Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2000 (14/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, MORDAZA 14 de MORDAZA de 2000
TRAMOS MORDAZA MORDAZA CERCADO DE ATE-VITARTE I II III IV V METRAJE DE 0 A 120 M2 DE 121 M2 A 300 M2 DE 301 M2 A 1000 M2 DE 1001 M2 A 2000 M2 DE 2001 M2 A MAS

NORMAS LEGALES
MONTO EN % DE LA UIT 10% S/. 290 15% 435 20% 580 30% 870 50% 1,450

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por UNANIMIDAD, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Establecer el beneficio de exoneracion del pago de los derechos para la celebracion de las ceremonias de Matrimonio Civil a todos los trabajadores de la Municipalidad, cualesquiera que fuere su regimen laboral o modalidad de contratacion y a los hijos de los trabajadores activos y jubilados, siempre que uno de los contrayentes acredite domicilio en el distrito de Miraflores. Articulo Segundo.- La exoneracion incluye los siguientes procedimientos y derechos consignados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, aprobado con Ordenanza Nº 47-98-MM: - Certificado Medico prenupcial - Pliego matrimonial - Celebracion de la ceremonia de Matrimonio Civil Articulo Tercero.- Facultese al Director de Rentas, Jefe de la Oficina de Personal y Jefe de la Oficina de Abastecimientos, para que califiquen el beneficio establecido, dando cuenta al Director Municipal, en forma mensual, de las exoneraciones. Articulo Cuarto.- Dejese sin efecto la Ordenanza Nº 6299-MM del 21 de MORDAZA de 1999 y toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA BEDOYA DE MORDAZA MORDAZA 5338

El monto senalado en los Tramos I, II, III, IV, V representan el 10%, 15%, 20%, 30% y 50% de la UIT vigente a la fecha en que se emita la respectiva papeleta de multa. Articulo 6º.- Constatada la infraccion con comprobacion del estado del terreno por la Subdireccion de Fiscalizacion y Control, se procedera en el acto a NOTIFICAR PREVENTIVAMENTE al infractor, coordinandose para los efectos del caso con la Subdireccion de Catastro y Estadistica y el Servicio de Administracion Tributaria - SAT, en caso de su no ubicacion fisica, a fin de ubicar al propietario, para que proceda a la subsanacion, pudiendose hacer uso de otros medios de identificacion del propietario, inclusive la publicacion por Edicto. Articulo 7º.- De verificarse la no subsanacion de la infraccion dentro de los cinco (5) dias posteriores de recepcionada la notificacion imponer la sancion correspondiente mediante la notificacion de multa. Articulo 8º.- Aquellos terrenos sin construir, cuyos propietarios no MORDAZA ubicados, la Municipalidad a traves de la Oficina de Inversiones en Infraestructura en merito a los considerandos precedentes procedera al cercado con material noble de los mismos conforme al Reglamento cargando los costos de edificacion, materiales, mano de obra y otros; mas los intereses legales de Ley y el monto de la multa impuesta, al propietario del mismo y que resarcira una vez que haga posesion del terreno sin construir, transmitiendose la deuda en caso de su venta, al MORDAZA propietario. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Otorgar la exoneracion a los propietarios de los terrenos sin construir por unica vez dentro del plazo de 30 dias calendario, para que regularicen sus autorizaciones de cerco y efectuar el mismo; significando que solo abonaran los gastos administrativos municipales en la ejecucion de los cercos. Segunda.- Incorporese en el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones, la infraccion y sancion establecidas en la presente Ordenanza. Tercera.- Las exoneraciones e infracciones genericas que se otorguen no comprenden la multa a la que se refiere la presente norma. Cuarta.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones tecnicas y reglamentarias que se requieran para mejor aplicacion de la presente Ordenanza, dentro del ambito de las normas establecidas. Quinta.- Encarguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Subdireccion de Fiscalizacion y Control y Direccion de Servicios Municipales, en cuanto les competa. Sexta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion, encargandose de la misma, la Oficina correspondiente. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 5377

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA PORTILLO/ PUCALLPA
Disponen contratacion de empresa de consultoria mediante adjudicacion directa de menor cuantia, para estudio de sistema de evacuacion de aguas pluviales de la MORDAZA de Pucallpa
RESOLUCION DE CONCEJO Nº 037-2000-MPCP Pucallpa, 28 de MORDAZA del 2000 VISTO; el Acuerdo Nº 62-2000, tomado en Sesion Ordinaria Nº 004-2000; y, CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA de Pucallpa, la cual se particulariza por tener un clima de caracteristicas peculiares, siendo lo mas representativo su clima tropical, que obliga a soportar permanentemente fuertes precipitaciones pluviales y estas con el tiempo forman cauces buscando la parte mas baja, hasta llegar al rio. Estos cauces cruzan y dividen la MORDAZA, los mismos que se encuentran bien diferenciados. Por muchos anos los moradores antiguos respetaban dichos cauces no permitiendo su contaminacion pero el desarrollo de la MORDAZA trajo consigo que estos tiendan practicamente a desaparecer, con el peligro de que cualquier precipitacion pluvial provoque inundaciones causando graves danos materiales, perjudicando economicamente a la poblacion, es por ello que urge que dichos cauces se encuentren debidamente encausados y alcantarillados desde sus nacientes hasta su desembocadura; Que, por las razones expuestas en el considerando precedente y con vista del Proveido Nº 01-01-2000-MPCP-ALZ, de fecha 11 de enero del 2000 el Regidor Medico, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el cual somete a consideracion del Pleno del Concejo el perfil del Proyecto denominado "ENCAUZAMIEN-

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Establecen beneficio de exoneracion de pago por derechos de celebracion de matrimonio civil para trabajadores de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 73 Miraflores, 10 de MORDAZA de 2000 El Concejo Distrital de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha, y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 2) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853,

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