Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2004 (22/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, miercoles 22 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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to aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM, sus demas modificaciones, normas complementarias y conexas; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 7º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y los articulos 5º, 6º, 7º, 8º y 9º de su Reglamento establecen que las Entidades del Sector Publico deben elaborar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que provea bienes, servicios y obras que se requeriran durante el Ejercicio Presupuestal, asi como el monto del presupuesto requerido para su contratacion o adquisicion, el mismo que una vez aprobado debera ser remitido al CONSUCODE y PROMPYME dentro de los plazos establecidos; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 6º del Reglamento de la Ley MORDAZA senalada, establece que dicho Plan Anual debe contener la informacion de las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adquisiciones Directas a realizarse durante el periodo correspondiente a cada Ejercicio Fiscal; Que, la Subgerencia de Administracion Municipal de la Municipalidad Provincial de Loreto-Nauta, ha propuesto el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Fiscal 2005, el cual consolida la informacion de las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas Publicas y Selectivas de conformidad con lo senalado por la Resolucion Nº 200-2001-CONSUCODE/PRE, el mismo que resulta necesario aprobar; Que, en aplicacion a los dispositivos legales acotados, resulta necesario aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Provincial de Loreto-Nauta, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2005; Contando con las visaciones de las Oficinas de Planificacion y Presupuesto, de Asesoria Legal y Oficina de Administracion y en uso de las atribuciones que la Ley de Municipalidades me confiere; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas Publicas, Selectivas y de Menor Cuantia para el Ejercicio Presupuestario del ano 2005 de la Municipalidad Provincial de Loreto-Nauta cuyo anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- DISPONER que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones sea puesto a disposicion de los interesados en la Subgerencia de Planificacion y Presupuesto de la Municipalidad. Articulo Tercero.- PUBLIQUESE la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, y en el diario de mayor circulacion regional. Articulo Cuarto.- REMITASE MORDAZA del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Provincial de Loreto-Nauta al CONSUCODE y PROMPYME dentro del plazo de ley. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese en la forma y modo de ley. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 23128

Leche, solicitando compra urgente del Producto Harina de maiz Instantanea Azucarada, para el Programa Vaso de Leche; CONSIDERANDO: Que, mediante los Informes del Visto, se sugiere al Gerente Municipal solicitar una compra de urgencia del producto Harina de Maiz Instantanea Azucarada, a fin de evitar el desabastecimiento de insumos en el Programa del Vaso de Leche; Que, a traves de las Actas No. 24 y No. 25, se informa que en reunion de los miembros del Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche se trato el tema del desabastecimiento de insumos del Programa Vaso de Leche en razon a que en la Licitacion Publica No. 003-2004-CE/MPP solo se ha adjudicado la leche UHT y se declaro desierto el item referido a la harina de maiz instatanea azucarada, por la adquisicion de 39,954 kilogramos, por un valor referencial de S/. 144.633.48 nuevos soles; senalandose en los documentos de la referencia que la declaracion de urgencia de la adquisicion de Insumos del programa Vaso de Leche, referente al producto harina de maiz, que se propone responde a la necesidad de evitar el desabastecimiento a los beneficiarios y la devolucion de los recursos transferidos al Ministerio de Economia y Finanzas. El Valor Referencial actualizado asciende a la suma de S/. 147.829.80 nuevos soles; Que, el Art. 2º de la Ley Nº 24059 concordante con el Articulo 2.2. de la Ley Nº 27470, ha previsto que las Municipalidades son responsables de la ejecucion del Programa del Vaso de Leche, teniendo responsabilidad de ejecutar la implementacion de dicho programa en sus fases de seleccion de beneficios, programacion, distribucion, supervision y evaluacion; asimismo, el Numeral 4.1 de la Ley Nº 27470 establece que el Programa del Vaso de Leche debera cumplir con el requisito que exige un abastecimiento obligatorio los siete dias de la semana a los ninos, habiendose declarado prioritario de interes nacional la labor que realizan los Clubes de Madres, Comites de Vaso de Leche y demas Organizaciones sociales de base mediante la Ley Nº 25307 en concordancia con el Art. 2º, Inc. 16) y 3º de la Constitucion Politica del Peru, en lo que se refiere al Servicio de Apoyo alimentario que brindan estas Organizaciones a las familias de menores recursos; El articulo 19 literal c) y 21 del T.U.O. de la Ley Contrataciones y Adquisiciones del Estado concordante con lo establecido en el articulo 108 de su Reglamento establecen que se considera situacion de urgencia, como en el presente caso, cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio (harina de maiz) compromete en forma directa e inmediata la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo como es el desarrollo del Programa del Vaso de Leche. Senalando en el MORDAZA acotado reglamento que debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, la normatividad MORDAZA citada esta orientada a proteger a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche en atencion a los escasos recursos economicos con los que cuenta y en aplicacion de la funcion protectora y el caracter subsidiario del Estado, creando el deber juridico de los Gobiernos Locales de llevar a cabo las actividades que resulten indispensables para garantizar la ejecucion efectiva del Programa de Vaso de Leche y el diario abastecimiento de Alimentos a los beneficiarios empadronados dentro de su jurisdiccion; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica, a traves del Informe Nº 2261-2004-GAJ/MPP, de fecha 9 de diciembre de 2004, opina por la procedencia del Procedimiento de la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la adquisicion del producto harina de maiz por Situacion de Urgencia en la adquisicion del insumo MORDAZA mencionado para el Programa Vaso de Leche; la misma que debera formalizarse mediante Acuerdo del Concejo Municipal de esta Municipalidad Provincial previo informe tecnico de la Division de Vaso de Leche sobre la adquisicion, asi como de la necesidad de exoneracion que sustente la

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA
Declaran de urgencia la adquisicion de producto para el Programa Vaso de Leche
ACUERDO MUNICIPAL Nº 158-2004-C/CPP San MORDAZA de MORDAZA, 17 de diciembre de 2004. Visto, el Informe Nº 056 y 057-2004-MPP/CA.PVL., del Comite de Administracion del Programa Vaso de

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