Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2001 (02/03/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

Pag. 199448

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 2 de marzo de 2001

El indice de reajuste diario, a que se refiere el Articulo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, correspondiente al mes de marzo es el siguiente: DIA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 INDICE 5,72479 5,72524 5,72570 5,72616 5,72661 5,72707 5,72752 5,72798 5,72844 5,72889 5,72935 5,72981 5,73026 5,73072 5,73118 5,73163 5,73209 5,73255 5,73300 5,73346 5,73392 5,73438 5,73483 5,73529 5,73575 5,73620 5,73666 5,73712 5,73758 5,73803 5,73849

El indice que antecede es tambien de aplicacion para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el Articulo 1235º del Codigo Civil. Se destaca que el indice en mencion no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al dia del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolucion judicial (Articulo 1236º del Codigo Civil, en su texto actual consagrado por la Ley Nº 26598). MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA Gerente General 19212

CONTRALORIA GENERAL
Dictan medidas destinadas a implementar recomendaciones pendientes de los organos conformantes del Sistema Nacional de Control
RESOLUCION DE SUBCONTRALOR Nº 015-2001-CG MORDAZA, 1 de marzo de 2001 Vistos, la Hoja de Recomendacion Nº 04-2001-CG/ B150, de la Oficina de Planificacion y Racionalizacion, sobre las acciones necesarias para la implementacion de medidas correctivas derivadas de los informes de acciones de control ejecutados por los organos conformantes del Sistema Nacional de Control, y contando con la visacion de la Oficina de Asesoria Tecnico Juridico; CONSIDERANDO: Que, es atribucion de la Contraloria General de la Republica supervisar y garantizar el seguimiento de

medidas correctivas, como parte importante del MORDAZA de control que ejerce el Sistema Nacional de Control en su conjunto, y particularmente la Contraloria General, en su condicion de Organo Rector del Sistema, tal y conforme lo establece el D.L. Nº 26162 en su Articulo 19º, literal e), asi como la Directiva Nº 06-99-CG/SDEPLF, aprobada por R.C. Nº 078-99-CG, de 14.JUL.99, que mantiene su vigencia para las acciones de control iniciadas hasta el 31.DIC.2000; Que, es necesario cautelar la implementacion de las recomendaciones derivadas de los informes de control emitidos por los organos conformantes del Sistema Nacional de Control, pues estas recomendaciones se orientan a corregir las deficiencias administrativas que se han presentado en la administracion publica hasta el 25.AGO.2000, con la finalidad de coadyuvar a una gestion publica eficiente y transparente; Que, mediante R.C. Nº 183-22000-CG, de 25.AGO.2000, se conformo una Comision Especial de Actualizacion del Seguimiento de Medidas Correctivas, encargada de la evaluacion de las recomendaciones que se encontraban en situacion de pendientes y en MORDAZA de implementacion, la cual logro una reduccion equivalente al 38.4% de las recomendaciones; Que, no obstante la medida adoptada, existe un numero significativo de recomendaciones pendientes y en MORDAZA de implementacion, lo cual requiere la adopcion de medidas extraordinarias en cautela del MORDAZA de oportunidad inherente al MORDAZA de toma de decisiones de los Titulares de las Entidades de la Administracion Publica; Que, en el MORDAZA del MORDAZA de modernizacion del Estado es pertinente disponer medidas de mejoramiento continuo y oportuno orientado a coadyuvar al cumplimiento de las funciones esenciales del Estado y a su rol regulador y subsidiario; Que, es responsabilidad de los Titulares de las Entidades la adopcion de acciones para la implementacion de las recomendaciones; y de los Jefes de los Organos de Auditoria Interna la verificacion, seguimiento y registro en el Sistema de Seguimiento de Medidas Correctivas segun la Directiva Nº 06-99-CG/ SDE-PLF, en concordancia con lo establecido en la NAGU 4.60 aprobada y modificada por R.C. Nº 141-99CG; Que, asi mismo es necesario prever aquellos casos que por la naturaleza de la recomendacion, requieren de plazos mayores a los previstos en el parrafo MORDAZA de la parte considerativa de la presente resolucion; Que, es facultad de la Contraloria General sancionar a los titulares de las entidades que no ejecuten las recomendaciones de una accion de control, conforme a lo establecido en el Inc. g) del Art. 24º del D.L. Nº 26162; En uso de las facultades conferidas en los Articulos 19º literales e), j) y k) de la Ley del Sistema Nacional de Control - Decreto Ley Nº 26162, y Resolucion de Contraloria Nº 022-2001-CG de 22.ENE.2001; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que los Titulares de las Entidades comprendidas en el ambito de Sistema Nacional de Control adopten las acciones para implementar en su totalidad el numero de recomendaciones pendientes y en MORDAZA de implementacion, que mantienen al 25.AGO.2000, fijando para ello un plazo de sesenta (60) dias utiles a partir de la publicacion de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que los Jefes de los Organos de Auditoria Interna efectuen el registro, verificacion y seguimiento de la implementacion de las recomendaciones, en apoyo directo a los Titulares de las Entidades, a fin de cumplir con lo dispuesto en el Articulo Primero de la presente resolucion, en el plazo fijado. Articulo Tercero.- Excepcionalmente, cuando las recomendaciones no MORDAZA implementadas, los Titulares de las Entidades deberan sustentar ante la Contraloria General los motivos que originaron dicha situacion. Articulo Cuarto.- El incumplimiento de lo dispuesto en los Articulos Primero y MORDAZA de la presente resolucion MORDAZA lugar a la aplicacion de lo establecido en los Articulos 1º literal a) y 8º literales f) y j) del Reglamento de Multas aprobado mediante Resolucion de Contraloria Nº 060-99-CG, concordante con el Arti-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.