Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2002 (22/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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Nº DE ORDEN DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS

NORMAS LEGALES
DERECHO CALIFICACION DEPENDENCIA DE PAGO AUTOEVALUACION DONDE SE INICIA (%UIT) MATICO POSIT. NEG. EL TRAMITE

MORDAZA, lunes 22 de MORDAZA de 2002
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO ADMINISTRATIVO RECONSIDEAPELACION RACION

de 31DIC1958

Nacion de la tasa por Inscripcion en el Registro Central de Extranjeria: - Residente: US$ 15,00. - Residente Inmigrante: US$ 20,00. 7. MORDAZA de haber pagado la Tasa Anual de Extranjeria: US$ 20,00. * Se encuentran exoneradas del pago de las tasas de extranjeria las personas que se encuentran comprendidas dentro de los alcances del Articulo 3º del DS Nº 206-83-EFC. 8. Ficha de canje internacional para los que ingresaron con visa de residente. EN LAS JEFATURAS DESCONCENTRADAS. 9. MORDAZA autenticada por el fedatario del odontograma y recibo de pago por concepto de ficha de canje internacional. 10. Dos (02) fotos de frente y una (01) de perfil, tamano carne a color en fondo blanco. 11. Declaracion jurada simple de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales a nivel nacional e internacional. * Requisitos generales 1, 2 , 3 y ademas: 4. Solicitud de inscripcion formulada por el superior de la congregacion. * Requisitos generales 1, 2 , 3 y ademas: 4. Solicitud de inscripcion formulada por el representante legal de la asociacion en el Peru. * Requisitos generales 1, 2 , 3 y ademas: 4. Oficio de la Cancilleria comunicando la aprobacion de su condicion de asilado o refugiado. Para los que han ingresado con la visa correspondiente. * Requisitos generales 1, 2, 3 y ademas: 4. MORDAZA de haber anulado en su oportunidad la Tarjeta de Embarque/ Desembarque (TED).

Religioso Catolico

Miembros de Asociaciones Religiosas No Catolicas Refugiado y asilado

Hijos de Residentes que cumplen diez (10) anos (solo para los que ingresaron al MORDAZA hasta el 16 MORDAZA 1992) 33 MODIFICACION DE DATOS EN LA FICHA DE INSCRIPCION DEL REGISTRO CENTRAL DE EXTRANJERIA D Leg Nº 703 de 05NOV1991 RM Nº 0829-95-IN de 04JUL1995 D.S.N° 004-97-IN de 23MAY1997 Art. 2° de Reglamento de Nacionalidad Ley N° 27444 pub.el 11ABR2001 Ley de Procedimiento Administrativo General

1. 2. 3. -

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-

*

Formulario F-007 Recibo de pago por derecho de tramite. Segun los casos presentaran ademas: Partida de matrimonio o defuncion del conyuge o sentencia de divorcio ejecutoriada. MORDAZA fotostatica legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN de la escritura de renuncia de su nacionalidad o certificacion de haber adoptado otra. Partida o Acta o Certificado o Registro de Nacimiento o Matrimonio, expedido por la autoridad competente en el MORDAZA de origen, legalizado por el Consulado Peruano y Ministerio de Relaciones Exteriores. MORDAZA fotostatica simple del pasaporte nuevo. Declaracion jurada por cambio de domicilio. Los inmigrantes actualizaran su fotografia en la ficha y el Carne de Extranjeria, en caso de haber transcurrido cinco (05) anos o mas desde su Inscripcion en el Registro Central de Ex tranjeria.

Gratuito 0,77%

X 10 dias

Area de Tramite Documentario de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion o Jefaturas de Migraciones

Director de Inmigraciones o Subdirectores

Director de Inmigraciones o Subdirectores

Director General de Migraciones y Naturalizacion

34

DUPLICADO DE CARNE DE EXTRANJERIA Ley Nº 13053 de 31DIC1958 DS Nº 206-83-EFC de 01JUN1983 D Leg Nº 703 de 05NOV1991 RM Nº 0829-95-IN de 04JUL1995 D.S.N° 004-97-IN de 23MAY1997 Art. 2° de Reglamento de Nacionalidad Ley N°27444 pub.el 11ABR2001 Ley de Procedimiento Administrativo General

1. Formulario F-007A 2. Recibo de pago por derecho de tramite. 3. Comprobante de pago del Banco de la Nacion de la tasa de extranjeria por duplicado segun corresponda: - Residente: US$ 15,00 - Residente Inmigrante: US$ 20,00 * Se encuentran exoneradas del pago de la tasa de extranjeria por duplicado las personas que se encuentran comprendidas dentro de los alcances del Articulo 3° del DS Nº 206-83-EFC. 4. Acreditar estar al dia en los pagos de la tasa anual de extranjeria. * En caso de canje a Carne de Extranjeria de Emision Mecanizada o cambio por deterioro o agotamiento de paginas, adjuntar el Carne de Extranjeria a reemplazar. * En caso de perdida o robo debe presentar declaracion jurada. 1. Formulario F-007

Gratuito 1,27%

X 05 dias

Area de Tramite Documentario de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion o Jefaturas de Migraciones

Director de Inmigraciones o Subdirectores

Director de Inmigraciones o Subdirectores

Director General de Migraciones y Naturalizacion

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EXONERACION DEL

Gratuito

X

Area de

Director de

Director de

Director

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