Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2001 (06/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0508-2001-RE MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2001 Visto el Oficio Nº 418-2001-EM/DM, del Ministro de Energia y Minas, de 15 de junio del ano 2001, mediante el cual solicita la oficializacion del I Congreso Internacional de Ingenieria Mecanica Electrica "La Ingenieria Mecanica Electrica y sus Aportes al Desarrollo Sostenible", organizado por el Capitulo de Ingenieria Mecanica Electrica del Consejo Departamental de MORDAZA del Colegio de Ingenieros del Peru, evento que se llevara a cabo en la MORDAZA de Chiclayo, del 27 de agosto al 1 de setiembre del ano 2001; De conformidad con los Articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero del ano 2001; y, el inciso m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: 1º.- Oficializar el I Congreso Internacional de Ingenieria Mecanica Electrica "La Ingenieria Mecanica Electrica y sus Aportes al Desarrollo Sostenible", evento organizado por el Capitulo de Ingenieria Mecanica Electrica del Consejo Departamental de MORDAZA del Colegio de Ingenieros del Peru, a realizarse en la MORDAZA de Chiclayo, del 27 de agosto al 1 de setiembre del ano 2001. 2º.- La presente Resolucion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 26531

2º.- La presente Resolucion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 26532

M T C
Incorporan diversos procedimientos e e T PA d l M n s e i d Tr n p r n l U e iitro e a s o tes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion
DECRETO SUPREMO Nº 028-2001-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion - MTC, el cual fue modificado mediante Decreto Supremo Nº 037-2000-MTC; Que, mediante Decreto Supremo Nº 051-2001-PCM, se aprueba el procedimiento para determinar la documentacion que deben contener los expedientes administrativos de los solicitantes de prestaciones del Decreto Ley Nº 20530 y que deberan ser remitidos a la Oficina de Normalizacion Previsional (ONP) por parte de las entidades publicas cuya administracion y pago de pensiones no ha sido transferida por MORDAZA expresa a la ONP; Que, asimismo dicho dispositivo dispone que en un plazo MORDAZA de 30 dias habiles contados a partir de la vigencia del Decreto Supremo Nº 051-2001-PCM, las entidades del sector publico incorporen en su Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, el procedimiento aprobado por dicha norma; De conformidad con el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 757, Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada; DECRETA: Articulo 1º.- Incorporar en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y modificado por Decreto Supremo Nº 037-2000-MTC, los procedimientos, que en anexo adjunto forma parte integrante del presente Decreto Supremo, denominados: 1. Solicitud de Pension de Cesantia. 2. Solicitud de Renovacion de Pension por haber cumplido 80 anos de edad. 3. Solicitud de Incorporacion al Regimen del Decreto Ley Nº 20530. 4. Solicitud de Pension de Sobrevivientes - Viudez. 5. Solicitud de Pension de Sobrevivientes - Orfandad. 6. Solicitud de Pension de Sobrevivientes - Ascendientes. 7. Duplicado de Resolucion y 8. Rectificacion de la Resolucion por error material. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion

Oiilzn l I Fra Rgoa d fcaia a I ei einl e S g r d dA i e t r a ar a i a s e euia lmnai, elzre n l cua d Lm a idd e ia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0509-2001-RE MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2001 Vista la Carta Nº 257-PMA-2001, del Representante en el Peru y Director Regional para MORDAZA del Sur del Programa Mundial de Alimentos - PMA, de 15 de junio del ano 2001, mediante la cual solicita la oficializacion de la II Feria Regional de Seguridad Alimentaria "Por un Milenio sin Hambre", organizada por la Oficina Regional de MORDAZA Latina y el Caribe del Programa Mundial de Alimentos, evento a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, del 16 al 21 de octubre del ano 2001; Considerando lo senalado en el Memorandum (OCIOCM) Nº 692, de la Oficina de Cooperacion Internacional, de 19 de junio del ano 2001; De conformidad con los Articulos 1º y 3º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero del ano 2001; y el inciso m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: 1º.- Oficializar la II Feria Regional de Seguridad Alimentaria "Por un Milenio sin Hambre", organizada por la Oficina Regional de MORDAZA Latina y el Caribe del Programa Mundial de Alimentos, evento a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, del 16 al 21 de octubre del ano 2001.

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