Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2002 (01/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 1 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

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De conformidad con el inciso b) del Articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, de 29 de MORDAZA del ano 2001 y su modificatoria Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM, de 9 de MORDAZA del ano 2001; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a la delegacion peruana que participara en la visita de trabajo a las ciudades de Ottawa, Montreal y Quebec, Canada, del 4 al 12 de enero del ano 2002, a fin de tratar temas como descentralizacion, mineria y medio ambiente, programas de salud mental, consejeria, sociedad civil, organizaciones no gubernamentales, medios de comunicacion, relaciones entre Cancilleria y Parlamento y los gobiernos locales y regionales por el Gobierno de la provincia de Quebec, la que estara conformada por los siguientes funcionarios: - Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consejero del senor Presidente de la Republica en Derechos Humanos, Temas de Pobreza y Sociedad Civil; - Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA Russo Checa, Director General de Coordinacion del Ministerio de Relaciones Exteriores; - Senor Rudecindo MORDAZA Carreaza, Secretario Ejecutivo para el MORDAZA de Descentralizacion del Ministerio de la Presidencia; e - Ingeniero MORDAZA MORDAZA Del Rio, Gerente Ejecutivo de Proyectos del Ministerio Publico. Articulo Segundo.- Los gastos que ocasione el viaje del Ministro MORDAZA Russo Checa, de acuerdo a los conceptos que a continuacion se indican, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referida comision. - Pasajes - Viaticos - Tarifa por uso de aeropuerto US$ 1 255,04 US$ 2 200,00 US$ 25,00

Articulo Tercero.- Los gastos de los demas integrantes de la delegacion, seran asumidos por sus respectivos sectores. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores 37111

sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 685-99-PCM, publicada el 21 de diciembre de 1999, se ratifico el Acuerdo de la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI, en virtud del cual se modifico la Resolucion Suprema Nº 04599-PE, publicada el 30 de marzo de 1999, que establecio la entrega al sector privado de concesiones de servicios publicos de telecomunicaciones, bajo los mecanismos establecidos en el Texto Unico Ordenado MORDAZA mencionado; Que, la Buena Pro de la Licitacion Publica Especial para la asignacion del espectro radioelectrico y la entrega en concesion al sector privado del servicio de comunicaciones personales, ha sido otorgada a favor de STET MOBILE HOLDING NV, en acto publico del 29 de marzo de 2000; Que, el Articulo 4º de la Ley Nº 26885, debidamente concordado con el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, conforme fuera sustituido por el Articulo 6º de la Ley Nº 26438, permite que el Estado otorgue mediante contrato, a los titulares de concesiones de obras publicas de infraestructura y de servicios publicos incluidas en los alcances del Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, las seguridades y garantias que mediante Decreto Supremo, en cada caso, se consideren necesarias para proteger sus adquisiciones e inversiones, de acuerdo a la legislacion vigente; Que, STET MOBILE HOLDING NV, en cumplimiento de lo dispuesto por las bases de la Licitacion Publica Especial citada en el tercer considerando, ha constituido una sociedad en el Peru denominada TIM PERU S.A.C., la cual es la sociedad concesionaria del servicio de comunicaciones personales; Que, con fecha 5 de MORDAZA de 2000 se emitio el Decreto Supremo Nº 019-2000-MTC mediante el cual se decreto que el Estado Peruano garantizara mediante contrato, las declaraciones, seguridades, garantias y obligaciones a su cargo, contenidas en el contrato de concesion para la prestacion del servicio de comunicaciones personales, que se celebre con TIM PERU S.A.C.; Que, mediante el Decreto Supremo mencionado se autorizo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en ese entonces Viceministro de Comunicaciones del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion a suscribir, en nombre y representacion del Estado Peruano, el contrato de otorgamiento de garantia a que se hace referencia en el articulo precedente; Que, el contrato para la explotacion del servicio publico de comunicaciones personales se celebro con fecha 8 de MORDAZA de 2000; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 4º de la Ley Nº 26885, el Articulo 6º de la Ley Nº 26438, el Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 05996-PCM, su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM; y, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Comunicaciones del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion a suscribir, en nombre y representacion del Estado Peruano, el contrato de otorgamiento de garantia a la empresa TIM PERU S.A.C. Articulo 2º.- Dejar sin efecto el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 019-2000-MTC de fecha 5 de MORDAZA de 2000. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de diciembre del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 37173

MTC
Autorizan al Viceministro de Comunicaciones suscribir en nombre y representacion del Estado Peruano el contrato de otorgamiento de garantia a la empresa TIM PERU S.A.C.
DECRETO SUPREMO Nº 053-2001-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 839 se declaro de interes nacional la promocion de la inversion privada en el ambito de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos y mediante Decreto Supremo Nº 059-96PCM se aprobo el Texto Unico Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesion al

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