Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2001 (06/07/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2001

Que, mediante Resolucion Presidencial Ejecutiva Nº 166-2000-CTAR.LL, del 29 de febrero de 2000, se resolvio establecer responsabilidad civil - pecuniaria contra el ex Presidente del CTAR La MORDAZA, don MORDAZA Inafuku Higa, por la suma liquidada mas intereses legales calculados al 30 de MORDAZA de 1997, ascendentes a la suma de S/. 3 383 063,67 (tres millones trescientos ochenta y tres mil sesenta y tres y 67/100 Nuevos Soles), en merito al referido Informe de Control; Que, por Resolucion Presidencial Nº 266-2000-CTAR.LL del 6 de MORDAZA de 2000, se resolvio declarar infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por don MORDAZA Hinafuku Higa contra la referida Resolucion, dandose por agotada la via administrativa; Que, segun Oficio Nº 604-2000-PRE.ST, de fecha 21 de MORDAZA de 2000, el Secretario Tecnico (e) del CTAR La MORDAZA, hace de conocimiento de este Portafolio que el ex funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, comprendido en la responsabilidad pecuniaria a que hace referencia el Informe Nº 005-97-CTAR-LL/ORCI precitado, ha fallecido el 26 de noviembre de 1997, segun se ha acreditado con la MORDAZA certificada del Acta de Defuncion correspondiente, y siendo el dano economico traducido en responsabilidad civil del ex funcionario, el dano aludido es posible de ser reparado a traves de los bienes que conforman la masa hereditaria, por lo que procede la interposicion de las acciones legales que correspondan contra la sucesion del ex funcionario; Que, en consecuencia, y teniendo en cuenta que don MORDAZA Inafuku Higa tampoco ha cumplido con reparar el dano economico ocasionado en agravio del CTAR La MORDAZA, es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en representacion del Estado, interponga las acciones legales que el caso conlleve; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales pertinentes contra el ex Presidente del CTAR La MORDAZA, don MORDAZA Inafuku Higa, y la sucesion de ex funcionario Econ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y demas personas que correspondan, por las razones y hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso, al citado Procurador Publico, para los fines a que se contrae el Articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 26475

Regional de Control Interno del Consejo Transitorio de Administracion Regional - Ica, practico el "Informe Especial sobre Presunta Responsabilidad Civil de Funcionarios y Servidores de la Direccion Zonal de Chincha; Que, de acuerdo al Informe Especial referido, los hechos demuestran la existencia de indicios razonables de presunta responsabilidad civil en contra del Contratista J.C. Ingenieros Contratistas Generales S.A., en forma solidaria con los funcionarios MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el perjuicio irrogado al CTAR Ica, en virtud de haberse cancelado indebidamente montos excesivos en el servicio de alquiler de un tractor D6D, por la suma de S/. 31 074,00; Que, como resultado del Examen Especial practicado, se evidencio indicios razonables de responsabilidad civil en agravio del Estado, por lo que de conformidad con la Resolucion de Contraloria Nº 259-2000-CG, el Departamento Legal de la Gerencia Regional de Control Interno del CTAR Ica, emitio el Informe Nº 005-2001-02-4662 MORDAZA referido, con la finalidad de determinar la responsabilidad penal y/o civil a que hubiere lugar contra el Contratista J.C. Ingenieros Contratistas Generales S.A. en forma solidaria con los funcionarios MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA comprendidos en el Examen Especial, recomendandose al Ministerio de la Presidencia se autorice al Procurador del Sector a iniciar las acciones legales; Que, para el efecto, es necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia a interponer las acciones judiciales contra la empresa Contratista J.C. Ingenieros Contratistas Generales S.A. en forma solidaria con los funcionarios mencionados; Con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Ley Nº 25556; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representacion del Estado interponga las acciones legales que correspondan por las razones y hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico, para los fines a los que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 26476

PESQUERIA

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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 238-2001-PRES MORDAZA, 27 de junio del 2001 Visto el Oficio Nº 510-2001-CTAR-ICA/PE-GRCI del Consejo Transitorio de Administracion Regional del 7 de MORDAZA de 2001, Informe Nº 005-2001-02-4662 - Informe Especial sobre Presunta Responsabilidad Civil de Funcionarios y Servidores de la Direccion Zonal de Chincha, Informe Nº 018-99-CTAR-ICA/GRCI; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo senalado en el Informe Nº 0052001-02-4662 de fecha 3 de MORDAZA de 2001, la Gerencia Nº 237-2001-PE MORDAZA, 5 de MORDAZA del 2001 CONSIDERANDO: Que la Resolucion Suprema Nº 072-2001-PE constituyo la Comision Especial encargada de evaluar la situacion financiera del sector pesquero dedicado a la produccion de harina y aceite de pescado, asi como de elaborar una propuesta de reestructuracion de la deuda pesquera con el sistema financiero; Que la referida Comision Especial MORDAZA con la participacion de representantes del Estado, Sociedad Nacional de Pesqueria y la Asociacion de Bancos, asi como de la Superintendencia de Banca y Seguros y de la Corporacion Financiera de Desarrollo;

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