Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2001 (04/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, MORDAZA 4 de noviembre de 2001

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 33864

Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion se requiere de autorizacion y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, los Articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, establecen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion; Que, el Articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, senalan que para obtener autorizacion para prestar servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dichas normas se detallan; Que, el Articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorizacion para prestar servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, mediante Informes Nºs. 468-2001-MTC/15.19.03.2 y 743-2001-MTC/15.19.01, la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, respectivamente, senalan que la solicitud formulada cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 0694-TCC con sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa RADIODIFUSORA INTERNACIONAL STEREO E.I.R.L., autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, improrrogable, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de los Estudios y la Planta Transmisora : : : : : : BC-FM 90.1 MHz OBT-1H 1000 w. 256F8E H24

Designan Directora del Albergue Central "Ignacia Rodulfo MORDAZA de Canevaro" de la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana
RESOLUCION SUPREMA Nº 326-2001-PROMUDEH MORDAZA, 31 de octubre del 2001 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 866, se transfirio al Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, entre otros, al Instituto Nacional de Bienestar Familiar -INABIF-, disponiendose asimismo la transferencia al referido Instituto, de las Beneficencias Publicas del MORDAZA y Juntas de Participacion Social; Que, el Decreto Ley Nº 25515 establece que los nombramientos de los cargos de confianza dentro de la Administracion Publica deben efectuarse obligatoriamente mediante Resolucion Suprema del sector respectivo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Leyes Nº 27050 y Nº 27273; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a partir de la fecha, a la SRA. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Directora del Albergue Central "Ignacia Rodulfo MORDAZA de Canevaro" de la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 33865

MTC
Otorgan a empresa y personas naturales autorizacion y permiso de instalacion para operar estaciones del servicio de radiodifusion sonora comercial
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 924-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 16 de octubre de 2001 VISTA, la solicitud formulada por la empresa RADIODIFUSORA INTERNACIONAL STEREO E.I.R.L., para que se le otorgue autorizacion para instalar y operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en

: Av. MORDAZA Nº 512, distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Piura. Coordenadas: L.O. 80° 37' 23" L.S. 05° 11' 40.5"

El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta MORDAZA de sesenta (60) dias previos a la terminacion de dicho periodo, el titular de la autorizacion debe solicitar se verifique el

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