Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2002 (05/09/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

Pag. 229434

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 5 de setiembre de 2002

De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:

De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Aceptar y aprobar, en via de regularizacion, en nombre del Gobierno Peruano, las donaciones efectuadas por Christoffel Blindenmission e.V. de Bensheim, Alemania, a favor de la Organizacion Peruana para la Prevencion de la Ceguera -OPRECE- consistentes en materiales de suturas, lentes intraoculares y otros bienes con un valor aproximado de US$ 1 965,00 (Mil Novecientos Sesenta y Cinco y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America) y 21,00 (Veintiun y 00/100 Euros) segun Certificados de Donacion de fecha 13 de septiembre de 2001 y un peso aproximado de 15 kgs., segun Avisos de Llegada del Envio Postal Nºs. 0-000348, 0-000349, 0-000694, 0-000697 y 2000065 de la Empresa de Servicios Postales del Peru S.A. -SERPOST S.A.-. Dichas donaciones han sido destinadas a los Establecimientos Satelites de la Organizacion Peruana para la Prevencion de la Ceguera -OPRECE-. Articulo 2º.- Comprendase a las donaciones citadas en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT- y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de Salud, el Ministro de Economia y Finanzas, y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 15808

Articulo 1º.- Aceptar y aprobar, en nombre del Gobierno Peruano la donacion efectuada por la MORDAZA Roja Belga, a favor de la MORDAZA Roja Peruana, consistente en 03 maquinas para analisis de la piel con un valor aproximado de 31 944,00 (Treinta y Un Mil Novecientos Cuarenta y Cuatro y 00/100 Euros), segun Certificado de Donacion de fecha 5 de marzo de 2002. Dicha donacion sera destinada para la atencion a los damnificados del incendio ocurrido en el Centro de Lima. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas, por el Ministro de Salud y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 15809 RESOLUCION SUPREMA Nº 208-2002-EF MORDAZA, 27 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, instituciones extranjeras han efectuado donaciones a favor de instituciones privadas sin fines de lucro; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar, en via de regularizacion, en nombre del Gobierno Peruano las donaciones a favor de instituciones privadas sin fines de lucro, de acuerdo a las Resoluciones Directorales que a continuacion se detallan:

Aprueban donaciones efectuadas a favor de la MORDAZA Roja Peruana, del Instituto de Investigacion Nutricional, del Ministerio de Salud, instituciones y centros de atencion en salud
RESOLUCION SUPREMA Nº 207-2002-EF MORDAZA, 27 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA Roja Belga ha efectuado una donacion a favor de la MORDAZA Roja Peruana consistente en diversos bienes que seran destinados para la atencion a los damnificados del incendio ocurrido en el Centro de Lima; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.