Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2002 (07/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, lunes 7 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, el Instituut voor Ontwikkelingsvraagstukken, la Universidad de Tilburg y la Central Bureau voor de Statistiek, prestigiosas instituciones holandesas y el Statistiska Centralbyran de Suecia han invitado al Jefe del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) para que visite dichas instituciones, durante su estancia en Europa. Las visitas a las instituciones holandesas estan previstas del 10 al 13 de octubre, y a Suecia del 19 al 22 de octubre; Que, los gastos por concepto de pasajes y viaticos que irrogue la participacion del citado funcionario, seran cubiertos parcialmente por la Cooperacion Francesa, la Secretaria del Consorcio Paris21, el Instituut voor Ontwikkelingsvraagstukken, el Statistiska Centralbyran de Suecia y el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; Que, en tal sentido es pertinente autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Matuk MORDAZA, Jefe del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27573, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002, Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Resolucion Ministerial Nº 255-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MATUK MORDAZA, Jefe del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI), del 8 al 22 de octubre del 2002 a las ciudades de La MORDAZA y Tilburg - Holanda, Paris-Francia y Estocolmo-Suecia, a fin que participe en la Reunion del Comite MORDAZA de Estadistica y en la Reunion Anual del Consorcio de PARIS21 y efectue visitas oficiales al Instituut voor Ontwikkelingsvraagstukken, la Universidad de Tilburg, la Central Bureau voor de Statistiek, y el Statistiska Centralbyran de Suecia. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos parcialmente por la Cooperacion Francesa, la Secretaria del Consorcio Paris21, el Instituut voor Ontwikkelingsvraagstukken, el Statistiska Centralbyran de Suecia, en este sentido corresponde al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica asumir, con Recursos Ordinarios del Pliego 02 Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI), la suma siguiente: Pasajes Viaticos US$ US$ 1 134.02 2 970.70

Debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referencia de la comision. Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion alguna o liberacion de impuestos aduaneros, de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 17859

AGRICULTURA
Autorizan incorporacion de maquinaria MORDAZA y agroindustrial en cuenta contable para control en el MORDAZA de venta directa autorizado por el D.U. Nº 129-2001
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0914-2002-AG MORDAZA, 4 de octubre de 2002

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 129-2001, de fecha 30 de noviembre del 2001, se autorizo al Ministerio de Agricultura a vender directamente a los productores agrarios, personas naturales y juridicas, sin el requisito de subasta publica, la maquinaria de uso MORDAZA y agroindustrial de propiedad estatal que mantenga en sus almacenes y/o en los de las Direcciones Regionales Agrarias; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-AG, de fecha 9 de enero del 2002, se dictaron las disposiciones reglamentarias para la venta directa de la maquinaria MORDAZA y agroindustrial en aplicacion del Decreto de Urgencia Nº 129-2001; Que, para llevar a cabo el MORDAZA de venta directa aprobado por el dispositivo mencionado en el primer considerando era necesario efectuar el inventario y tasacion de la maquinaria MORDAZA y agroindustrial de propiedad del Ministerio de Agricultura que se encuentra asignada a las Direcciones Regionales Agrarias bajo la modalidad de Afectacion en Uso de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de Bienes de Propiedad Estatal aprobado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; Que, el resultado del inventario y tasacion de la maquinaria descrita en el considerando anterior, reflejo valores diferentes a los existentes en los registros patrimoniales del Ministerio de Agricultura, debido a la depreciacion, ajustes por correccion monetaria y uso de dicha maquinaria; Que, mediante Oficio Nº 662-2002-AG-CL-UOPE/P, de fecha 9 de MORDAZA del 2002, el Presidente de la Comision Nacional de Liquidacion y Transferencia de la UOPE comunico al Viceministro de Agricultura, la necesidad de asignar un pool minimo de maquinaria MORDAZA a las Direcciones Regionales Agrarias a nivel nacional para que continuen desarrollando de manera eficiente sus actividades; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 614-2002AG, de fecha 25 de junio del 2002, se aprobo la Lista de Precios de la maquinaria MORDAZA y agroindustrial que el Ministerio de Agricultura pondra a la venta directa de acuerdo al Decreto de Urgencia Nº 129-2001; Que, la Resolucion Ministerial Nº 696-2002-AG, de fecha 19 de MORDAZA del 2002, excluye de la lista mencionada en el considerando anterior a diversa maquinaria por distintas razones que se sustentan en el dispositivo indicado; Que, la maquinaria MORDAZA y agroindustrial de propiedad del Ministerio de Agricultura, incluida en el MORDAZA de venta directa, esta sujeta al calculo de depreciacion, toda vez que se encuentra registrada en la cuenta contable 332.01, correspondiente a Activos Fijos de la Entidad; Que, en tal sentido, y teniendo en cuenta que dicha maquinaria no se encuentra en uso por parte de la entidad, resulta necesario reclasificarla en la cuenta contable 336.01, correspondiente a Bienes por Distribuir - Maquinaria y Equipo y Otras Unidades para la Produccion, al haber sido destinada dicha maquinaria al MORDAZA de venta directa, no debiendo estar sujeta al calculo de depreciacion; Que, mediante Oficio Nº 382-2002-EF/93.11, de fecha 15 de MORDAZA del 2002, la Contaduria Publica de la Nacion explico el procedimiento contable para el ingreso de la maquinaria MORDAZA y agroindustrial incluida en el MORDAZA de venta directa, emitiendo opinion en el sentido que se debe incorporar los valores obtenidos en el inventario y tasacion de la maquinaria, en las cuentas patrimoniales correspondientes, previa autorizacion por resolucion expresa de la Alta Direccion del Ministerio de Agricultura, a fin de viabilizar de manera eficiente el MORDAZA de venta directa de la maquinaria; En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura, y el articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG;

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