Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 1999 (05/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, mifrcoles S de MORDAZA dc 1999 CONSIDERANDO: r Decreto Supremo w Oll-9wklTC, se aprobo el Texto Uni~Xnado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas - Ley W 26878; estableciendo en el inciso a) del Articulo 9, y el Articulo 23", que mediante Resolucion Ministerial, expedida por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, se estableceran las caracteristicas para definir el concepto y considerar la existencia de "Viviendas Construidas"; Que. asimismo, el Articulo 30" del Texto Unico Ordenado del reglakento indicado en el primer considerando, establece igualmente. aue la valorizacion del Area Obieto de Regularizacion por la ine&encia total o parcial de las rekervas c"sespondient.ks a aportes re lamentarios, sera establecida mediante Resolucion Ministeria i: excedida nor el Ministerio de Transportes. Comunicaciones, Vivienda y (:onstruccion; Que. resulta nertinente dictar el acto administrativo que de cum$kient" a i" indicado anteriormente; De conformidad con el Decreto Ley N" 25862 y el Decreto Supremo N" Oll-98-MTC; SE RESUELVE: Articulo lo.- Entiendase por "Viviendas Construidas" u las edificaciones que cuenten con cimientos, muros, coberturas y un area techada no menor a veinticinco metros cuadrados. Se entendera que el terreno objeto de la habilitacion MORDAZA cuenta con "Viviendas Construidas", ~1 el cincuenta por ciento (50% ) de su MORDAZA total se encuentra ocupada por viviendas, cuyas caracteristicas cumplen los requisitos MORDAZA indicados. Los terrenos que cuenten con "Viviendas Construidas', conforme a la descripcion del parrafo precedente, y que ademas reunanlos demas requisitos previstos en el Articulo 2J'del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Halnlitaciones Urbanas podran acogerse al Procedimiento Administrativo de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas Ejecutadas. Articulo 2".- La valorizacion del Area Objeto de Regularizacion a que se refiere el MORDAZA parrafo del Articulo 30' del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Hahrlitaciones Urbanas se realizara aplicando el Arancel MORDAZA establecidoporelConsejoNacionaldeTasaciones-CONATA,consiri(,rando la via de mayor valor de la habilitacion urbana. Registrese, comuniquese y publiqucse MORDAZA PANDOLFI ARIXJLU Ministro de Transportes, Comunicanones, Vivienda y Construccion 5763 :ONO SUR

cfperttana Pag. 172815
: Chorrillos, San MORDAZA de Miraflores, MORDAZA MORDAZA del Triunfo, MORDAZA EI MORDAZA, MORDAZA, Lurin,Punta MORDAZA, Punta Negra, San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Pucusana. : San MORDAZA de Lurigancho, El MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Ate, Chaclacayo, San MORDAZA, La MORDAZA, Cieneguilla. : Cercado MORDAZA, MORDAZA, Brena, MORDAZA MORDAZA, Lince, Pueblo Libre, MORDAZA MORDAZA, Miraflores, La MORDAZA, San MORDAZA, San MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, Surquillo, Barranco.

:ONO ESTE ;;EL;sNTRAI,

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 5769

Disponen la exoneracion del pago del Derecho de Evaluacion Tecnica por Solicitud de Habilitacion MORDAZA en las provincias de MORDAZA y Callao
RESOLUCION MINISTERLAL N" 182-99MTC115.64 MORDAZA, 29 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO:
1Llnico

