Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2003 (14/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 14 de MORDAZA de 2003

CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 108-2003-CONSUCODE/PRE MORDAZA MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2003 VISTO: El Memorandum Nº 220-2003(GAF) del 10 de MORDAZA del 2003; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 013/2003-CONSUCODE/PRE de fecha 20 de enero del 2003, el Titular del Pliego aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE para el ejercicio presupuestal 2003; Que, el articulo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las inclusiones y exclusiones de los procesos de seleccion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones deberan ser aprobados por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad y seran comunicadas a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a dicha aprobacion; Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2003 de CONSUCODE, no se ha incluido el MORDAZA de seleccion que corresponde a una adjudicacion directa selectiva para la contratacion del servicio de mensajeria local y nacional, por no conocer el area ejecutora

las especificaciones tecnicas; en tal sentido y atendiendo a que esta circunstancia ha sido superada, es necesario incluirla en el acotado plan para su posterior aprobacion; De conformidad con el inciso 14) del articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones del CONSUCODE, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0212001-PCM, y con las visaciones de la Gerencia de Asesoria Juridica, la Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Cooperacion y la Gerencia de Administracion y Finanzas; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la inclusion del MORDAZA de Seleccion que se detalla en el Anexo Nº 01 que forma parte integrante de la presente Resolucion, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE correspondiente al ejercicio presupuestal 2003. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas remita MORDAZA de la presente Resolucion a PROMPYME dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion para los fines que la ley establece. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

ANEXO N° 01 DE LA RESOLUCION N° 108-2003-CONSUCODE/PRE INCLUSION DEL MORDAZA DE SELECCION EN EL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE CONSUCODE - ANO 2003
N° MORDAZA DE OBJETO CIIU REF MORDAZA SINTESIS DE ESPECIFICACIONES TECNICAS Contratacion del Servicio de Mensajeria Local y Nacional FECHA MONEDA VALOR UNIDAD CANTI- MORDAZA NIVEL DE UBIGEO PROB. ESTIMADO DE DAD DE DESCENTRALIZACION Y OBSERVACONV. MEDIDA FINANC. DESCONCENTRACION DEPART. PROV. D I S T . CIONES MORDAZA Soles 38,992.56 10 1 09 15 01 13

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SERVICIOS

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INACC
Autorizan publicar Padron Minero actualizado al 31 de diciembre de 2002
INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCION JEFATURAL Nº 00850-2003-INACC/J MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el MORDAZA parrafo del articulo 1º del Decreto Supremo Nº 052-99-EM, se dispone que a partir del 1 de enero del ano 2000, el pago del Derecho de Vigencia de petitorios, denuncios, concesiones mineras, concesiones de beneficio, de labor general y de transporte, se efectuara sobre la base del Padron Minero actualizado al 31 de diciembre de cada ano, elaborado por el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero; el cual estara automatizado e integrado con una o mas entidades del sistema financiero nacional;

Que, el pago del Derecho de Vigencia y/o Penalidad se realizara de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 029-2001-EM, modificado por el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0102002-EM; De conformidad con lo dispuesto en el inciso d) del articulo 4º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INACC, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-EM, asi como el inciso m) del articulo 105º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica y la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la publicacion del Padron Minero actualizado al 31 de diciembre del 2002, el mismo que esta a disposicion de los usuarios en la Sede Central del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, en sus Organos Desconcentrados, en las Direcciones Regionales de Energia y Minas y, en la pagina web de la Institucion (www.inacc.gob.pe). Articulo 2º.- Las solicitudes de rectificacion del Padron Minero, se presentaran mediante escrito diri-

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