Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2020 (17/08/2020)


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Firmado Digitalmente por: EMPRESA PERUANA DE SERVICIOS EDITORIALES S.A. - EDITORA PERU Fecha: 17/08/2020 19:32:02

Gerente de Publicaciones Oficiales : Ricardo Montero Reyes

"AÑO DE LA UNIVERSALIZACIÓN DE LA SALUD"

NORMAS LEGALES
Año XXXVII - Nº 15591
LUNES 17 DE AGOSTO DE 2020

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EDICIÓN EXTRAORDINARIA
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
ENERGIA Y MINAS R.M. Nº 225-2020-MINEM/DM.- Amplían plazo establecido en la R.M. Nº 175-2020-MINEM/DM, que dispone la publicación del proyecto de "Decreto Supremo que modifica diversas disposiciones del Subsector Electricidad", para recibir comentarios y/o aportes 1 R.M. Nº 226-2020-MINEM/DM.- Autorizan transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados del Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional de Loreto 2 R.M. Nº 227-2020-MINEM/DM.- Autorizan transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados del Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional de Ucayali 3 R.D. Nº 035-2020-MINEM/DGE.- Otorgan a favor de ELECTRONORTE S.A., concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en la obra "Ampliación del Sistema de Electrificación Rural Sectores San Luis, San Miguel, Dallorso Norte y Santo Toribio, Chiclayo, Lambayeque", que comprende la zona denominada San Luis- San Miguel 5 R.D. Nº 036-2020-MINEM/DGE.- Otorgan a favor de ELECTRONORTE S.A., concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en la obra "Ampliación del Sistema de Electrificación Rural Sector San Gregorio-Chiclayo-Lambayeque", que comprende la zona denominada San Gregorio 5 R.D. Nº 037-2020-MINEM/DGE.- Otorgan a favor de ELECTRONORTE S.A., concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en la obra "Ampliación Electrificación del Anexo Santo Domingo del C.P. La Gartera, Lambayeque, Lambayeque", que comprende la zona denominada Santo Domingo 6 Minas, se establece que este Ministerio es competente en materia de energía relacionados con la electricidad e hidrocarburos, y de minería; Que, el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley Nº 30705, dispone que el Ministerio de Energía y Minas ejerce la función rectora de dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas; para la gestión de los recursos energéticos y mineros; para el otorgamiento y reconocimiento de derechos; para la realización de acciones de fiscalización y supervisión; para la aplicación de sanciones administrativas; y para la ejecución coactiva, de acuerdo a la normativa vigente; Que, el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, señala que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Precisa, además, que dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 175-2020-MINEM/DM publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 18 de julio de 2020, se dispone la publicación del proyecto normativo "Decreto Supremo que modifica diversas disposiciones del Subsector

PODER EJECUTIVO

ENERGIA Y MINAS
Amplían plazo establecido en la R.M. N° 175-2020-MINEM/DM, que dispone la publicación del proyecto de "Decreto Supremo que modifica diversas disposiciones del Subsector Electricidad", para recibir comentarios y/o aportes
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 225-2020-MINEM/DM Lima, 17 de agosto de 2020 VISTOS: El Memorando Nº 0299-2020/MINEMVME del Viceministerio de Electricidad; los Informes Nº 230-2020-MINEM/DGE y Nº 463-2020-MINEM/OGAJ de la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 4 de la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y

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