Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2002 (19/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, jueves 19 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del MORDAZA Electoral Especial de Huaral y de las partes, el contenido de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ- MORDAZA PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. RESOLUCION Nº 513-2002-JNE Exp. Nº 1047-2002 MORDAZA, 13 de setiembre de 2002 VISTA: En audiencia publica de fecha 13 de setiembre de 2002, el expediente N° 1047-2002 que contiene la apelacion interpuesta por el personero legal de la organizacion politica nacional "Movimiento Nueva Izquierda" contra la Resolucion de fecha 28 de agosto del ano en curso, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Ica; CONSIDERANDO: Que mediante la resolucion de Vista, el MORDAZA Electoral Especial de Ica declaro improcedente la inscripcion de la Lista de Candidatos para el Gobierno Regional de Ica, presentada por la impugnante, toda vez que la Lista MORDAZA mencionada no cumplio con la cuota de genero establecida en la ley; Que el MORDAZA parrafo del articulo 12° de la Ley de Elecciones Regionales N° 27683, dispone que la lista de candidatos al Consejo Regional debe estar conformada por un candidato de cada provincia en el orden en el que el partido politico o movimiento lo decida, incluyendo un accesitario en cada caso, tambien por lo menos de un treinta por ciento (30%) de hombres o mujeres; conforme lo determine el MORDAZA Nacional de Elecciones, el que mediante Resolucion N° 185-2002-JNE, publicada el 13 de junio del 2002, establecio el numero minimo de candidatos mujeres o varones para integrar las listas de candidatos a los Consejos Regionales de la Republica, correspondiendo al Gobierno Regional de Ica un minimo de tres (3) candidatos mujeres o varones por tratarse de un Gobierno Regional con 7 consejeros; Que del examen de la lista de candidatos a consejeros presentada por el personero legal de la organizacion politica apelante, se tiene que esta integrada por cinco (5) candidatos titulares hombres y, dos (2) candidatas titulares mujeres, por lo que no se ha cumplido con la cuota de genero; Que respecto a lo manifestado por el personero legal de la apelante, en el sentido que sumadas las candidaturas de los consejeros accesitarios se cumpliria con el porcentaje de la cuota de genero arriba senalada, se debe precisar que no es procedente dicha apreciacion, toda vez que la cuota indicada es calculada en base al numero de consejeros de la region a la que el candidato postula y no de la sumatoria de candidatos titulares y accesitarios; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por la organizacion politica nacional "Movimiento Nueva Izquierda", y en consecuencia, CONFIRMAR la Resolucion de fecha 28 de agosto de 2002, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Ica que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de candidatos para el Gobierno Regional de Ica, presentada por la organizacion politica recurrente. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del MORDAZA Electoral Especial de Ica y de la parte interesada el

contenido de la presente resolucion, devolviendose los autos al MORDAZA de origen. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General RESOLUCION Nº 514-2002-JNE MORDAZA, 13 de setiembre de 2002 VISTO, en audiencia publica de fecha 13 de setiembre de 2002, el Expediente Nº 973-2002 sobre apelacion interpuesta por don MORDAZA MORDAZA Castaneda MORDAZA, personero legal nacional alterno del Partido Aprista Peruano contra la Resolucion Nº 138-2002-JEE-SANTA del MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA, CONSIDERANDO: Que por Resolucion Nº 138-2002-JEES de fecha 27 de agosto del 2002, el MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA declaro improcedente la subsanacion de errores en la lista de candidatos para el distrito de Nepena, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, presentada por don Gani MORDAZA Absi MORDAZA, personero legal titular ante el referido MORDAZA, del Partido Aprista Peruano; Que con fecha 19 de agosto del ano 2002 el Partido Aprista Peruano presento ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA una lista completa de candidatos para el Concejo Distrital de Nepena, encabezada por el senor MORDAZA MORDAZA Villaran Burnes como candidato a la alcaldia de dicho distrito; y el dia 23 del mismo mes presento una MORDAZA lista en sustitucion de la primera, excluyendo al candidato a Regidor don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y ubicados en diferente orden de la lista primigenia; Que toda lista de candidatos debe indicar el orden de ubicacion de los candidatos, quienes manifiestan su conformidad al suscribir la solicitud de inscripcion presentada, como lo establece el numeral 3) del articulo 10º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864; no siendo, por tanto, valida ni licita la sustitucion de una lista de candidatos por otra sin contar con el consentimiento expreso de los candidatos, mas aun cuando la sustitucion se produce despues de vencido el plazo para la MORDAZA de listas de candidatos como es el caso de autos; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADA la apelacion interpuesta por el Partido Aprista Peruano; y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolucion Nº 138-2002-JEESANTA, de fecha 27 de agosto del 2002 emitida por el MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA que declara improcedente la subsanacion de errores en la lista de candidatos para el distrito de Nepena, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, presentada el 23 de agosto del presente por el Partido Aprista Peruano. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA el contenido de la presente Resolucion, devolviendose los respectivos autos para el tramite correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA Secretario General. RESOLUCION Nº 515-2002-JNE MORDAZA, 13 de setiembre de 2002 VISTO, en Audiencia Publica, de fecha 13 de setiembre del 2002, el Expediente Nº 976-2002 sobre apelacion

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