Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 1998 (04/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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MORDAZA, sabado 4 de MORDAZA de 1998

Otorgan licencia de operacion a empresa para desarrollar la actividad de procesamientoderecursoshidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL N" 133-98-PE/DNPP MORDAZA, 1 de MORDAZA de 1998 Visto el escrito de Registro N°02723OO2 de 29 de MORDAZA de 1998, presentado por AGROPESCA S.A. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial N" 033-96-PE de i 6 de enero de 1996.seotor~oaAGROPESCAS.A.. licencia de operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento pesquero de recursos hidrobiologicos, a traves de sus plantas de congelado. curado y harina residual, con las capacidades de 44 t/dia, 126 t/mes y 10 t/h, respectivamente, en su establecimiento industrial ubicadoen Tierra Colorada, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura: Que por Resolucion Ministerial N" 562-97-PE de 14 de octubre de 1997. se autorizo a AGROPESCA S.A.,el aumento de las capacidades instaladas de sus plantas de congelado y curado de recursos hidrobiologicos. en su establecimiento industrial pesquero mencionado en el considerando precedente, c o n las capacidades proyectadas de 78 t/dia y de 200 t/mes, respect ivamente; Que mediante Resolucion Ministenal N" 03%9%I'k: de 29 de enero de 1998 seestablecieronlas normasparael funwrnarmento de plantas de harina de pescado residual: Que mediante el escrito del wsto la recurrente soiiliba hcencia para la operacion de sus plantas de congelado y curado de recursos hidrobiologicos cn el precitado establecimiento industrial, en virtud a lo senalado en el Articulo 2" de la Resolucion Ministerial N" 562-97-W% Que dela inspeccion tecmcael'ectuada se ha detern
biental, calificado favorablemente mediante Oficio N" 442-97PEIDIREMA de 13 de MORDAZA de 1997 por la Direccion del Medio Amblente. Articulo 3".- Sm perjuicio de lo senalado en el articulo precedenteAC:ROPESCA S.A., debera operar su planta de harina de residuos de pescado de acuerdo a lo dispuesto por la Resolucion Mmisterial N" 039-9%FE. Articulo 4".- El incumplimiento de lo establecido en los Articulos 2" y 3" de la presente resolucion sera causal de caducidad del derecho atorgado. Articulo 5".- Transcribase la presente resolucion a la Direccion Regional de Pesqueria de Pmra, Region Grau. Registrese. comuniquese y publiquese. MORDAZA SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 7338

SALUD
Declaran improcedente solicitud sobre cambio de nombre y recategorizacion de establecimiento de salud ubicado en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL N ° 895/98-DESP-DISA-V-LC MORDAZA, 19 de junio de 1998 Visto el Expediente N 01125-98; ° CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Articulos 4°, 33"~ 38"del D. S. N" 023-87/SA, el Illmisterio de Salud, ente rector del sector, es el organismo competente del Estado, con atribucion para autorizar cl funcionamiento de los establecimientos de salud del Subsector No Puhllco y realizar sobre ellos acciones de supervision, control y sancionos. Que. mediante expediente dr vistos el Dr. MORDAZA MORDAZA Tamavo. con C.M.P. N" 05060. solicita el cambio del nombre v recate"gorlzacion de "Clinicade bis Laser" porel de "Policlinicod~ Dia Laser", drl establecimiento ubicado en Prolongacion Jr. Camana N" 1186, 2do. y 3~. piso Lima. Que, mediante R.D. N" 808/98 DESP-DI.SA.V.LC., del 1 de Junio de 1998, se anula el Registro Unificado (licencia de funcionamiento 1 F16-0000415, de fecha 1014195, perteneciente al establecimientodesaluddenominado "Clinicade DiaLaser", ubicado en Jr. Camana N" 1186,2do. y 3er. piso MORDAZA, en cumplimiento al tenor de lo dispuesto mediante R.D. N" 0985195 DESPDI.SUR.S.V.LC., DEL 17 de octubre de 1995. Que, cl Colegio Medico del Peru mediante Resolucion N° 1409 CN del Consejo Nacional, impone suspension de 30 dias en el ejercicio profesional de medico al Dr. MORDAZA MORDAZA Tamayo con C.M.P. N° 05060. Que, mientras el Dr. MORDAZA MORDAZA Tamayo se encuentre suspendido en el ejercicio de profesion medica a nivel nacional, no es procedente atender lo solicitado mediante Expediente N 01125-98, del 19 de MORDAZA de 1998. sobre cambiodedenominacion y recategorizacion. Con el Visto MORDAZA de la Direccion General Adjunta y Direccion Ejecutiva de Salud de las Personas de la Direccion de Salud V 11IMA Ciudad. SE RESUELVE: 1°.- Declarar improcedente la solicitud del Dr. MORDAZA MORDAZA Tamayo, con C.M.P. N° 05060, sobre cambio de nombre y recategorizacion del establecimiento de salud ubicado en Prolongacion Jr. Camana N° 1186, 2do. y 3er. piso Lima; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. 2".- Clausurar el citado establecimiento mientras no se adecue a ley; en tal sentido queda impedido de prestar cualquier MORDAZA de servicios de salud por no contar con la autorizacion de funcionamiento del sector Salud, conforme se dispuso en la R.D. W808/98 DESPDl.SA.V.LC.. que anula la respectiva licencia de funcionamiento. 3".- Notificar MORDAZA de la prewnte resolucion ala Fiscalia de Prevencion del Delito contra la MORDAZA y la Salud, Municipalidad de MORDAZA, Prefectura de Lima. Colegio M&dico del PerU y Policia Nacional, para su conocimiento y acciones pertinentes. Re@strese. comuniquese y pubhquese. MORDAZA MIANO MORDAZA Director General Direccion de Salud V - Lima-Callao 7322

Articulo 2°.- AGROPESCA S.A. debera operar sus plantas de procesamiento indicadas en el Articulo 1° con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento jur idico pesquero, asi como lasrelativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad. higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo debera implementar el Estudio de Impacto Am-

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