Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 1999 (25/03/1999)


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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 25 de marzo de 1999

Que, el Comite Especial encargado de la L.P. Nº 019.IPSS.98, llevo a cabo los dias 14.1.99 y 29.1.99. los actos publicos de MORDAZA de propuestas y adjudicacion, respectivamente, de acuerdo con la forma establecida por los Arts. 73º y 74º del D.S. Nº 039.98.PCM, desaprobando la propuesta tecnica presentada por el postor Distribuidora Drogueria Sagitario S.R.L., para el item 401, por no corresponder las caracteristicas fisicas del producto ofertado a las senaladas en el Protocolo de Analisis sobre su aspecto, ya que no tiene ranura; Que, el postor Distribuidora Drogueria Sagitario S.R.L., reclamo contra la desaprobacion de su propuesta tecnica mediante sus recursos impugnativos de aleacion y revision, argumentando que el item 401 se refiere a un producto que no lleva ranura central de acuerdo con la Farmacopea BP98, MORDAZA edicion; que se ha incurrido en un error tipografico en la elaboracion del Protocolo de Analisis, subsanable, pues se trata de corregir una discrepancia de forma; Que, del analisis de antecedentes se puede concluir que, si bien el Protocolo de Analisis presentado por el postor contenia una descripcion del producto distinta de la que evidencia la muestra acompanada, en cuanto a su aspecto (ranura), tambien es MORDAZA que la literatura medica presentada con el recurso de apelacion senala que la forma de MORDAZA del producto es la que evidencia la muestra entregada; Que, por lo expuesto, considerando que la discrepancia no afecta las condiciones basicas de la propuesta y que la existencia de un posterior Protocolo de Analisis presentado por el laboratorio que produce el bien materia de la licitacion, concuerda con la muestra, se concluye que hay razones suficientes para asumir que se trata de un error pasible de subsanacion; Que, en consecuencia, el MORDAZA licitatorio debe ser repuesto al estado de calificar aprobando la propuesta tecnica del postor Distribuidora Drogueria Sagitario S.R.L., y proseguir con el desarrollo de la licitacion, de conformidad con el Art. 127º del D.S. Nº 039.98.PCM; Que, de conformidad con las facultades conferidas por el Titulo V de la Ley Nº 26850 y los Arts. 8º y 9º del D.S. Nº 047.98.PCM, antecedentes y luego de agotado el correspondiente debate; SE RESUELVE: 1º.- Declarar fundado el recurso de revision interpuesto por DISTRIBUIDORA DROGUERIA SAGITARIO S.R.L., relacionado con su reclamo sobre Otorgamiento de la Buena Pro del item 401 - Valproato de Sodio o Divalproato Sodico 500 mg., de la L.P. Nº 019.IPSS-98, convocada por el IPSS, hoy ESSALUD. 2º.- Devolver al postor recurrente Distribuidora Drogueria Sagitario S.R.L., la garantia presentada, de conformidad con el Art. 128º del D.S. Nº 039.98.PCM. 3º.- Devolver los antecedentes a la entidad licitante para los fines a que se contrae el penultimo considerando de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA TACKOEN; MORDAZA PODESTA; SOLARI MORDAZA 3864

Con la visacion de la Directora General (e) de la Asesoria Juridica; y, De conformidad con el Articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-92-EM y el Articulo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- PUBLIQUESE, en el Diario Oficial El Peruano la relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de febrero, de acuerdo a la relacion adjunta que forma parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los Articulos 125º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 25º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARTIEDA Jefe Institucional Registro Publico de Mineria 3875

SUNASS
Establecen que a partir del periodo 1999 son de aplicacion en las EPS los montos de dietas de miembros de los Directorios que fije la OIOE
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 304-99-SUNASS MORDAZA, 23 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 38º de la Ley Nº 24948, debidamente concordado con el Decreto Legislativo Nº 849, y el Articulo 21º de la Ley Nº 26338, reglamentado por el Articulo 46º del Decreto Supremo Nº 09-95-PRES, la fijacion del monto de las dietas por asistencia a sesion de Directorio de las Empresas del Estado y de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS) Municipales, es competencia de la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado (OIOE) del Ministerio de Economia y de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS), respectivamente; Que, las EPS Municipales son Empresas del Estado que se encuentran bajo el ambito de la OIOE del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, por razones de uniformidad, es necesario que los criterios y mecanismos que aplica la OIOE del Ministerio de Economia y Finanzas para la fijacion del monto de las dietas de los directores de las Empresas del Estado, se apliquen en las EPS Municipales; Que, en este sentido, es conveniente que en las EPS Municipales MORDAZA de observancia los montos de las dietas de directores que fija la OIOE del Ministerio de Economia para las Empresas del Estado; De conformidad con lo dispuesto por el inciso n) del Articulo 9º de la Ley Nº 26284 y el inciso c) del Articulo 9º de la Ley Nº 26338; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establezcase que a partir del periodo 1999, son de aplicacion en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS) Municipales, los montos de las dietas de los miembros de los Directorios que fije la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado (OIOE) del Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 2º.- El cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion se efectuara de conformidad con lo prescrito en el Articulo 46º del Decreto Supremo Nº 09-95-PRES. Articulo 3º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAU Superintendente 3879

RPM
Relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de febrero de 1999
RESOLUCION JEFATURAL Nº 0747-99-RPM MORDAZA, 19 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Registro Publico de Mineria publicara en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubieran sido aprobados en el mes anterior;

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