Norma Legal Oficial del día 21 de Febrero del año 2013 (21/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
ACTO Primera renovacion de carta fianza MORDAZA renovacion de carta fianza

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de febrero de 2013

Que, la Directiva No. 001-2005-MTC/15, aprobada mediante la Resolucion Directoral No. 3990-2005-MTC/15 y sus modificatorias, regula el Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones a GNV y de los Talleres de Conversion a GNV, en adelante la Directiva, establece las condiciones para operar como Entidades Certificadoras de Conversiones a GNV, determinando los requisitos documentales para solicitar una autorizacion en este rubro, ante la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el numeral 5 de la mencionada Directiva senala que la Entidad Certificadora de Conversiones a GNV, es la persona juridica autorizada a nivel nacional por la Direccion General de Transporte Terrestre ­ DGTT, para inspeccionar fisicamente el vehiculo convertido a GNV (vehiculo dedicado, bi-combustible o dual), certificar e instalar el chip u otro dispositivo que el Consejo Supervisor disponga al mismo, suministrar la informacion requerida al Sistema de Control de Carga de GNV e inspeccionar anualmente a los vehiculos con sistema de combustion a GNV y a los talleres de conversion autorizados por la DGTT; Que, asimismo el numeral 5.4 de la Directiva, dispone que la autorizacion como Entidad Certificadora de Conversiones, asi como su modificacion, suspension o caducidad para surtir efectos juridicos, deberan ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolucion Directoral No. 1079-2012MTC/15 de fecha 14 de marzo de 2012, se autorizo a la empresa ESCUELA CATALANA DE AUTOMOCION DEL PERU S.A.C., como Entidad Certificadora de Conversiones a Gas Natural Vehicular ­ GNV, al haberse acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el numeral 5.2 de la Directiva; Que, si bien la Directiva no preve un procedimiento especifico ni ha establecido obligaciones ni requisitos documentales en caso de transferencia de autorizacion por fusion, escision o absorcion de sociedades, esta situacion juridica implica una modificacion de la autorizacion que se encuentra regulada en la Directiva, por lo que resulta legalmente valido atender lo solicitado; Que, mediante Oficio No. 8741-2012-MTC/15.03 de fecha 11 de diciembre de 2012, se comunica a la empresa T-ASISTO S.A.C que a fin de iniciar el tramite solicitado, debera cumplir con presentar la documentacion pertinente, de conformidad con lo senalado en el numeral 5.2 del articulo 5 de la Directiva; Que, estando a lo opinado en el Informe N° 078-2013MTC/15.03.A.A elaborado por el abogado informante de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial se advierte que la documentacion presentada mediante el Parte Diario No. 001077 de fecha 03 de enero de 2013, cumple con lo establecido en el numeral 5.2 de la Directiva No. 001-2005MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral No. 39902005-MTC/15 y sus modificatorias, por lo que procede emitir el acto administrativo modificando la autorizacion otorgada a ESCUELA CATALANA DE AUTOMOCION DEL PERU S.A.C a favor de la empresa T-ASISTO S.A.C conforme a los alcances de la Resolucion Directoral No. 1079-2012-MTC/15; Que, de conformidad con la Ley No. 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley No. 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo No. 0582003-MTC y sus modificatorias y la Resolucion Directoral No. 3990-2005-MTC/15 y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR la modificacion de autorizacion otorgada a la empresa Escuela Catalana de Automocion del Peru S.A.C a favor de la empresa T-ASISTO S.A.C conforme a los alcances de la Resolucion Directoral No. 1079-2012-MTC/15, por haber existido entre MORDAZA acto constitutivo de escision con absorcion. Articulo 2º.- Es responsabilidad de la empresa TASISTO S.A.C renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas la Directiva No. 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral No. 3990-2005-MTC/15 y sus modificatorias durante la vigencia de la autorizacion, MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion:

Fecha MORDAZA de MORDAZA 30 de junio de 2013 30 de junio de 2014

En caso que la empresa autorizada no cumpla con presentar la renovacion de la Carta Fianza MORDAZA de su vencimiento, se procedera conforme a lo establecido en la Directiva No. 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral No. 3990-2005-MTC/15 y sus modificatorias, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa T-ASISTO S.A.C bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil contratada, MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 21 de MORDAZA de 2013 21 de MORDAZA de 2014

En caso que la Entidad autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 5.8.1 del Articulo 5 de la Directiva No. 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral No. 3990-2005-MTC/15 y sus modificatorias, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- El ambito geografico de operacion de la empresa T-ASISTO S.A.C, como Entidad Certificadora de Conversiones a Gas Natural (GNV), es a nivel nacional. Articulo 5°.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion Directoral al Registro de Propiedad Vehicular de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos y al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV adjuntandose el documento que contiene el Registro de Firmas de los Ingenieros Supervisores responsables de la suscripcion de los Certificados de Conformidad de Conversion a GNV. Articulo 6°.- La empresa T-ASISTO S.A.C se encuentra obligada a cumplir los dispositivos mencionados en el MORDAZA juridico y de sujetar su actuacion a lo establecido en la Directiva No. 001-2005-MTC/15. Articulo 7º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano" y el costo de la misma estara a cargo de la empresa T-ASISTO S.A.C. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre

898503-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Fijan valor de la Tasa de Indisponibilidad Fortuita de la unidad de punta y el Margen de Reserva Firme Objetivo del Sistema Interconectado Nacional
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 020-2013-OS/CD
MORDAZA, 19 de febrero de 2013

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