Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2004 (25/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, miercoles 25 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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les que los sustentan, a la Contraloria General de la Republica y demas organos competentes. Articulo Quinto.- ENCARGAR, a la SUBGERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS y al PROGRAMA DEL VASO DE LECHE Y COMEDORES POPULARES, el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Acuerdo y a la Gerencia Municipal su supervision. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 15359

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Aprueban "Amnistia de regularizacion de licencia de obra con certificado de parametros y de finalizacion de obra"
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 048-2004-MDPH
Punta MORDAZA, 6 de agosto del 2004 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA POR CUANTO: Visto, en la Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 6 de agosto del 2004, el Proyecto sobre Amnistia de Regularizacion de Licencia de Construccion con Certificado de Parametros y de Finalizacion de Obra en la jurisdiccion de Punta MORDAZA, presentado por la Division de Obras Publicas y Privadas; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 196º numerales 2 y 3 de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, son bienes y rentas de las municipalidades, los impuestos creados a su favor y las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos de su competencia, asimismo, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, los gobiernos locales crean, modifican y suprimen contribuciones, tasas o exoneraciones de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley, de conformidad con el Articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo 195º, el cual establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad en MORDAZA con las politicas, planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, por Ley Nº 27157 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC, se ha establecido los requisitos, derechos y sanciones, para la construccion, modificacion, remodelacion o demolicion de edificaciones e inmuebles, asi como tambien para la regularizacion de aquellas edificaciones realizadas sin la autorizacion correspondiente; Que, con Informe Nº 346-2004-MDPH/DDU-DOPyP, de fecha 5 de agosto del 2004, el Jefe de la Division de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas y Privadas, manifiesta que en la jurisdiccion del distrito se han detectado que un buen numero de edificaciones se han construido sin la respectiva Licencia de Construccion, y por lo tanto, las que han culminado tampoco cuentan con Certificado de Finalizacion de Obra; Que, por Informe Nº 184-JOAJ-MDPH-2004, de fecha 5 de agosto del 2004, la Jefatura de Asuntos Juridicos, senala que el Proyecto de Ordenanza presentado, dentro de los terminos generales se encuentra dentro de los margenes legales, es decir, se encuentra conforme a Ley;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 8º de la Ley Nº 27333, toda regularizacion de edificaciones requiere pagar una multa equivalente al 10% del valor de la obra; Que, segun el MORDAZA vigente en sus numerales 3.8, 3.9 y 3.10 se establecen los requisitos y derechos a pagar por los siguientes tramites de Certificado de Parametros, Certificado de Finalizacion de Obra y Regularizacion de Obras sin Licencia, respectivamente; Que, la presente Gestion Municipal, es consciente de las dificultades economicas que afectan a nuestros vecinos, asi como tambien la necesidad del Saneamiento Fisico Legal de sus construcciones a nivel del distrito; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - "Ley Organica de Municipalidades", luego del debate correspondiente, el Pleno del Concejo por Unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- APROBAR una "AMNISTIA DE REGULARIZACION DE LICENCIA DE OBRA CON CERTIFICADO DE PARAMETROS Y DE FINALIZACION DE OBRA", en la jurisdiccion del distrito de Punta MORDAZA, por un lapso de 90 dias calendario, a partir de su aprobacion; Articulo Segundo.- Se acogeran a esta Ordenanza los propietarios de inmuebles cuyo uso este destinado a vivienda, establecimiento comercial y/o de uso publico masivo para que regularicen el tramite de Licencia de Construccion, de las edificaciones sin autorizacion correspondiente. Articulo Tercero.- Otorguese (con el mismo tramite) el Certificado de Finalizacion de Obra a los propietarios de inmuebles destinados a uso de vivienda, establecimientos comerciales y/o de uso publico masivo, cuyas construcciones a la fecha de su solicitud, cumplan con las condiciones minimas de habitabilidad y esten de acuerdo al plano aprobado (de conformidad con la Seccion Preliminar Articulo 2º numeral 2.2 del Reglamento de la Ley Nº 27157 aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC). Articulo Cuarto.- Por la presente Amnistia, se reduce en un 50% el pago de los derechos de los tramites descritos en los numerales 3.8, 3.9 y 3.10 del MORDAZA de la Municipalidad de Punta Hermosa; Articulo Quinto.- Los infractores que se acogen a la presente Ordenanza gozan de la condonacion del 100% de las multas administrativas. Articulo Sexto.- Los infractores que se acogen a la presente Ordenanza cuya cobranza se encuentren en MORDAZA coactivo, podran acogerse a la regularizacion de la misma con la condonacion de la multa administrativa interpuesta, como sigue: - Al contado.- Condonacion del 50% de la Multa Administrativa - Fraccionado.- Condonacion del 40% de la Multa Administrativa, con una cuota inicial del 50% y el saldo fraccionado en 3 cuotas mensuales. Articulo Septimo.- Se excluye el beneficio de la presente Ordenanza a las edificaciones levantadas en contravencion a la normatividad vigente. Articulo Octavo.- Encarguese a la Gerencia Municipal, Jefatura de Rentas, Jefatura de Desarrollo MORDAZA y Jefatura de Imagen Institucional el cumplimiento y difusion de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. LIZANO H. DE MATSUKAWA Alcaldesa 15329

Otorgan plazo para regularizar retiro voluntario de kioscos ubicados en la Playa El Silencio
RESOLUCION JEFATURAL Nº 121-2004-RENTAS/MDPH
Punta MORDAZA, 17 de agosto del 2004

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