Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2020 (30/10/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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DECRETA:

NORMAS LEGALES

Viernes 30 de octubre de 2020 /

El Peruano

Artículo 1. Ampliación de plazo para el otorgamiento de la Garantía del Gobierno Nacional a los créditos del Programa "REACTIVA PERÚ" Amplíase hasta el 30 de noviembre de 2020, el plazo para el otorgamiento de la Garantía del Gobierno Nacional a los créditos del Programa "REACTIVA PERÚ", previsto en el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1455, Decreto Legislativo que crea el Programa "REACTIVA PERÚ" para asegurar la continuidad en la cadena de pagos ante el impacto del COVID-19. Artículo 2. Publicación Publícase el presente Decreto Supremo en el Diario Oficial "El Peruano", así como en la "Plataforma Digital Única del Estado Peruano" (www.gob.pe) y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. gob.pe/mef). Artículo 3. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1899052-1

RELACIONES EXTERIORES
Cancelan el Exequátur que reconoce a Cónsul General de Bolivia en Lima
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 126-2020-RE Lima, 30 de octubre de 2020 VISTA: La Nota N° MRL-274/2020, de la Embajada del Estado Plurinacional de Bolivia, mediante la cual informa el término de funciones del señor Luis Ángel Pabón Cuentas, como Cónsul General de Bolivia en Lima, a partir del 25 de noviembre de 2019; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 189-2016RE, de 6 de setiembre de 2016, se reconoció al señor Luis Ángel Pabón Cuentas, como Cónsul General de Bolivia en Lima, con jurisdicción en la circunscripción de los departamentos de Lima, Pasco, Áncash, Huánuco, Lambayeque, San Martin, Loreto, Cajamarca, Piura e Ica; Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, en el sentido de que procede la cancelación del Exequátur otorgado; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º, inciso 11) y 13), de la Constitución Política del Perú, en

COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Las entidades públicas que requieran publicar documentos en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado deberán tomar en cuenta lo siguiente: El jefe del área autorizada y acreditado ante la Gerencia de Publicaciones Oficiales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: dj@editoraperu.com.pe. 1) En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) b) Oficio escaneado dirigido al Gerente de Pubicaciones Oficiales, en el que se solicita la publicación de declaraciones juradas. El oficio podrá ser firmado digitalmente o con sello y firma manual del funcionario autorizado. El archivo en formato Excel (*) conteniendo las declaraciones juradas, una debajo de otra y en una sola hoja de cálculo. No se recibirá documentos físicos ni archivos en formato PDF. (*) Las plantillas en formato Excel se pueden descargar del siguiente link: http://pga.editoraperu. com.pe/ddjj-plantilla.xlt

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El contenido de todo archivo electrónico que se entregue para su publicación será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA INSTITUCIÓN SOLICITANTE. De esta manera, cada entidad pública es responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega a EDITORAPERU para su publicación. En el campo "ASUNTO" del correo institucional se deberá consignar el número de Oficio y nombre de la institución. En el contenido del mensaje electrónico se deberá indicar el nombre y número del teléfono celular del funcionario que podrá resolver dudas o problemas técnicos que se presenten con los documentos. Como señal de conformidad, el usuario recibirá un correo de respuesta de EDITORAPERU, en el que se consignará el número de la Orden de Publicación (OP). Este mensaje será considerado "Cargo de Recepción". La publicación se realizará conforme al orden de llegada y de acuerdo a la disponibilidad de espacio. Los documentos se recibirán de lunes a viernes de 09.00 a 17:30 pm. Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

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