Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 1998 (07/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

NQDE ORDEN REQUISlTOS
RECURSOS AUTOMATlCA

DENOMINAClON DEL PROCEDIMIENTO CALIFICACION CON EVALUACION PREVIA POSITlVO NEGATIVO No REGULADO IMPUGNATlVOS
La Apelacion sera resuelta por la Gerencia General, agotando la via administrativa. Ver Notas (1) y (2)

DERECHO , DE PAGO APROBACION DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE AUTORIDAD Y

nacionalidad, documento de identidad, profesion u ocupacion y domicilio de los representantes legales de tales personas juridicas; c) Denominacion social de la sociedad que se predente constituir, d) Informacion detallada sobre las operaciones y servicios que se propone MORDAZA reahadas por la sociedad; e) Bolsa en la que se pretende operar; f) El nombre y domicilio del representante de los solicitantes, encargado de coordinar las acciones conducentes a obtener la autorizacion; g) El diario en que se efectuara la publicacion.

2. La Sociedad Corredora de Productos se debe constituir bajo la forma de sociedad anonima 3. Debera acompanar a la solicitud la siguiente documentacion a) Declaracion jurada del representante de los solicitantes sobre la veracidad de los documentos adjuntos a la solicitud; b) Curriculum vitae de cada uno de los organizadores, si estos fueran personas naturales, y de sus representantes legales, si los organizadores fueran personas juridicas; c) Declaracion jurada de los organizadores, que MORDAZA personas naturales, y de los representantes legales, de los organizadores que MORDAZA personas juridicas, de carecer de antecedentes policiales, judiciales y penales; asi como cumplir con lo dispuesto en el Articulo 18° del DECRETO SUPREMO N°105-95-EF (publicado en El Peruano el 24 de junio de 1995) excepto fo indicando en el inciso c); d) Proyecto de estatutos, ajustados a los preceptos de la Ley y sus Reglamentos, cuyo capital minimo debe estar acorde a lo establecido en el Articulo 3° del Reglamento de Corredores de Productos y Operadores Especiales; y, e) Perfil economico-financiero el que indicara cuando menos: Estructura organizativa, estructura de financiamiento de la inversion y Rujo de MORDAZA y estado de perdidas y ganancias proyectados considerando probables escenarios desfavorables.

4. Al dia siguiente de presentada la solicitud de organizacion, los organizadores publicaran un aviso segun el formato del Anexo 1, del Reglamento de Corredores de Productos y Operadores Especiales, en el Diario Oficial y uno de mayor circulacion nacional, con el fin de que, en un plazo de siete(7) dias contados a partir del dia siguiente de la publicacion, se formulan las objesiones fundamentadas a la formacion de la sociedad o a las personas que la organizan. 5. Comprobante de pago e los derechos respectivos. d Base Legal: RESOLUCION CONASEV N°576-97-EF/94.10 publicada en el Peruano el 5 de setiembre do1997)queapruebaelReglamentodeCorred~denododoryOl#rsdorc#lE~ 1 UIT X 30 dias utiles Tramite Documentario de CONASEV En caso de aprobacion, el pronunciamiento corresponde al Directorio. Este pronunciamiento puede ser objeto de reconsMeracion ante el mismo Directorio; agotando la via administrativa. En caso de denegatoria, el pronunciamiento sera emitido por la Geren cia Generd. Este pronunciamiento puedeserobjetodeRecursodeReconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuefta por el Directorio, agotando la via administrativa. Ver Notas (1) y (2)

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AUTORIZACION DN ORGANIZACION DE LAS BOLE SAS DE PRODUCTOS

1. Solicitud de los organizadore dirigida al Gerente de MORDAZA d Productos de CONASEV, s e presentada por no menos de ocho personas naturales 0 juridicas asociadas, conteniendo la infotmackh siguiente: l Nombre(s) y apellidos, naaonalidad, documento de identidad, estado civil, profesion u ocupacibn y domicilio de cada unoed lo s organizadores. si el organizador es una persona juridica, deberii especificar los datos de inscripcion registral, ademas de los datos mencionados precedentemente, referidos a sus representantes legales.

2. `Cuniculum Vie' de cada uno de los organizadores, y de los representantes legales, en el caso da perwnas juridicas. 3. La denominacion que ha de llevar la Bolsa, l mism aque debera incluir la expresion `Bolsa a de Productos'. 4. Lugar donde funcionara. 5. Operaciones y servicios que proyecta realizar. 6. MORDAZA de la boleta del aporte al patrimonio social depositado en una entidad bancaria o financiera, que en ningun caso pued ser inferior al minimo establecido en el Articulo P dei e Decreto Supremo W 10595E F (publicado en El Peruano el 24 de junio de 19!35), modiftcad opor el Decreto Supremo W 152-97/E F (publicad o El Peruano el 14 de en noviembre de 1997). 7. Declaracion Jurada e cada uno de lo organizadores, o de los representantes legales en d s el caso de personas juridicas, de no tene antecedentes policiales, penales y/o judiiales ni r haber sido declarados en quiebra, ni tener procedimientos incoados o sobreseidos de esa naturaleza. 8. Proyecto de minut de constrtucio donde constara el estatuto, en el que se indique la a n

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