Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 1999 (16/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sabado 16 de enero de 1999

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

http://www.editoraperu.com.pe
Pag. 168907

ANO XVII - Nº 6780

CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 27052
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

CONSIDERANDO: Que, nuestro MORDAZA viene orientando su desarrollo nacional en MORDAZA con el ambiente y por ello esta trabajando en la busqueda de soluciones a los problemas de contaminacion que se vienen presentando en los ambientes urbanos y en particular aquellos relacionados con las MORDAZA moviles; Que, en los ultimos 20 anos el area metropolitana de MORDAZA y Callao ha tenido un crecimiento vertiginoso trayendo como consecuencia la existencia de problemas de congestion vehicular y elevados niveles de contaminacion; Que, debiendo mitigarse y prevenir los efectos adversos de la contaminacion del aire en el ambiente y proteger la salud en el area metropolitana de MORDAZA - Callao, a la vez de avanzar hacia un desarrollo economico sostenible, resulta necesario constituir un Comite de Gestion; Que, el citado Comite tendra como objetivos proponer los cambios en el MORDAZA normativo que posibiliten la mejora de la salud en la poblacion MORDAZA y en el area metropolitana de MORDAZA y Callao, desarrollando acciones de fortalecimiento institucional y sistemas de informacion que permitan un adecuado manejo de los temas ambientales; asimismo generara conciencia en las autoridades, empresarios, medios de comunicacion y ciudadanos de los beneficios de contar con un aire limpio; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir el Comite de Gestion de la Iniciativa del Aire Limpio para MORDAZA y Callao, el cual estara integrado por: - El Viceministro de Vivienda y Construccion, del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, quien lo presidira. - El Director General de Medio Ambiente del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. - El Director General de Salud Ambiental - DIGESA. - El Secretario General del Consejo de Transporte de MORDAZA y Callao. - Un representante de la Municipalidad Provincial de Lima. - Un representante de la Municipalidad Provincial del Callao. - Un representante de la Confederacion Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP. - Un representante del Consejo Nacional del Ambiente CONAM. - Un representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. - Un representante del Ministerio de Energia y Minas. Articulo 2º.- El Comite de Gestion de la Iniciativa de Aire Limpio para MORDAZA y Callao tendra como finalidad proponer los mecanismos de coordinacion interinstitucional y los cambios normativos orientados a la mejora de la calidad del aire de MORDAZA y Callao, planteando acciones para el fortalecimiento institucional, los sistemas de informacion y la generacion de conciencia en la poblacion involucrada, bajo el MORDAZA de objetivos compartidos y roles diferenciados. Articulo 3º.- Para facilitar la coordinacion, el Comite de Gestion de la Iniciativa de Aire Limpio para MORDAZA y Callao, utilizara el mecanismo establecido por el MORDAZA Estructural de Gestion Ambiental, aprobado por Decreto de Consejo Directivo Nº 001-97-CD-CONAM. Articulo 4º.- El Comite contara con un Coordinador Ejecutivo propuesto por su Presidente. Articulo 5º.- El Comite podra invitar a otros representantes de entidades publicas o privadas a que lo integren. Articulo 6º.- Los organismos mencionados en el Articulo 1º acreditaran a sus representantes dentro de los quince dias de publicada la presente resolucion. Articulo 7º.- La presente resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, el Ministro de Salud, el Ministro de Energia y Minas y el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales.

LEY QUE EXCLUYE A INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL MINISTERIO DE PESQUERIA DE LOS ALCANCES DEL ARTICULO 2º DE LA LEY Nº 25120
Articulo Unico.- Objeto de la ley Excluyase de los alcances del Articulo 2º de la Ley Nº 25120, el inmueble de cuatro hectareas adquirido a titulo oneroso por el Ministerio de Agricultura transferido al Ministerio de Pesqueria a merito de la Primera Disposicion Transitoria del Decreto Ley Nº 18121, finalmente formalizado por Resolucion Suprema Nº 702-70-AG. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los trece dias del mes de enero de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA MARCENARO FRERS Presidente a.i. del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA OROPEZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado, en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de enero de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesqueria 0835

PCM
Constituyen el Comite de Gestion de la Iniciativa del Aire Limpio
RESOLUCION SUPREMA Nº 768-98-PCM MORDAZA, 31 de diciembre de 1998

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