Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2002 (16/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, jueves 16 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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teniendo autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo, el Articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario senala que excepcionalmente los gobiernos locales podran condonar, con caracter general el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administran; Que, la grave crisis economica que atraviesa el MORDAZA, ha causado un alto indice de morosidad por parte de los contribuyentes del distrito de Cieneguilla y que afecta a esta Comuna, pues no le permite cubrir a cabalidad con el servicio de Limpieza Publica, asi como, realizar el mantenimiento de las areas verdes y de las obras ejecutadas, razon por la que en la Sesion de Concejo de la fecha, se ha aprobado por unanimidad el Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa a favor de los contribuyentes del distrito de Cieneguilla, a fin de que cumplan sus obligaciones pendientes; De conformidad con lo dispuesto en 109º, 110º; y con el MORDAZA Unanime de los miembros del Concejo y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- OTORGAR BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA a los contribuyentes del distrito de Cieneguilla, del 14 de MORDAZA al 15 de junio del 2002, incluyendo las deudas que se encuentran en Cobranza Coactiva, cuyos montos de requerimiento MORDAZA menores a la suma de S/. 10,00.00 (diez mil nuevos soles) para lo cual previamente deberan cancelar la liquidacion por costas judiciales que liquide Ejecutoria Coactiva. Articulo 2º.- CONDONAR los intereses moratorios y el factor de reajuste de las deudas pendientes de pago por concepto de Impuesto Predial y los intereses moratorios de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Relleno Sanitario y de la tasa de Licencia de Funcionamiento, correspondientes a los anos anteriores, siempre que MORDAZA cancelados al contado. Articulo 3º.- CONDONAR las multas tributarias hasta un 70% referentes a aquella deuda que se origino por la omision de presentar Declaracion Jurada y/o comunicaciones ante la Administracion Tributaria en el plazo de Ley, siempre y cuando los contribuyentes paguen al contado el monto insoluto de las referidas multas y regularicen su situacion tributaria. Articulo 4º.- ESTABLECER el beneficio de reduccion y/ o rebaja del 70% para aquellos contribuyentes que tengan deudas pendientes por concepto del pago de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario, por los anos anteriores y hasta el ano 1997 y 50% por las deudas de los anos 1998 y 1999. Este beneficio sera otorgado siempre y cuando se pague la deuda al contado y cancelen el arbitrio de los anos 2000 y 2001 al contado. Articulo 5º.- ESTABLECER el beneficio de reduccion y/ o rebaja del 30% de las deudas por concepto de deudas pendientes por concepto de tasa de Licencia de Funcionamiento hasta el ano 1999, siempre que MORDAZA cancelados al contado. Articulo 6º.- ESTABLECER la reduccion y/o rebaja del 80% de las multas administrativas pendientes de pago, impuestas del 1 de agosto de 1999 hasta el 30 de junio del 2001 y 50% para las multas impuestas del 1 de MORDAZA del 2001 hasta la fecha, siempre que se cancele el total de la multa y se subsane la falta administrativa cometida. Articulo 7º.- PRECISAR que, para acogerse a los beneficios establecidos en la presente MORDAZA, el contribuyente que MORDAZA interpuesto, reclamacion y/o Recurso de Impugnacion, debera previamente presentar un escrito de desistimiento de acuerdo a las normas del procedimiento administrativo. Los contribuyentes que se acojan a los beneficios otorgados en la presente Ordenanza, no podran presentar futuras reclamaciones respecto a las deudas canceladas. Articulo 8º.- FACULTAR al senor MORDAZA, para que adopte las acciones complementarias necesarias para la implementacion de la presente Ordenanza, dando cuenta al Concejo. Articulo 9º.- ENCARGAR a Direccion Municipal, Jefatura de Rentas, Informatica y Ejecutoria Coactiva, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 8697

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Declaran en situacion de urgencia el suministro de combustibles y servicio de disposicion final de residuos solidos
ACUERDO DE CONCEJO Nº 027-A-2002-SEGE-06-MDEA
El MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2002 EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL MORDAZA VISTO.- En Sesion Ordinaria del 30 de MORDAZA del 2002, el Informe Nº 108-2002-ADM/00-MDEA de la Direccion de Administracion por el cual solicita la Declaratoria de Urgencia para la adquisicion de los Servicios de Suministro de Combustibles y de Disposicion Final de Residuos Solidos; CONSIDERANDO: Que, con Informe Nº 108-2002-ADM/00-MDEA, la Direccion de Administracion en conocimiento que los procesos de seleccion Concurso Publico Nº 0001-2002CE-MDEA MORDAZA Convocatoria para contratar Servicios de Disposicion Final de Residuos Solidos y la Licitacion Publica Nº 0002-2002-CE-MDEA MORDAZA Convocatoria para Suministro de Combustibles se encuentran en la etapa de observaciones, conforme al calendario que establece las bases de los respectivos procesos de seleccion; Que, los Articulos 19º, 20º y 21º del TUO de la Ley Nº 26850 y Articulos 105º, 108º y 116º del Reglamento, establecen que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion respectivo, para las adquisiciones y contrataciones definitivas. Asimismo cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales tal como es el caso del mantenimiento de la limpieza publica en la jurisdiccion del distrito y por ende el ornato de la MORDAZA que beneficia a nuestra comunidad diariamente, por lo que en este contexto debe atenderse dicho requerimiento; Por tanto estando a lo expuesto, al Informe Nº 314-A2002-DAJ-MDEA de la Direccion de Asesoria Juridica y en uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades, por votacion unanime el Concejo Municipal: ACUERDA: Articulo 1º.- Declarar en situacion de Urgencia por el lapso de sesenta (60) dias el suministro de los combustibles y el servicio de disposicion final de residuos solidos en tanto se culminen los procesos de seleccion respectivos. Articulo 2º.- Autorizar la exoneracion de los procesos de seleccion contemplados en el TUO Art. 19º inciso c) Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 3º.- Autorizar a la Oficina de Administracion de esta Municipalidad para que a traves de la Unidad de Abastecimiento, proceda a la adquisicion y/o contratacion de los servicios declarados en urgencia y enunciados en el Articulo Primero, mediante el MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia. Articulo 4º.- Encargar a la Secretaria General del Concejo la publicacion del presente Acuerdo por ante el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA del mismo por ante la Contraloria General de la Republica. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA ANTIPORTA LAYMITO MORDAZA 8768

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