Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 1999 (15/11/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 15 de noviembre de 1999

Que, mediante comunicacion de fecha 8 de MORDAZA de 1999, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA denuncia a esta Superintendencia la irregularidad cometida por el senor Ruffo MORDAZA MORDAZA, consistente en la retencion de la cantidad de $ 164.63 correspondiente a la cuota inicial de la poliza de seguro Trec de La Positiva Compania de Seguros y Reaseguros; Que, segun lo advertido en la denuncia, el quejoso entrego al senor MORDAZA Zenteno, dependiente del denunciado, la cantidad en cuestion, la cual al ser retenida dio origen a la suspension del contrato de seguro por parte de la compania de seguros en cuestion; Que, mediante Oficio Nº 6714-99, esta Superintendencia requirio al senor Ruffo MORDAZA MORDAZA para que diera las explicaciones del caso, reconociendole al mismo tiempo el legitimo derecho a emitir su descargo respectivo; Que, a la fecha persiste la obligacion de restituir dicho dinero, a pesar de los sucesivos requerimientos por parte del quejoso y de una supuesta promesa de devolucion hecha por los implicados; Que, la situacion anotada coloca al corredor de seguros senor Ruffo MORDAZA MORDAZA como incurso en la falta prevista en los incisos c) e i) del Articulo 18º, de la Resolucion SBS Nº 381-91; Que, asi mismo, el denunciado registra antecedentes al respecto, toda vez que por Resolucion SBS Nº 888-97, se le impuso una multa de 1 UIT por haber incurrido tambien en las inconductas descritas en los incisos c) e i) del Articulo 18º, de la Resolucion SBS Nº 381-91; Estando a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Seguros, mediante Informe Nº 048-99-DASIA; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 361º, numeral 9 de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, asi como de lo dispuesto por el anexo III de la Resolucion SBS Nº 31098 - Reglamento de Sanciones aplicable a las personas naturales y juridicas que se encuentran bajo la supervision de esta Superintendencia; RESUELVE: Articulo Unico.- Cancelar en el Registro Oficial de Corredores de Seguros el Certificado de Inscripcion Nº 539 a nombre del senor Ruffo MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 14203

distrito de San MORDAZA, en donde funcionan parte de las Oficinas de las Superintendencias Adjuntas de Asesoria Juridica y Administracion General; Que, mediante Memorandum Nº 411-99-DL de fecha 19.10.99, el Departamento de Logistica informa que los actuales inmuebles arrendados han sido acondicionados y remodelados de acuerdo a las necesidades de la institucion; Que, el traslado a un MORDAZA local asi como su acondicionamiento generaria una inminente interrupcion de las labores diarias de las mencionadas Oficinas, lo que afectaria directamente la continuidad de la funcion Institucional y por tanto configuraria una situacion de urgencia segun lo establecido en el Articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Ley Nº 26850; Que, si bien la referida MORDAZA no faculta expresamente a aplicar una exoneracion en el caso de Adjudicaciones Directas, MORDAZA de seleccion correspondiente al arrendamiento de bienes de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 43º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, esta es aplicable extensivamente por analogia a dichos procesos; siendo procedente por tanto la contratacion a traves de una Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, de conformidad con lo establecido en el Articulo 20º de la referida Ley Nº 26850; Estando a lo opinado por el Departamento de Logistica mediante Memorandum Nº 411-99-DL de fecha 18.10.99, contando con la opinion favorable de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades que le confiere el Articulo 367º, inciso 4) de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Articulo 20º de la Ley Nº 26850; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en situacion de urgencia el arrendamiento de locales para el funcionamiento de las Oficinas de las Superintendencias Adjuntas indicadas en la parte considerativa de la presente Resolucion y, consecuentemente, autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administracion a arrendar los inmuebles requeridos mediante Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. Articulo Segundo.- La Superintendencia Adjunta de Administracion General debera cumplir con lo dispuesto por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Ley Nº 26850 y su Reglamento, el Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, en lo referido al MORDAZA de seleccion autorizado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 14213

Autorizan arrendamiento de locales para las Superintendencias Adjuntas de Asesoria Juridica y Administracion General, mediante MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia
RESOLUCION SBS Nº 1009-99 MORDAZA, 11 de noviembre de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca y Seguros viene arrendando los inmuebles ubicados en la Av. MORDAZA MORDAZA Nº 185 y en la Av. Dos de MORDAZA Nº 1511 en el

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Disponen publicacion de anteproyecto que prohibe uso de telefonos celulares a conductores de vehiculos motorizados en movimiento
ACUERDO DE CONCEJO Nº 200 MORDAZA, 27 de setiembre de 1999

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