Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 1998 (07/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

15. La Oficina de Sistemas y Estadistica velara por la actualizacion, integracion y oportuna consolidacion de la informacion a nivel nacional.

Si como consecuencia del reconocimiento fisico, se letermina la conformidad de las mercancias, se procede-a con el embarque de las mismas. De no estar de acuerdo :onladocumentacionpresentada,elEspecialistaenAdualas elevara un Informe a su Jefe inmediato quien deterVII. DESCRIPCION ninara las acciones respectivas. Cuando el reconocimiento fisico se deba realizar fuera A. PROCEDIMIENTO GENERAL l (le1 horario normal de atencion, estara a cargo del Oficial le Aduanas egresado de la Escuela Nacional de Aduanas DELAPRESENTACION,REVISIONDOCUMENENA), debiendo dar cuenta de dicho acto al Area de TARJA Y NUMERACION DE LA SOLICITUD DE RegimenesNo Definitivos iSuspensivos) el primer dia util RANCHODENAVEOPROVISIONESDEABORDO siguiente. (FORMBANCHO-001) 8. El Declarante conjuntamente con el Oficial de AduaIas entregara la mercancia a la persona responsable del Del declarante Jehiculo transportador, quien dejara MORDAZA de la -ecepcion en el casillero 10 de la Solicitud. 1. El Declarante presentara la Solicitud de Rancho de Concluido el embarque, el Oficial de Aduanas MORDAZA la Nave o Provisiones de a Bordo en original y dos (2:) copias :onformidad del mismo en el Casillero 11 de la Solicitud ante el Area de Regimenes No Definitivos (Suspensivos) orocediendo a entregar el original de dicho documento al Declarante, y la 1" MORDAZA al Area de Regimenes No Detinidela Intendencia de Aduana correspondiente adjuntando los siguientes documentos: :ivos (Suspensivos) para su regularizacion. 9. De efectuarse el embarque dentro del plazo senalaa J Documento de trtinsporte. do en el numeral 4 anterior, el Oficial de Aduanas encarh> Comprobante de Pago de Derechos por Servicio de gado debera emitir informe al Jefe inmediato para su Despacho Aduanero remision al Area de Regimenes No Definitivos (Suspensi 6. El Ueclarante se presentara con las mercancias ante el Area dfa Oficiales de Aduana para que el Oficial designado para el control de embarque constate el estado exterior de los bultos y/o embala,jes, que los sellos y precintos de seguridad esten correctamente colocados, verificando que no havan sido manipulados o alterados. De ser conforme, suscribira la conformidad en el casillero 9 de la solicitud. Adicionalmente, consignara en el casillero 4.1 de la solicitud el numero del Manifiesto de Varga respectivo, cuando las solicitudes hayan sido numeradas MORDAZA de la llegada del vehiculo transportador 7. En caso contrario, suspendera la operacion comunicando este hecho a su *Jefe inmediato, quien MORDAZA cuenta al Area de Regimenes No Definitivos iSuspensivos), a efectos que se designe un Especialista en Aduanas para que se efectue el reconocimiento fisico de las mercancias.

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NAS MARITIMA Y AEREA DEL CALLAO

ENTRE LAS INTENDENCIAS DE LAS ADUA-

10. El Declarante conjuntamente con el Oficial de Aduanas designado para la custodia, presentara las mercancias y la Solicitud de Rancho de Nave o Provisiones de a Bordo debidamente autorizada ante el Area de Oficiales de Aduana de la Intendencia de Aduana de Salida, continuando con el procedimiento establecido en los numerales 6 al 9 precedentes. ll. Para este caso la Ira. MORDAZA de la solicitud sera remitida al Area de Regimenes No Definitivos (Suspensivos) de la Intendencia que autorizo el traslado para la regularizacion final. B. PROCEDIMIENTO ESPECIFICO B.1 DE LA SALIDAREINGRESO DE MERCANCIAS DE MORDAZA PRIMARIA DE LA SALIDA 1. El Declarante solicitara ante el Area de Regimenes No Definitivos (Suspensivos1 la salida de MORDAZA Primaria de los equipos, maquinarias, motores y otros articulos o accesorios que forman parte de la nave y que requieran reparacion, mantenimiento 0 aprovisionamiento, mediante formato Salida/Reingreso de Mercancias de MORDAZA Primaria (FORM.RANCHO-0021 en original y dos (2) copias, procediendose a su numeracion en forma inmediata. 2. El Especialista en Aduanas designado conjuntamente con el Declarante se constituiran en la Nave o en el lugar donde se encuentre la mercancia a efectos del reconocimiento fisico correspondiente. Concluido el reconocimiento fisico se diligenciara el formato autorizandose la salida por un plazo no mayor de treinta (30) dias contados desde la fecha de su numeracion devolviendo el original y la Ira. MORDAZA al Declarante y reservando la 2da. MORDAZA para la regularizacion, procediendo al ingreso de la informacion en el SIGAD. Cuando el reconocimiento fisico se deba realizar fuera del horario normal de atencion, estara a cargo del Oficial de Aduanas - ENA, debiendo dar cuenta de dicho acto al Area de Regimenes No Definitivos (Suspensivos) el primer dia util siguiente. DEL REINGRESO DE LAS MERCANCIAS 3. El Declarante presentara ante el Area de Regimenes No Definitivos /Suspensivos) que autorizo la salida, dentro del plazo concedido, el original y Ira MORDAZA del

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