Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 1999 (12/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, martes 12 de enero de 1999

NORMAS LEGALES

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Autorizan participacion de fiscales en evento denominado "Curso de Investigacion de la Escena del Crimen", a realizarse en MORDAZA
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 023-99-MP-CEMP MORDAZA, 11 de enero de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 006-99-DG-AMAG cursado por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comision de Reorganizacion y Gobierno de la Academia de la Magistratura, y estando al Acuerdo Nº 146 adoptado por unanimidad por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en sesion de la fecha con dispensa de la lectura del acta; dejandose MORDAZA que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferreyra, Fiscal Supremo Titular y Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, se encuentra con licencia por motivo de salud y en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la participacion de los senores Fiscales Provinciales del Distrito Judicial del MORDAZA Norte para que participen en evento denominado "CURSO DE INVESTIGACION DE LA ESCENA DEL CRIMEN", a llevarse a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, del 11 al 22 de enero del ano en curso, que a continuacion se detallan: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Lican MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Willy y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vilma; concediendoseles la licencia respectiva con goce de haber, encargandoseles los despachos a los Fiscales Adjuntos segun corresponda el caso, por el termino que dure la licencia de su Titular. Articulo Segundo.- El cumplimiento de la presente resolucion no irrogara gasto alguno al pliego presupuestal del Ministerio Publico. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolucion al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comision de Reorganizacion y Gobierno de la Academia de la Magistratura, y al Fiscal Superior encargado de la Gestion de Gobierno delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en el Distrito Judicial del MORDAZA Norte, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 0486

nistre los procesos liquidatorios de las empresas del sistema financiero y del sistema de seguros, que le encomienda la Superintendencia de Banca y Seguros, y con Resolucion SBS Nº 835-98 expedida en la misma fecha, este organismo le encarga a la Comision Administradora de Carteras, la conduccion de dichos procesos liquidatorios de las citadas empresas; Contando con la opinion favorable del Intendente de Instituciones Financieras "E" y de la Superintendencia Adjunta de Banca y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 114º de la misma norma; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la disolucion de la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Majes, por encontrarse incursa en las causales senaladas en los numerales 1, 2 y 3 del Articulo 104º y 4, 5 y 7 del Articulo 107º, de la Ley General, iniciandose el correspondiente MORDAZA de liquidacion. Articulo Segundo.- Facultar a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Luzon MORDAZA, para que, en representacion del Superintendente de Banca y Seguros, realicen todos los actos necesarios para llevar adelante el MORDAZA de liquidacion; asi como su posterior transferencia a la Comision Administradora de Carteras, de acuerdo a la Resolucion SBS Nº 835-98 del 27 de agosto de 1998, quien ademas se encargara de seleccionar a la persona juridica a quien se le encomendara el MORDAZA de liquidacion de la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Majes, conforme a lo senalado en el Articulo 115º de la Ley General. Registrese, comuniquese, publiquese y transcribase a los Registros Publicos para su correspondiente inscripcion. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 0479

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Dictan disposiciones referidas al otorgamiento de licencia especial de funcionamiento para establecimientos comerciales y/o de servicios
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-99-MDB Barranco, 7 de enero de 1999 EL CONCEJO MUNICIPAL DE BARRANCO CONSIDERANDO:

SBS
Declaran la disolucion de MORDAZA rural de ahorro y credito
RESOLUCION SBS Nº 0009-99 MORDAZA, 8 de enero de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 0002-99 de fecha 7 de enero de 1999, se dispuso la intervencion de la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Majes, por encontrarse incursa en las causales previstas en los numerales 1, 2 y 3 del Articulo 104º y 4, 5 y 7 del Articulo 107º, de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General; Que, el Articulo 105º de la Ley General, dispone que la intervencion determinada por causal de insuficiencia patrimonial, no podra tener una duracion mayor a un dia calendario, transcurrido el cual se debera dictar la correspondiente resolucion de disolucion de la empresa, iniciandose el MORDAZA de liquidacion respectivo; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 191-98-EF del 98.8.27, se faculta a la Comision Administradora de Carteras, constituida por Decreto de Urgencia Nº 032-95, para que admi-

Que, las Municipalidades son competentes para otorgar autorizacion municipal de funcionamiento a los establecimientos comerciales, industriales y/o de servicios que desarrollen sus actividades dentro de su respectiva jurisdiccion; Que, ademas del horario regular de 06.00 a 23.00 hrs., algunos conductores de establecimientos desean operar los mismos, del horario de 23.01 hrs. al de 04.00 hrs. del dia siguiente, para lo cual solicitan se les otorgue autorizacion especial de funcionamiento, tambien conocida como licencia especial; Que, a fin de cautelar los intereses de la comunidad barranquina resulta necesario regular estas autorizaciones municipales de funcionamiento, en horario especial; De conformidad con el Edicto Nº 178-93-MLM, y en uso de las facultades que confiere al Concejo la Ley Nº 23853, Organica de Municipalidades, se aprueba la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Articulo Primero.- La Municipalidad Distrital de Barranco, solo podra otorgar Licencia Especial de Funcionamiento, para operar establecimientos comerciales y/o de servicios dentro de nuestra jurisdiccion, para el horario de 23.01 hrs. a 04.00 hrs. del dia siguiente, a aquellos conductores que cumplan con los requisitos vigentes, y que ademas, previamente hayan obtenido los siguientes documentos: 1. Certificado de Autorizacion Municipal de Funcionamiento, expedida por la Oficina de Rentas. 2. MORDAZA de Acondicionamiento Acustico, expedido por la Direccion de Desarrollo Urbano. 3. MORDAZA de Calidad de Instalaciones, expedida por la Direccion de Desarrollo Urbano. 4. Informe Tecnico favorable de seguridad, expedido por el Sistema Nacional de Defensa Civil.

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