Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2001 (27/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, jueves 27 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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SINMAC como un organo del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, cuyas atribuciones son la planificacion, gestion y control de las actividades de los recursos economicos que se emplean para el mantenimiento de carreteras y puentes de la Red Vial Nacional; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 108-96, se autorizo al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion a utilizar los ingresos generados por el cobro de peaje de la Red Vial Nacional, incluyendo los saldos de balance provenientes de estos ingresos, los cuales constituyen el Fondo Especial de Mantenimiento Vial con caracter permanente, a cargo del SINMAC; Que, por Decreto Supremo Nº 004-97-MTC, se faculto al SINMAC a ejecutar obras de seguridad vial, ampliandose en este sentido las atribuciones del SINMAC otorgadas por Decreto Supremo Nº 027-93-TCC; Que, mediante Decreto Supremo Nº 05-94-TCC, se creo el Proyecto Especial Rehabilitacion Infraestructura de Transportes - PERT con autonomia tecnica, administrativa y financiera de caracter temporal, dentro del pliego del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, cuyo objeto es la construccion, rehabilitacion y el mantenimiento de la infraestructura de transportes del pais; Que, se ha considerado necesario consolidar las actividades de mantenimiento de carreteras y puentes de la Red Vial Nacional en una sola unidad organica, a efecto de maximizar el uso adecuado de los recursos materiales y economicos, y de esta manera permitir el mejor cumplimiento de sus objetivos y metas; De conformidad con lo dispuesto en la Sexta Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Ley Nº 25862, Ley Organica del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; DECRETA: Articulo 1º.- Transfierase a partir del 1 de enero de 2002, las actividades que realiza el Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras - SINMAC, creado mediante Decreto Supremo Nº 027-93-TCC, al Proyecto Especial Rehabilitacion Infraestructura de Transportes - PERT, creado mediante Decreto Supremo Nº 05-94-TCC, lo que incluye los derechos y obligaciones que de acuerdo a ley le corresponda. Articulo 2º.- Las actividades de mantenimiento de carreteras y puentes de la Red Vial Nacional, continuaran ejecutandose con los recursos del Fondo Especial de Mantenimiento Vial, creado por el Decreto de Urgencia Nº 108-96. Articulo 3º.- El Proyecto Especial Rehabilitacion Infraestructura de Transportes - PERT se adscribe al Viceministerio de Transportes. Articulo 4º.- Facultase al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, a dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento del presente Decreto Supremo. Articulo 5º.- Derogase el Decreto Supremo Nº 027-93TCC y las demas disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo. Articulo 6º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en la MORDAZA de MORDAZA, a los veintidos dias del mes de diciembre del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 36899

Que es funcion del Consejo Nacional de TasacionesCONATA, formular los valores arancelarios de terrenos urbanos que son aprobados anualmente por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Estando a lo acordado por el Directorio del Consejo Nacional de Tasaciones, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 776 , Decreto Ley Nº 25862 y con la opinion favorable del Viceministro de Vivienda y Construccion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Planos Basicos Arancelarios que contienen los valores arancelarios expresados en Nuevos Soles por metro MORDAZA de areas urbanas de la Provincia de MORDAZA y Provincia Constitucional del Callao:
DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO ANCON ATE BARRANCO BRENA CARABAYLLO CERCADO DE MORDAZA CHACLACAYO CHORRILLOS CIENEGUILLA COMAS EL MORDAZA INDEPENDENCIA MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA LA MORDAZA LINCE LOS MORDAZA LURIGANCHO LURIN MORDAZA MORDAZA MIRAFLORES MORDAZA PUCUSANA PUCUSANA PUCUSANA PUCUSANA PUEBLO LIBRE MORDAZA MORDAZA PUNTA MORDAZA PUNTA NEGRA MORDAZA SAN MORDAZA SAN MORDAZA SAN MORDAZA SAN MORDAZA DE LURIGANCHO SAN MORDAZA DE MIRAFLORES SAN MORDAZA SAN MORDAZA DE PORRES SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA SURQUILLO MORDAZA EL MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO MORDAZA MORDAZA LOCALIDAD ANCON VITARTE BARRANCO BRENA CARABAYLLO CERCADO DE MORDAZA CHACLACAYO CHORRILLOS CIENEGUILLA COMAS EL MORDAZA INDEPENDENCIA MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA LA MORDAZA LINCE LOS MORDAZA CHOSICA LURIN MORDAZA MORDAZA MIRAFLORES MORDAZA PUCUSANA LA HONDA LA QUIPA NAPLO PUEBLO LIBRE MORDAZA MORDAZA PUNTA MORDAZA PUNTA NEGRA MORDAZA SAN MORDAZA SAN MORDAZA SAN MORDAZA SAN MORDAZA DE LURIGANCHO SAN MORDAZA DE MIRAFLORES SAN MORDAZA SAN MORDAZA DE PORRES SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA SURQUILLO MORDAZA EL MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO

Aprueban Planos Basicos Arancelarios de terrenos urbanos de la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 600-2001-MTC/15.04 MORDAZA, 21 de diciembre de 2001

PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO DISTRITO BELLAVISTA MORDAZA DE LA LEGUAREYNOSO CERCADO LA MORDAZA LA PUNTA VENTANILLA LOCALIDAD BELLAVISTA MORDAZA DE LA LEGUAREYNOSO CERCADO LA MORDAZA LA PUNTA VENTANILLA

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