/MDV.Modifican el Reglamento Interno del Concejo Distrital de Ventanilla 474315 D.A. N° 009-2012/MDV-ALC.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 18-2011/MDV, mediante la cual se Regula el Regimen de Regularizacion de Licencias de Edificacion y Declaratoria de Edificaciones en el Distrito de Ventanilla 474316 D.A. N° 010-2012/MDV-ALC.Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 013-2012/MDV, mediante la cual se establecen beneficios e incentivos tributarios y administrativos 474316 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA R.A. N° 869-2012-MPJ-A.- Autorizan disposicion final de bienes muebles y aprueban las Bases Administrativas de la Subasta Publica N° 01-2012-MPJ de Vehiculos y Maquinarias en estado de chatarra 474317

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29915
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

5.

6. 7.

las Fuerzas Armadas, la MORDAZA militar y el servicio militar. Creacion de un ente central de compras para la Defensa Nacional, con el objeto de mejorar la capacidad operativa y el mantenimiento de activos de las Fuerzas Armadas, mediante el uso eficiente de los recursos asignados y de los procesos de compra. Reforma del regimen remunerativo y de pensiones del personal de la Policia Nacional del Peru y las Fuerzas Armadas. Reforzamiento de la estrategia de seguridad y defensa nacional en relacion al control y registro de los insumos quimicos y productos, asi como de maquinarias y equipos que directa o indirectamente sirvan para la elaboracion y trafico de drogas ilicitas.

DELEGASE EN EL PODER EJECUTIVO LA FACULTAD DE LEGISLAR EN MATERIA DE FORTALECIMIENTO Y REFORMA INSTITUCIONAL DEL SECTOR INTERIOR Y DE DEFENSA NACIONAL
Articulo 1. Disposicion autoritativa general Delegase en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar por el termino de noventa (90) dias calendario sobre las materias especificadas en el articulo 2 de la presente Ley, conforme a lo previsto por el articulo 104 de la Constitucion Politica del Peru y lo establecido en el inciso d) del numeral 1 del articulo 76 y en el articulo 90 del Reglamento del Congreso de la Republica. Articulo 2. Materias de la delegacion de facultades legislativas La delegacion a la que se refiere el articulo 1 de la presente Ley comprende la facultad de legislar sobre las siguientes materias: 1. 2. 3. 4. Reforma de la legislacion orientada al fortalecimiento institucional del Ministerio del Interior, de la Policia Nacional del Peru y de la MORDAZA policial. Modificacion del MORDAZA legal que establece el apoyo, por parte de las Fuerzas Armadas, a la Policia Nacional del Peru y a otras instituciones. Reforma del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional con el objeto de fortalecer su constitucion y funcionamiento. Reforma de la legislacion orientada al fortalecimiento institucional del Sector Defensa, de

Articulo 3. Vigencia de la Ley La presente Ley entra en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente Constitucional de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veinte dias del mes de agosto de dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA EGUREN NEUENSCHWANDER MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de setiembre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros

840032-1

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