Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2001 (04/11/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 4 de noviembre de 2001

derecho privado, que guarde relacion directa con la nulidad deducida; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 11º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, MORDAZA aplicable en virtud de no existir, en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, adicionales derechos o facultades a favor de la recurrente en el presente procedimiento; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente la solicitud de inhibicion presentada por la ASOCIACION GREMIO DEL PESCADOR ARTESANAL Y EXTRACTORES DE MARISCOS DE SAN MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Pesqueria 33760

Aprueban cambio de titular de licencia de operacion para desarrollar actividades de procesamiento pesquero a favor de Don MORDAZA S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 297-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 29 de octubre del 2001 Visto escrito con registro Nº CE-00451002 de fecha 10 de setiembre de 2001, presentado por DON MORDAZA S.A.C. CONSIDERANDO: Que el Articulo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que durante la vigencia de la licencia para la operacion de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesion del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que por Resolucion Ministerial Nº 312-95-PE, de fecha 19 de junio de 1995, se otorgo a la empresa COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS HIDROBIOLOGICOS E.I.R.L. licencia de operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento pesquero de recursos hidrobiologicos para la produccion de harina de pescado en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA Nº 6125, MORDAZA Industrial 3 de octubre, Sta. MORDAZA, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada de 5 t/h; Que a traves del escrito del visto, DON MORDAZA S.A.C. solicita el cambio del titular de la licencia de operacion otorgada a COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS HIDROBIOLOGICOS E.I.R.L. mediante Resolucion Ministerial Nº 312-95-PE, en virtud a los contratos de compra venta de maquinaria y equipos y arrendamiento del local industrial, celebrados entre MORDAZA empresas con fecha 29 de agosto de 2001; Que de acuerdo a la evaluacion efectuada al expediente, se ha determinado que la recurrente ha cumplido con los requisitos procedimentales y sustantivos exigidos por la normatividad pesquera vigente, por lo que procede aprobar el cambio de titular solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera a traves de su Informe Nº 442-2001-PE/DNEPPDap-cvg del 19 de setiembre de 2001 y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con los Articulos 43º inciso d) 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca, los Articulos 51º, 53º y 54º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el procedimiento Nº 27 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el cambio del titular de la licencia de operacion otorgada a la empresa COMERCIALIZADORA DE

PRODUCTOS HIDROBIOLOGICOS E.I.R.L. mediante Resolucion Ministerial Nº 312-95-PE de fecha 19 de junio de 1995, a favor de DON MORDAZA S.A.C., para que desarrolle la actividad de procesamiento pesquero de recursos hidrobiologicos para la produccion de harina de pescado, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA Nº 6125, MORDAZA Industrial 3 de octubre, Sta. MORDAZA, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada de 5 t/h, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad de la licencia otorgada por Resolucion Ministerial Nº 312-95-PE a COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS HIDROBIOLOGICOS E.I.R.L. Articulo 3º.- DON MORDAZA S.A.C., debera operar su planta de procesamiento de recursos hidrobiologicos observando las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y lo referido a sanidad higiene y seguridad industrial pesquera que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo debera implementar un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, asi como ejecutar las medidas de mitigacion contenidas en el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion de Medio Ambiente a traves del Oficio Nº 097-96-PE/DIREMA de fecha 31 de enero de 1996. Articulo 4º.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo precedente sera causal de caducidad del derecho otorgado o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, segun corresponda. Articulo 5º.- Incorporar a DON MORDAZA S.A.C. como titular de la licencia de operacion de la planta de harina de pescado ubicada en el establecimiento industrial pesquero citado en el primer articulo de la presente Resolucion, al anexo IV-B de la Resolucion Ministerial Nº 023-2001-PE, excluyendo a la empresa COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS HIDROBIOLOGICOS E.I.R.L.de dicho anexo. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion Regional de Pesqueria de Ancash. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 33761

Prorrogan permiso de pesca otorgado a Peruko S.A. para operar embarcacion de bandera coreana
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 301-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 30 de octubre del 2001 Visto el expediente de registro Nº CE-00643002 con escrito del 25 de octubre del 2001, presentado por la empresa PERUKO S.A.; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 121-2001-PE/ DNEPP de fecha 28 de junio del 2001, prorrogada por Resoluciones Directorales Nº 164-2001-PE/DNEPP, Nº 189-2001-PE/ DNEPP y Nº 229-2001-PE/DNEPP, respectivamente, de fechas 27 de MORDAZA, 27 de agosto y 1 de octubre del 2001, se otorgo permiso de pesca a la empresa PERUKO S.A., representante legal en el Peru del armador coreano KYUNG YANG CORPORATION, para operar la embarcacion pesquera de bandera coreana denominada "KYUNG YANG Nº 11", de 191 de Tonelaje Neto y 280 TM de capacidad de almacenamiento, con el uso de potera como arte de pesca, asi como licencia para la operacion de su planta de congelado a bordo, con capacidad de 30tdi enl ext a condelr c r oc l a op t ( / a, a r c i e u s a am r o a Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millas de la costa, con vigencia hasta el 30 de octubre del 2001; Que a traves del escrito del visto, la recurrente solicita prorroga del permiso de pesca y la licencia de procesamiento de su planta de congelado a bordo de la embarcacion "KYUNG YANG Nº 11", por treinta (30) dias calendario adicionales, del 31 de octubre al 29 de noviembre del 2001, presentando los requisitos previstos en el Procedimiento Nº 24 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE;

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