Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2001 (22/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, jueves 22 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

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Visto el resultado de los examenes del Concurso de Admision, convocado por Resolucion Ministerial Nº 0017-2001-RE, de fecha 9 de enero de 2001, para el ingreso al Ciclo de Estudios de la Academia Diplomatica del Peru, correspondiente al ano lectivo 2001; Teniendo en cuenta que el Articulo MORDAZA de dicha Resolucion Ministerial establece un MORDAZA de veinte vacantes para el Primer Ano de la Academia Diplomatica del Peru y que el Articulo Tercero senala que el ingreso a la Academia Diplomatica sera por estricto orden de meritos; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la incorporacion al Ciclo de Estudios de la Academia Diplomatica del Peru, que se inicia el presente ano, de los postulantes que han obtenido los veinte primeros promedios aprobatorios en los examenes del Concurso de Admision 2001, cuyos nombres se indican a continuacion por orden de meritos: Mutze MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Maeda Ikehata, MORDAZA Isasi Ruiz-Eldredge, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Poggi, MORDAZA MORDAZA Seoane Byrne, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Asmat, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Van Oordt, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Marielle Taquia MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Astolfi Repetto, Gianinna MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Llosa Schiantarelli, MORDAZA MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 20413

SALUD
Autorizan a procuradora formular denuncia penal contra diversos funcionarios y servidores del Ministerio por presunta comision de delitos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 178-2001-SA/DM MORDAZA, 16 de marzo del 2001 CONSIDERANDO: Que por Oficio SA/DM Nº 181-2001, se ha dispuesto que la Inspectoria General de Salud practique una accion de control, en torno a la presunta existencia de una serie de irregularidades en el MORDAZA de adquisicion, almacenamiento, registro y distribucion de medicina, equipos, instrumental medico y otros bienes adquiridos a la Republica Popular China y a otros proveedores durante el periodo comprendido entre el ano 1990 y 1998;

Que a raiz de dicha disposicion se ha procedido a efectuar una evaluacion integral de los hechos referidos en el considerando precedente, habiendose determinado la existencia de adquisiciones efectuadas en el periodo 1990 - 1998 por un monto ascendente a S/. 169 133 472,88, tal como lo informo la ex Directora Ejecutiva de Economia, segun Oficio OEE Nº 518-98, adquisiciones que comprenderian medicamentos y equipos de procedencia China cuya compra fue hecha a la Republica Popular China en los anos 1990, 1991 y 1993 y otras, efectuadas a distintos proveedores; bienes adquiridos que habrian sido almacenados, registrados y distribuidos irregularmente, no contandose, debido a ello, con registros de ingreso y salida en la contabilidad del Ministerio de Salud, situacion agravada porque parte de ellos habrian sido pagados integramente, no obstante a existir disposiciones precisas de que todo pago por estos conceptos deben estar respaldados con la conformidad de ingreso a Almacen; Que tales hechos dieron lugar a que la Inspectoria General del Ministerio de Salud llevara a cabo acciones de control, habiendo dicho organo de control emitido los Informes Nºs. 007-97-OECAF-IGS (reformulado en marzo de 1998) "Examen Especial Concurso Publico de Precios Nº 01-95-MINSA-MIPE y Licitacion OSP/PER/113/158-PNUD-PSBPT" y 0032000-IGS "Auditoria a los Estados Financieros 1998", cuyas recomendaciones no habrian sido cumplidas debido a una presunta existencia de un concierto de voluntades de diversos funcionarios y servidores del Ministerio de Salud para incumplir las funciones propias de su cargo, situacion que habria favorecido a diversos proveedores y ocasionado un perjuicio economico al Estado ya que dicha inconducta funcional se habria mantenido a traves del tiempo, al no haberse adoptado en los diversos niveles de gestion del Ministerio de Salud, las medidas correctivas oportunas correspondientes; Que teniendo en cuenta tales antecedentes, estimamos que la accion u omision en la que habrian incurrido los funcionarios y servidores involucrados en las distintas gestiones y acciones de control, que han dado lugar a los hechos materia de la accion de control dispuesta constituirian indicios razonables de la existencia de ilicitos penales tales como los tipificados en los Articulos 384º, (Concusion impropia), 377º (abuso de Autoridad) y 428º (Delito contra la fe publica - Falsedad ideologica), entre otros, que ameritan una profunda y exhaustiva investigacion, siendo necesario se autorice a la Procuradora Publica, Encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Salud para que en defensa de los intereses del Estado, si lo estima a bien formule la denuncia que corresponda y promueva las acciones judiciales a que hubiere lugar; Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica del Ramo en el Informe Nº 378-2001-OAJ; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, asi como en el Decreto Ley Nº 17537 y su modificatorio, el Decreto Ley Nº 17667; Con la opinion favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: Autorizar a la Procuradora Publica, Encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Salud, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado formule la denuncia que corresponda y promueva las acciones judiciales a que hubiere lugar, contra los funcionarios y servidores del Ministerio de Salud, y, contra los que resulten responsables de los hechos senalados en la parte considerativa que antecede. Registrese y comuniquese. MORDAZA PRETELL MORDAZA Ministro de Salud 20358

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