Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2003 (29/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 29 de noviembre de 2003

Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 22245

Articulo 2º.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 22277

Modifican resolucion que establecio obligacion de medianos y pequenos contribuyentes de presentar sus declaraciones a traves de SUNAT VIRTUAL
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 222-2003/SUNAT MODIFICAN RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA QUE ESTABLECE OBLIGACION DE LOS MEDIANOS Y PEQUENOS CONTRIBUYENTES DE PRESENTAR SUS DECLARACIONES DETERMINATIVAS GENERADAS POR LOS PDT CUYO IMPORTE TOTAL A PAGAR SEA IGUAL A CERO A TRAVES DE SUNAT VIRTUAL MORDAZA, 28 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que el articulo 88º del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias, faculta a la Administracion Tributaria a establecer para determinados deudores la obligacion de presentar la declaracion tributaria por transferencia electronica, entre otros medios, en las condiciones que se senale para ello; Que en ese sentido, mediante la Resolucion de Superintendencia Nº 192-2003/SUNAT se establecio la obligacion de los Medianos y Pequenos Contribuyentes de presentar sus declaraciones determinativas cuyo importe total a pagar sea igual a cero (0) a traves de SUNAT Virtual; Que de acuerdo con el articulo 2º de la citada resolucion, las sucursales y agencias autorizadas de la Red Bancaria ubicadas en las Provincias de MORDAZA y Callao recibiran las referidas declaraciones solo hasta el 30 de noviembre de 2003, mientras que las ubicadas en el resto del MORDAZA las recibiran solo hasta el 31 de enero de 2004; Que a fin de brindar un servicio optimo a los contribuyentes comprendidos en el ambito de aplicacion de la referida resolucion, resulta conveniente ampliar los plazos mencionados en el considerando anterior; En uso de las facultades conferidas por el articulo 88º del TUO del Codigo Tributario, el articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- MORDAZA DE LA DECLARACION A TRAVES DE SUNAT VIRTUAL Sustituyase el primer parrafo del articulo 2º de la Resolucion de Superintendencia Nº 192-2003/SUNAT por el siguiente texto: "Las sucursales y agencias autorizadas de la Red Bancaria ubicadas en las Provincias de MORDAZA y Callao recibiran las Declaraciones originales, rectificatorias o sustitutorias generadas por los PDT cuyo Importe total a pagar sea igual a cero (0), solo hasta el 31 de enero de 2004. Asimismo, las sucursales y agencias autorizadas de la Red Bancaria ubicadas en el resto del MORDAZA recibiran dichas declaraciones solo hasta el 29 de febrero de 2004."

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Declaran en emergencia ambiental por contaminacion e intoxicacion por plomo a diversos asentamientos humanos, urbanizaciones y zonas aledanas de la Provincia Constitucional del Callao
ACUERDO Nº 0016-2003 Callao, 25 de noviembre de 2003 EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGION CALLAO, en sesion ordinaria celebrada el dia 25 de noviembre de 2003, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional; ACUERDA: Primero.- Declarar en Emergencia Ambiental por la contaminacion e intoxicacion por efectos del plomo a los Asentamientos Humanos de Puerto MORDAZA, San MORDAZA Bosco, Ciudadela Chalaca; las urbanizaciones Las Chacaritas, MORDAZA MORDAZA y zonas aledanas de la Provincia Constitucional del Callao. Segundo.- Confirmar una Comision Multiinstitucional que dispondra de treinta (30) dias habiles a partir de su instalacion, para presentar al Gobierno Regional del Callao, el diagnostico situacional y las alternativas de solucion. Tercero.- Dispensar al presente Acuerdo el tramite de aprobacion del Acta. Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administracion la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y el Diario "El Callao". POR TANTO: Mando se registre, comuniquese y publiquese. MORDAZA CANCHES MORDAZA Presidente del Consejo Regional 22365

Dejan sin efecto acuerdo mediante el cual se rechazaron expresiones difundidas en contra del Presidente del Gobierno Regional del Callao
ACUERDO Nº 0017-2003 Callao, 25 de noviembre del 2003 EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGION CALLAO, en sesion ordinaria celebrada el dia 25 de noviembre del 2003, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional;

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