Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 1999 (19/11/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 19 de noviembre de 1999

del plazo senalado ha cumplido con el estudio y analisis del Expediente Administrativo Nº 27-99-CPPAD/PJ, pronunciandose por la instauracion del MORDAZA administrativo disciplinario en contra del investigado a traves del Informe Nº 41-99-PJ-SE/CPPAD; Que, de la evaluacion de los documentos obrantes en autos y calificacion legal efectuada por la CPPAD se evidencia que: en virtud de los Informes Nºs. 028-98-ADTM-PJ y 979-99-ADM/CSJTM, el ex servidor MORDAZA MORDAZA Portales no asiste a sus labores de trabajo desde el pasado 30.Jul.98, no habiendo comunicado el motivo de sus ausencias, ni ha presentado descanso medico ni ha solicitado Licencia por motivos de enfermedad; Que, mediante Memorandum Nº 301-99-ADM-CSJTMPJ de fecha 2.Set.99 remitido por el actual Administrador del Distrito Judicial de Tacna y MORDAZA al investigado, se solicito que justifique las inasistencias incurridas desde el 30.Jul.98, habiendo cumplido con presentar su informe de descargo con fecha 3.Set.99, quien expuso: "que con fecha 27 de MORDAZA de 1998 sufrio un accidente de MORDAZA en la MORDAZA de MORDAZA, a consecuencia de ello quedo imposibilitado de caminar, comunicarse y con multiples lesiones en el rostro, extremidades en el cuerpo, que el dia del accidente fue trasladado al consultorio del Dr. MORDAZA MORDAZA Garnica quien le brindo el tratamiento respectivo hasta el 24.Dic.98 consistente en suturas, curaciones, plastia de cara, rehabilitacion fisica, terapia de lenguaje, hidromasajes y demas pruebas segun consta del Certificado Medico de Alta Nº 0011389". Que, a partir del 2. Ene.99 viene recibiendo rehabilitacion fisica y controles a un promedio de tres dias por semana". Que el "Certificado Medico de Alta" Nº 0011389 de fecha 24.Dic.98 expedido por un medico particular, que indica las lesiones sufridas y el tratamiento medico recibido por el servidor MORDAZA Portales, no menciona haberle otorgado descanso medico de ninguna clase, ni tampoco esta visado por ESSALUD como corresponde; Que, asimismo, del informe de descargo, Certificado Medico de Alta Nº 0011389 e Historia Nº 18714, se indica que el accidente ocurrio el 27.Jul.98; sin embargo su medico tratante Dr. MORDAZA MORDAZA Garnica ha extendido una receta el 24.Jul.98, fecha anterior del accidente de transito; Que, tambien se advierte de la Tarjeta de Asistencia correspondiente al procesado del mes de julio.98, aparece registrada su asistencia el dia 30.Jul.98, cuando el accidente de MORDAZA ocurrio el 27.Jul.98; hechos que ameritan ser aclarados en el presente MORDAZA administrativo disciplinario; Que, por disposicion de la R.A. Nº 341-SE-TP-CME-PJ el ex servidor MORDAZA MORDAZA Portales fue sometido a un MORDAZA de evaluacion al no haber optado por el traslado del regimen laboral de la actividad publica a la actividad privada del D.L. Nº 728, que por R.A. Nº 421-SE-TP-CMEPJ de 15.Set.99 ha desaprobado el examen, y conforme lo establecido en el Articulo MORDAZA ha sido cesado a partir de esa fecha por Causal de Reorganizacion y Racionalizacion Administrativa; Que, el ex servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA PORTALES, ha dejado de asistir a su centro de labores a partir del 30 de MORDAZA de 1998, encontrandose incurso en falta de caracter disciplinario: ausencias injustificadas por mas de tres dias consecutivos y por mas de cinco dias no consecutivos en un periodo de ciento ochenta dias calendario, tipificado en el inciso k) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; por lo que resulta procedente instaurarsele MORDAZA administrativo disciplinario al servidor en cuestion, de acuerdo con lo prescrito en el Articulo 163º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, para que dentro de un debido MORDAZA y haciendo uso de su derecho de defensa deslinde su responsabilidad; De conformidad con las recomendaciones formuladas por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y de acuerdo a lo que establece los Articulos 28º incisos a) y k) del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y Articulos 126º, 150º, 166º, 168º, 169º y 174º de su Reglamento - Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO al ex servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA PORTALES, Tecnico Judicial I, Nivel STC del Distrito Judicial de Tacna y MORDAZA, por incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y, ausencias injustificadas que, senala y establece el Decreto Legislativo Nº 276 Ley de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico.

Articulo Segundo.- REMITIR copias autenticadas de la presente Resolucion, al Supervisor de Personal de la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial, Inspectoria General, Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Poder Judicial y al interesado, para que dentro del termino de cinco (5) dias utiles contados desde el dia siguiente de su notificacion personal y/o a traves de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, presente su descargo y las pruebas que considere necesarias para su defensa ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. Articulo Tercero.- REMITIR los actuados a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, para que proceda de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEZUA MORDAZA Titular del Pliego del Poder Judicial 14424

Validan contenido de acta referida al Diseno Personalizado del MORDAZA Despacho Judicial de Juzgados en lo Civil de la Corte Superior de Justicia del Callao
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 485-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 17 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26546, modificada y ampliada con las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, se crea la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, la misma que ha asumido por un periodo de excepcion, las funciones de gobierno y gestion de dicho Poder del Estado; Que, de acuerdo al inciso 14) del Articulo 10º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Secretaria Ejecutiva del Poder Judicial, modificado por Resolucion Administrativa Nº 029-99-SE-TP-CMEPJ, es funcion de la Secretaria Ejecutiva expedir las Resoluciones Administrativas necesarias para el optimo funcionamiento administrativo del Poder Judicial; Que, el Gerente Central de la Reforma de la Secretaria Ejecutiva del Poder Judicial, remite el Acta de Validacion del Diseno Personalizado del MORDAZA Despacho Judicial de los Juzgados en lo Civil de la Corte Superior de Justicia del Callao, recogiendo importantes pautas y propuestas para implementar un MORDAZA Sistema de Despacho Judicial, actualizando e innovando tecnicas, dando pase a la Modernidad en la Administracion de Justicia; Que, constituyendo el Acta citada en el Considerando que antecede, un importante documento de gestion, resulta procedente y necesario emitir el acto administrativo correspondiente, con el fin de viabilizar y brindar el respaldo e incentivo necesario en las acciones que tiendan a la Reestructuracion, Reforma y Modernizacion del Poder Judicial; De conformidad con las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y 27009, Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ y 029-99-SE-TP-CMEPJ, y demas disposiciones concordantes sobre la materia; SE RESUELVE: Articulo Unico.- VALIDAR el contenido del Acta que aprueba el Diseno Personalizado del MORDAZA Despacho Judicial de los Juzgados en lo Civil de la Corte Superior de Justicia del Callao, correspondiendo a la Gerencia Central de la Reforma, a traves de los Organos de Linea competentes, la implementacion de las acciones tendentes a la materializacion del Diseno correspondiente, proponiendo las modificaciones sustentadas en los estudios tecnico especializados que pudieran ser necesarias para el mejor desarrollo de los objetivos de la Institucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEZUA MORDAZA Titular del Pliego del Poder Judicial 14425

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