Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 1999 (02/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DIBOS Presidenta del Directorio 7202

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de junio de 1999

OFICINA REGISTRAL DE MORDAZA Y CALLAO
Declaran inadmisible impugnacion contra observacion formulada por registrador a solicitud de inscripcion de embargo sobre participaciones de empresa
RESOLUCION DEL TRIBUNAL REGISTRAL Nº 124-99-ORLC/TR MORDAZA, 25 de MORDAZA de 1999 VISTO, el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MANCHEGO MORDAZA (mediante Hoja de Tramite Nº 12252 del 23 de MORDAZA de 1999) contra la observacion formulada por el Registrador del Registro de Personas Juridicas de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la solicitud de inscripcion de embargo sobre el capital social (participaciones) de la sociedad EPR Contratistas Generales S.R.L., en merito a copias certificadas de actuados judiciales. El titulo se presento el 15 de marzo de 1999 bajo el Nº 42737; y, CONSIDERANDO: Que, con arreglo a lo previsto en el Articulo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por D.S. Nº 002-94-JUS concordado con el Acapite Nº B.6-2 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la SUNARP aprobado por D.S. Nº 005-98-JUS y de conformidad con lo establecido en el D.S. Nº 37-94-JUS, que aprobo el arancel de derechos registrales vigente, actualizado en sus montos mediante Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 096-98-SUNARP y Resolucion Jefatural Nº 006-99-ORLC/JE; el escrito de interposicion del recurso de apelacion debera contener, entre otros, el domicilio del recurrente para efectos de las notificaciones y acompanar como recaudo la MORDAZA de pago de la tasa registral correspondiente; Que, la MORDAZA Nº 12864 de la Central de Notificaciones del Poder Judicial, consignada por el recurrente, funciona solo para recepcion de documentos internos, asimismo no se ha acreditado la exoneracion de pago de derechos registrales alegada; Que, en consecuencia el Tribunal Registral notifico al apelante mediante aviso publicado en el Diario Oficial El Peruano de fecha 12 de MORDAZA del ano en curso, otorgandole un plazo de 48 horas para el cumplimiento de los requisitos formales a que se refiere el primer considerando, bajo apercibimiento de la no admision del recurso, conforme lo dispone el Articulo 64º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos; Que, habiendo transcurrido el plazo concedido sin que el recurrente MORDAZA cumplido con subsanar las omisiones indicadas, conforme se manifiesta en el Memorandum Nº 50-99-ORLC/GAF-OTD del 18 de MORDAZA de 1999, procede emitir resolucion; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Declarar INADMISIBLE el recurso de apelacion interpuesto contra la observacion formulada al titulo mencionado en la parte expositiva, de conformidad con los considerandos de la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta de la MORDAZA Sala del Tribunal Registral MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal del Tribunal Registral MORDAZA MARIELLA MORDAZA MORDAZA Vocal del Tribunal Registral 7130

RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 034-1999-INDECOPI/DIR MORDAZA, 27 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que conforme al Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 788, el Indecopi se encuentra facultado a delegar sus funciones por medio de la suscripcion de Convenios con organismos, instituciones o entidades publicas, colegios profesionales o entidades gremiales de reconocido prestigio; Que el Indecopi ha suscrito un Convenio de Delegacion de Funciones con la Camara de Comercio, Agricultura e Industrias de MORDAZA a traves del cual se han delegado funciones relativas a la Comision de Salida del Mercado; Que el Articulo 20º del Decreto Ley Nº 25868, modificado por el Articulo 49º del Decreto Legislativo Nº 807, establece que los miembros de las Comisiones del Indecopi seran designados por el Directorio; Estando a lo acordado por el Directorio del Instituto en su sesion de fecha 27 de MORDAZA de 1999; y, De conformidad con el inciso e) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir del 11 de MORDAZA de 1999, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como miembro de la Comision de Salida del MORDAZA que opera en la Oficina Descentralizada del Indecopi en Lambayeque. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DIBOS Presidenta del Directorio 7203

INEI
FE DE ERRATAS RESOLUCIONES JEFATURALES Nº 106-99-INEI y Nº 107-99-INEI Por Oficio Nº 270-99-INEI/J, el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica solicita se publique Fe de Erratas de las Resoluciones Jefaturales Nº 106-99-INEI y Nº 107-99-INEI, publicadas en nuestra edicion del dia 1 de junio de 1999, en la pagina 173792. DICE: Resolucion Jefatural Nº 106-99 INEI DEBE DECIR: Resolucion Jefatural Nº 176-99 INEI DICE: Resolucion Jefatural Nº 107-99 INEI DEBE DECIR: Resolucion Jefatural Nº 177-99 INEI 7234

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