Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 1999 (17/12/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

Pag. 181514

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, viernes 17 de diciembre de 1999

Delegan facultades para suscribir contrato de prestamo con el FIDA, destinado a financiar Proyecto de Desarrollo del Corredor Puno-Cusco
RESOLUCION SUPREMA Nº 570-99-RE MORDAZA, 14 de diciembre de 1999 Visto el Memorandum (OCI) Nº 1321, de 6 de diciembre de 1999, de la Oficina de Cooperacion Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiendo suscribirse el Contrato de Prestamo entre la Republica del Peru y el Fondo Internacional de Desarrollo MORDAZA -FIDA, destinado a financiar parcialmente el Proyecto de Desarrollo del Corredor Puno-Cusco, hasta por un monto equivalente a DEG 13.900.000.00 (Trece Millones novecientos mil y 00/100 Derechos Especiales de Giro); De conformidad con lo establecido en el inciso g) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembre de 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1º.- En via de regularizacion, delegar en la persona de la doctora MORDAZA MORDAZA Deustua Caravedo, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Peru en Italia, las facultades suficientes para suscribir en representacion del Gobierno del Peru, el "Contrato de Prestamo entre la Republica del Peru y el Fondo Internacional de Desarrollo MORDAZA -FIDA-", hasta por un monto equivalentes a DEG 13.900.000.00 (Trece Millones novecientos mil y 00/100 Derechos Especiales de Giro). 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes a la doctora MORDAZA MORDAZA Deustua Caravedo, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Peru en Italia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 15727

1. Autorizar, en via de regularizacion, al Pliego Presupuestal del Ministerio de Salud, para asumir los gastos que origino el viaje a que se contrae la parte considerativa que antecede, segun detalle: Viaticos US$ 1,100.00 2. La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneraciones aduaneras de ninguna clase o denominacion. 3. La presente Resolucion sera refrendada por el Ministro de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA A. AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud 15728

Constituyen Comites Farmacologicos en diversas dependencias del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 614-99-SA/DM MORDAZA, 14 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que el Articulo 75º de la Ley General de Salud Nº 26842 establece que la Autoridad de Salud a nivel nacional MORDAZA por el uso racional de medicamentos, promoviendo la provision de medicamentos esenciales; De conformidad con lo previsto en el Articulo 5º del Decreto Ley Nº 21292; SE RESUELVE: 1. Constituyanse Comites Farmacologicos en los Institutos Especializados del Ministerio de Salud, en las Direcciones Regionales de Salud, en las Direcciones Subregionales de Salud; y en los Hospitales del Ministerio de Salud de las Direcciones Regionales de Salud y de las Direcciones Subregionales de Salud. 2. Los Comites Farmacologicos son de caracter permanente, y dependen directamente del respectivo Director General, o de quien haga sus veces. 3. Los Comites Farmacologicos tendran las siguientes funciones: a) Conducir el MORDAZA de seleccion de medicamentos; b) Promover el uso racional de medicamentos, priorizando la utilizacion de medicamentos esenciales; c) Promover las buenas practicas de prescripcion; d) Apoyar tecnicamente los procesos de adquisicion de medicamentos; e) Brindar asesoramiento en materia de medicamentos, a los departamentos o servicios intermedios y finales de institutos y hospitales, y a los centros y puestos de salud, segun corresponda; y, f) Apoyar las acciones de farmacovigilancia. 4. El numero de miembros sera de cinco a siete profesionales de la salud, los que seran medicos - cirujanos y uno quimico-farmaceutico; entre los que necesariamente habra un medico pediatra, y un quimico-farmaceutico del area de medicamentos o del area de farmacia, segun fuere el caso. En los Comites Farmacologicos de las Direcciones Regionales de Salud, Direcciones Subregionales de Salud y hospitales, necesariamente habra un medico ginecoobstetra. En los Comites farmacologicos de las Direcciones Regionales de Salud y Direcciones Subregionales de Salud, habra un medico-cirujano del primer nivel de atencion.

SALUD
Autorizan al Pliego Presupuestal del Ministerio asumir gastos por viaje del Ministro de Salud a los EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 119-99-SA MORDAZA, 16 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que el doctor MORDAZA AGUINAGA RECUENCO, debio viajar con urgencia a la MORDAZA de MORDAZA D.C., del 11 al 15.Oct.99, presidiendo un equipo de trabajo para realizar gestiones ante el Gobierno Federal de los Estados Unidos de MORDAZA, asi como ante Autoridades del Congreso, a fin de dar a conocer la problematica relacionada con CONTRADROGAS; De conformidad con lo previsto en el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM de 26.Oct.90 y disposiciones conexas; y, Estando a lo acordado;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.