Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2004 (25/08/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

Pag. 275176

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 25 de agosto de 2004

Articulo 2º.- Base Legal El presente Reglamento tiene como base legal el Articulo 2º literal a): y, Articulo 11º literales a) y b) de la Ley Organica de la Academia de la Magistratura Nº 26335; el articulo 22º, literal c); de la Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 26397. Asimismo, el Articulo 7º literal a); y Articulo 34º del Estatuto de la Academia aprobado por Resolucion Nº 0222001/AMAG-CD. Articulo 3º.- MORDAZA de Admision El MORDAZA de admision al MORDAZA Curso del Programa de Formacion de Aspirantes, Curso Especial de Preparacion para Aspirantes de todos los niveles del Poder Judicial y del Ministerio Publico, esta integrado por dos etapas: 1. Primera etapa : Examen escrito de conocimientos, sujeto a calificacion cuantitativa. 2. MORDAZA etapa: Evaluacion de los antecedentes profesionales y academicos, sujeto a calificacion cualitativa.

Se puede crear mas de una Comision de Evaluacion. Cada Comision esta integrada por tres miembros designados por la Presidencia del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, con indicacion del integrante que la presidira. La Comision de Evaluacion prepara, realiza y califica la evaluacion de la documentacion de los postulantes en acto privado. Designara a un Secretario entre sus integrantes, quien sera responsable de la elaboracion del acta de calificacion que se expida de acuerdo al cronograma establecido. Articulo 9º.- Formalidad de la calificacion Los miembros de la Comision deberan emitir su calificacion en uno de los siguientes sentidos: 1. Calificacion como postulante habil, en caso que de la verificacion y analisis de la documentacion presentada, esta se encuentre con arreglo a los requisitos establecidos en la Constitucion Politica del Estado, la Ley Organica del Poder Judicial y en su caso la Ley Organica del Ministerio Publico, segun sea el cargo al cual postula. 2. Calificacion como postulante inhabil, en caso que de la verificacion y analisis de la documentacion presentada, resulta que el postulante no cumple con los requisitos establecidos en el literal anterior. El resultado final de la evaluacion constara en acta la que, ademas de registrar las observaciones que a juicio de los miembros de la Comision resulten relevantes, debera ser firmada por sus miembros. Articulo 10º.- Calificacion de la evaluacion de los antecedentes profesionales y academicos La determinacion de postulante habil o inhabil corresponde a la calificacion cualitativa del MORDAZA de admision. La calificacion como postulante habil o inhabil producto de la evaluacion de los antecedentes profesionales y academicos sera publicada en cada sede desconcentrada de la Academia de la Magistratura, segun corresponda y, en todos los casos, en la sede central, de acuerdo al cronograma establecido para el desarrollo de la MORDAZA etapa del MORDAZA de admision.

TITULO II EXAMEN ESCRITO DE CONOCIMIENTOS
Articulo 4º.- Objeto del examen escrito de conocimientos El examen escrito de conocimientos para todos los niveles de aspirantes se realiza en un solo acto y tiene por objeto evaluar el razonamiento logico y verbal, asi como el razonamiento juridico en materia constitucional, penal y procesal penal y, en materia civil y procesal civil. Se aplica en forma objetiva a traves de preguntas de opcion multiple. Articulo 5º.- Nota del examen escrito La nota del examen escrito corresponde a la calificacion cuantitativa del MORDAZA de admision. La nota aprobatoria minima para el examen escrito de conocimientos es de trece (13:00) en la escala vigesimal. No es aplicable el redondeo de las cifras decimales a la cifra superior inmediata, de los calificativos obtenidos. TITULO III EVALUACION DE LOS ANTECEDENTES PROFESIONALES Y ACADEMICOS Articulo 6º.- Postulantes sujetos a evaluacion de los antecedentes profesionales y academicos Los postulantes que hayan obtenido una nota aprobatoria minima de trece (13:00) dentro de la escala vigesimal en el examen escrito de conocimientos, participaran en la MORDAZA etapa destinada a la evaluacion de los antecedentes profesionales y academicos. Para este efecto, la Academia de la Magistratura publicara la relacion de los postulantes que aprobaron la primera etapa y que se encuentran aptos para la MORDAZA etapa. Articulo 7º.- Finalidad de la evaluacion de los antecedentes profesionales y academicos La evaluacion de los antecedentes profesionales y academicos se realiza a traves de la verificacion y analisis de la documentacion que presento el postulante al momento de su inscripcion, a fin de determinar si reune los requisitos establecidos en el TUO de la Ley Organica del Poder Judicial o Ley Organica del Ministerio Publico; segun sea el cargo al que postula. La documentacion presentada por el postulante constituye su expediente personal y permanece en el archivo de la Academia de la Magistratura, si aprueba el MORDAZA de admision. En caso contrario, el postulante debera retirarlo en el plazo de sesenta (60) dias contados a partir del dia siguiente de la publicacion del resultado final del Concurso, personalmente o mediante apoderado designado por carta poder con firma legalizada notarialmente; vencido dicho plazo, sera incinerado. Articulo 8º.- Comision de Evaluacion La Comision de Evaluacion se encarga de evaluar los antecedentes profesionales y academicos de los postulantes. Ejecuta su accionar en la sede central de la Academia de la Magistratura, de acuerdo al cronograma establecido para tal efecto.

TITULO IV RESULTADO FINAL DEL CONCURSO
Articulo 11º.- Determinacion de la Calificacion Final La nota aprobatoria minima del MORDAZA Concurso Publico de Meritos para la admision al Curso Especial, esta compuesta por dos tipos de calificaciones concurrentes: 1. Calificacion cuantitativa: Haber obtenido un minimo de trece (13:00) en la escala vigesimal en el examen escrito de conocimientos, siendo que en ningun caso es aplicable el redondeo de las cifras decimales a la cifra superior inmediata; y, 2. Calificacion cualitativa: Haber obtenido la calificacion de postulante habil, con arreglo a lo dispuesto en el presente Reglamento. Para ser admitido en el MORDAZA Curso del Programa de Formacion de Aspirantes es necesario que el postulante, ademas de haber obtenido, de modo concurrente las calificaciones MORDAZA indicadas, MORDAZA logrado ocupar una de las vacantes establecidas por la Academia de la Magistratura. Las vacantes seran ocupadas por estricto orden de merito alcanzado por el postulante en la calificacion final de las dos etapas del MORDAZA de admision. Los resultados del concurso de admision y la relacion de los postulantes admitidos para cursar el MORDAZA Curso del Programa de Formacion de Aspirantes son inimpugnables y seran publicados por la Academia de la Magistratura. Quienes no logren una vacante dentro de las condiciones establecidas, tendran que someterse y aprobar el MORDAZA de evaluacion para su admision a un proximo curso del Programa de Formacion de Aspirantes, en la oportunidad en que la Academia de la Magistratura realice la respectiva convocatoria.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.