Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2002 (07/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 7 de octubre de 2002

nunciada7 , correspondiente al dia 14 de junio de 2002, en el cual figura el precio de venta neto (sin IVA) por kilogramo, el mismo que asciende a 0,253 US$/kg8 ; Que, sobre la base de la informacion consignada anteriormente se ha determinado que existen indicios de dumping en las importaciones del producto denunciado en un margen de 21,7%; Que, se ha determinado la existencia de indicios de dano a la MORDAZA de produccion nacional reflejado en la reduccion en las ventas nacionales, participacion de MORDAZA, precios nacionales y uso de la capacidad instalada; Que, los indicios de dano a la MORDAZA de produccion nacional serian atribuibles al aumento en el volumen de importaciones a supuestos precios dumping del producto denunciado; Que, de conformidad con el articulo 12.1.1 del Acuerdo Antidumping, el Informe Nº 049-2002/CDS, que contiene la evaluacion de la solicitud de inicio de procedimiento de investigacion presentada por Derivados del Maiz S.A. y que sustenta la presente Resolucion es de acceso publico a traves del MORDAZA de internet www.indecopi.gob.pe/tribunal/cds/informes.asp; De conformidad con el Acuerdo Relativo a la Aplicacion del Articulo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, el Decreto Supremo Nº 043-97-EF modificado por el Decreto Supremo Nº 1442000-EF y el articulo 22º del Decreto Ley Nº 25868; y, Estando a lo acordado unanimemente en su sesion del 26 de setiembre del 2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer el inicio del procedimiento de investigacion por la supuesta existencia de practicas de dumping en las exportaciones de MORDAZA de maiz originarias de la Republica de MORDAZA, producidas y/o exportadas por la empresa Productos del Maiz S.A. Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion a las autoridades de la Republica de MORDAZA, a la empresa Derivados del Maiz S.A., asi como a la empresa Exportadora del producto denunciado, e invitar a apersonarse al procedimiento a todos aquellos que tengan legitimo interes en la investigacion. Toda comunicacion formulada por las partes interesadas debera dirigirse a la siguiente direccion: Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios Indecopi MORDAZA De La Prosa 138, San MORDAZA MORDAZA 41, Peru Telefono : (51-1) 2247800 (anexo 1221) Fax : (51-1) 2247800 (anexo 1296) Correo electronico: dumping@indecopi.gob.pe Articulo 3º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano de conformidad con lo establecido en el articulo 26º del Decreto Supremo Nº 043-97EF modificado por el Decreto Supremo Nº 144-2000-EF. Articulo 4º.- Poner en conocimiento de las partes interesadas que el periodo para que presenten pruebas o alegatos es de seis (6) meses posteriores a la publicacion de la presente Resolucion, de acuerdo con lo establecido en el articulo 22º BIS del Decreto Supremo Nº 043-97-EF modificado por el Decreto Supremo Nº 144-2000-EF. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia desde la fecha de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano, fecha a partir de la cual se computara el inicio del procedimiento de investigacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PIAZZA Vicepresidente

SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD
Precisan procedimientos que deberan seguir las Entidades Prestadoras de Salud cuando les MORDAZA remitidos reportes e informes de supervision o resoluciones que impongan sanciones
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 036-2002-SEPS/CD MORDAZA, 30 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 14º de la Ley Nº 26790, Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud, la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud (SEPS) tiene por objeto, entre otros, el de supervisar el funcionamiento de las Entidades Prestadoras de Salud; Que, el articulo 23º del Reglamento General de Supervision de la SEPS, aprobado mediante Resolucion de Superintendencia Nº 053-2000-SEPS/CD, dispone que al termino de la Accion de Supervision se emita un Reporte de Supervision que contenga las observaciones o hallazgos encontrados, asi como las recomendaciones y plazos para su correccion, remitiendose MORDAZA del mismo a las Entidades Supervisadas; Que, de acuerdo al articulo 5º del Reglamento General de Supervision de la SEPS, la supervision que brinda la SEPS es integral e integrada, dado que busca la cooperacion de los diferentes componentes del sistema; por tanto, se considera necesario que los directorios de las EPS, en tanto organos de gobierno, tomen conocimiento de las observaciones formuladas por la SEPS como resultado de su Accion de Supervision, de las recomendaciones y plazos que se establezcan para su superacion, asi como de las sanciones a que hubiere lugar; Que, asimismo, segun el articulo 15º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de las Entidades Prestadoras de Salud, aprobado mediante Resolucion de Superintendencia Nº 026-2000-SEPS/CD de fecha 4 de MORDAZA del 2000, la MORDAZA autoridad de una EPS sera responsable de dar cumplimiento a las sanciones impuestas por la SEPS; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso b) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SEPS, aprobado mediante Resolucion de Superintendencia Nº 029-2001-SEPS/CD, corresponde al Consejo Directivo aprobar los reglamentos y otras disposiciones de caracter general que MORDAZA de observancia obligatoria para el sistema; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso c) del articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SEPS, corresponde al Superintendente velar por la correcta ejecucion de los acuerdos del Consejo Directivo; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en Sesion Ordinaria Nº 08-2002 de fecha 18 de setiembre de 2002, con el MORDAZA unanime del pleno y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; SE RESUELVE:

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La factura presentada corresponde a una venta de 1000 kg. de MORDAZA de maiz de la MORDAZA Buffalo, el cual de acuerdo a la informacion obtenida corresponderia a MORDAZA de uso alimenticio. El MORDAZA de cambio ha sido tomado de la pagina web del Banco Central de la Republica MORDAZA, el cual es de 3,56 pesos argentinos por dolar para el dia 14 de junio de 2002, fecha de la factura de la venta presentada como prueba por el denunciante.

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Articulo 1º.- Los Reportes e Informes de Supervision que MORDAZA remitidos a las Entidades Prestadoras de Salud, seran puestos en conocimiento del Directorio por el Gerente General en la inmediata sesion de Directorio que se realice desde su recepcion, a fin de que adopten las medidas correctivas del caso. El mismo procedimiento se efectuara respecto de las Resoluciones que impongan sanciones por la comision de infracciones previstas en el Reglamento respectivo,

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