Determinan distritos que corresponden a las areas geograficas de los conos y el Area Central de MORDAZA a ue se refiere el Reglamento de la Ley 8 eneral de Habilitaciones Urbanas
RESOLUCION MINISTERIAL w lt31-96-MTc115.04 MORDAZA, 29 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N" 01 l-98-MTC se aprobo el Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas; Que, el Articulo 4" del citado Texto Unico Ordenado que rescribe la funcion de las Comisiones Tecnicas previstas en la E ey N" 26878, en su MORDAZA parrafo, entre otras disposiciones, senala que por excepcion y considerando las caracteristicas de su densidad MORDAZA, la provincia de MORDAZA contara con cuatm Comisiones Tecnicas que corresponderan a las areas geograficas de los conos Norte, Sur, Este y el Area Central de MORDAZA y que mediante resolucion de este Ministerio se determinara los distritos que correspondan a cada area geogrtifica; Que, debiendose determinar los distritos que corresponden a las areas geograficas de los co'nos senalados precedentemente, resulta pertinente dictar el acto administrativo del cas"; De conformidad con el Decreto Ley N" 25862 y el I)ecreto Supremo N" Oll-98-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unica- Las areas geograficas de los conos y el Area Central de MORDAZA que a continuaaon se indican, para efectos de lc dispuesto r el Decreto Supremo W Oll-98-MTC, se encuentran conforma 8" por los siguientes distritos: as MORDAZA NORTE : San MORDAZA de Porres, Los Olivos. Independencia, Comas, Carabayllo, MORDAZA MORDAZA, Ancon, MORDAZA Piedra.

Que, por Decreto Supremo N" 01 l-98-MTC se aprobo el Texto Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitazion MORDAZA - Ley N" 26878; Que, el numeral 2) del Articulo 6" del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitacion MORDAZA, establece que el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion fijara mediante Resolucion Ministerial, el monto del derecho de evaluacion tecnica de las solicitudes ue realizaran las comisiones tecnicas, asi como las dietas de 7 os miembros integrantes de dichas comisiones; Que, de conformidad con lo senalado en el Articulo 5" del indicado Decreto Supremo, el Instituto Nacional de Desarrollo MORDAZA (INADUR) se MORDAZA carg": por el periodo de MORDAZA a diciembre de 1999, del establecimmnt" y mantenimiento de la infraestructura y logistica de las Comisiones Tecnicas de la provmcia de MORDAZA y de la Provincia Constitucional del Callao; asi como de la provision de personal tecnico y administrativo para el apoyo en la realizacion de sus evaluaciones tecnicas, y la provision de los recursos materiales para su sostenimiento: Que, asimismo, el INADUR asumira el pago de las dietas de los representantes del Colegio de Arquitectce del Peru, del Colegio de Ingenieros del Peru y de la Camara Peruana de la Construccion, miembros integrantes de las Comisiones Tecnicas, durante el mismo periodo de tiempo establecido en el considerando anterior: Que, con la finalidad de facilitar los pmcesos de tramitacion de habilitacion MORDAZA en aquellas pmvincias que las Comisiones Tecnicas estan a carg" del Instituto Nacional de Desarmll" MORDAZA CINADUR), resulta pertinente exonerar a los solicitantes del pago del Derecho de Evaluacion Tecnica, por el mencionado periodo; De conformidad con el Decreto Ley N" 25862 y el Decreto Supremo N" 0 ll -98sMTC; SE RESUELVE: Articulo lo.- En los distritos integrantes de la provincia de MORDAZA, asi como en los de la Provincia Constitucional del Callao no se cobrara Derecho de Evaluacion Tecnica por la Solicitud de Habilitacion MORDAZA comprendidas en la Ley N" 26878 y su reglamento, que evaluen y dictaminen las Comisiones Tecnicas establecidas oara MORDAZA v Callao, por el periodo de MORDAZA a . diciembre de 1999. I Articulo 2".- Fiiar en Quinientos v 001100 Nuevos Soles (S/. 500.001, el monto d; la dieta que perkbira cada miembro integrante de las Comisiones Tecnicas, representantes de los organos descentralizados del Colegio de Arquitectos del Peru, del Colegio de Ingenieros del Peru y de la Camara Peruana de la Construccion, por cada sesion completa en la que participen, abonandose hasta por un MORDAZA de cuatro sesiones al mes, las que seran asumidas por el Instituto Nacional de Desarrollo MORDAZA CINADUR) durante el periodo de MORDAZA a diciembre de 1999. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 5772

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