Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2003 (20/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 20 de junio de 2003

Articulo Cuarto.- ENCARGAR a las instancias administrativas competentes de la Municipalidad, se proceda a iniciar las acciones legales para formular la denuncia penal y se instaure MORDAZA Administrativo Disciplinario en contra de los ex Funcionarios que hayan incurrido en la comision de actos dolosos y en negligencia administrativa. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11526

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Declaran nulidad de actos administrativos de MORDAZA de seleccion referido a la Obra "Construccion de Berma Central, Areas Verdes y Reposicion de Veredas en la Av. MORDAZA Aguero"
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 214-A-2003-SEGE-02-MDEA

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Declaran en emergencia administrativa a la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 032-03 Chaclacayo, 11 de junio del 2003 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo fecha 11 de junio del 2003, el Informe Nº 001-03-CRORAFTF/MDCH de fecha 10.6.03, de la Comision Especial de Reestructuracion Organica, Reorganizacion Administrativa, Financiera Tecnica y Funcional de la Municipalidad de Chaclacayo; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, es un Organo de Gobierno Local, que emana de la voluntad popular, con autonomia politica, economica y administrativa de acuerdo a lo dispuesto por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades; Que, visto el Informe Nº 001-03-CRORAFTF/MDCH de fecha 10.6.03, de la Comision Especial de Reestructuracion Organica, Reorganizacion Administrativa, Financiera Tecnica y Funcional de la Municipalidad de Chaclacayo, donde manifiesta que habiendose publicado en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, la misma que en su Titulo III establece cambios en la Estructura Organica Administrativa y en los Procedimientos Administrativos entre otros. En atencion a ello, sugieren Declarar en Emergencia Administrativa por un plazo de 90 dias, de conformidad a lo establecido en la Vigesima Disposicion Complementaria de la referida MORDAZA legal a fin de adecuar nuestro ordenamiento legal interno; Que, estando a las disposiciones esgrimidas y los dispositivos legales en conformidad con la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y con el MORDAZA UNANIME de los miembros del Concejo y con la dispensa del tramite de la Lectura y aprobacion del Acta; ACORDO: Primero.- DECLARAR en Emergencia Administrativa a la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, por un plazo de 90 dias, al MORDAZA de la Vigesima Disposicion Complementaria de la Ley Organica de Municipalidades. Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11573

El MORDAZA, 16 de junio de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO.- El Informe Nº 374-2003-DAJ-MDEA de la Oficina de Asesoria Juridica referido a la nulidad del MORDAZA de seleccion de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0001-2003CEP-MDEA en relacion con la Obra: "Construccion de Berma Central, Areas Verdes y Reposicion de veredas en la Av. MORDAZA Aguero"; CONSIDERANDO: Que, con fecha 9 de junio del ano en curso se programo el inicio de la convocatoria de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0001-2003-CEP-MDEA en relacion con la Obra: "Construccion de Berma Central, Areas Verdes y Reposicion de veredas en la Av. MORDAZA Aguero;" Que, mediante el Informe Nº 374-2003-DAJ-MDEA de la Direccion de Asesoria Juridica comunica que la Etapa de la convocatoria no ha sido comunicada a PROMPYME en la fecha que corresponde de acuerdo a Ley, sino realizada el dia 11 de junio, segun consta en MORDAZA que obra en la Unidad de Abastecimiento, por lo que esta comunicacion devino en extemporanea; Que, debe declararse la invalidez del MORDAZA por no cumplir con lo dispuesto en el Articulo 85º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el D. S. Nº 013-2001-PCM y en el mismo sentido no haberse cumplido con el COMUNICADO Nº 003-2003 (PRE) publicado por CONSUCODE en el Diario Oficial El Peruano el 19-2-2003; Por lo expuesto, estando al informe MORDAZA senalado y en uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la Nulidad de oficio de los actos administrativos del MORDAZA de seleccion Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0001-2003-CEP-MDEA 1ra. Convocatoria referida a la Obra "Construccion de Berma Central, Areas Verdes y Reposicion de veredas en la Av. MORDAZA Aguero" por las consideraciones expuesta, debiendose retrotraer el MORDAZA a la etapa del inicio de la Convocatoria. Articulo 2º.- Disponer su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion, bajo responsabilidad. Articulo 3º.- Poner en conocimiento del Comite Especial Permanente a fin de continuar con el MORDAZA de seleccion conforme a las normas vigentes y a lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11639

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