Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2004 (18/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, viernes 18 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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bera observar las disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y modificatorias. Articulo Cuarto.- El contrato que se suscriba como consecuencia de lo senalado en el Articulo Primero del presente resolutivo, debera observar las disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y modificatorias, cumpliendo con los requisitos, condiciones, formalidades y garantias que establece la ley. Articulo Quinto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, a traves de la Gerencia de Administracion y Finanzas, haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica, la presente resolucion y los informes que la sustentan, dentro de los 10 dias calendario siguientes a su aprobacion, en cumplimiento de lo previsto por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SIVINA MORDAZA Presidente 11557

Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. MORDAZA MORDAZA RUETE Presidente 11493

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 275-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2004 VISTO: el Oficio Nº 015-2004-GO/RENIEC, Informe Nº 2007-2003-GO/SGREC/RENIEC y el Informe Nº 090-2004GAJ/RENIEC, de fecha 4 de febrero del 2004. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicito su Inscripcion en el Registro Unico de Identificacion de Personas Naturales, a traves del Formulario de Identidad Nº 16734919 de fecha 23 de junio del 2003, sustentando su propuesta registral, entre otros documentos, con la Partida de Nacimiento Nº 316 del Libro de Nacimientos perteneciente al ano 1980, expedida por la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la entonces Division Central de Procesos al verificar dicha partida observa que no cumple con las caracteristicas usuales de las actas de nacimiento que emite dicha Municipalidad, por lo cual, solicito la verificacion del sustento oficiando a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a efectos de que se informe si se encuentra registrado el nacimiento de la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la misma que mediante Oficio Nº 2437-2003-MML-DMSCDRC, de fecha 15 de MORDAZA del 2003, ha informado que en sus registros no aparece inscrito el nacimiento de dicha ciudadana; Que, se establece la presuncion razonada que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha hecho uso de un documento falso o falsificado como si fuese legitimo, para sustentar una situacion distinta de la realidad, con la consecuente insercion de un MORDAZA falso en el Formulario de Identidad, por lo cual se deduce la comision del delito contra la Fe Publica, en sus modalidades de Falsificacion de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso) y Falsedad Ideologica, previstos y sancionados en los articulos 427º y 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a quienes resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a quienes resulten responsables, por la comision del

ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de funcionario del BCR a Inglaterra para participar en MORDAZA sobre manejo de portafolio de reservas de bancos centrales
RESOLUCION DE DIRECTORIO Nº 044-2004 MORDAZA, 16 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que, el Banco Central de Reserva del Peru tiene la finalidad de preservar la estabilidad monetaria y entre sus funciones esta la de administrar las reservas internacionales; Que, para el cumplimiento de la referida funcion, la Gerencia de Operaciones Internacionales tiene entre sus objetivos propender a la optima administracion de las reservas internacionales del MORDAZA, velar por la oportuna y correcta ejecucion de las inversiones en el contexto del MORDAZA internacional y fortalecer los vinculos con organismos e instituciones del exterior; Que, en tal sentido, se considera conveniente la participacion de la entidad en el MORDAZA sobre Manejo de Portafolio de Reservas de Bancos Centrales, organizado por el Barclays Capital, que se llevara a cabo entre el 21 y el 25 de junio en la MORDAZA de Londres, Inglaterra, para lo cual han cursado invitacion a este Banco Central; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesion de 3 de junio de 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje por estudios del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Seccion Inversiones en Metales y Valores de la Gerencia de Operaciones Internacionales, a fin de intervenir en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje sera como sigue: Pasajes US$ 1 374,89 Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto US$ 28,24 -----------------TOTAL US$ 1 403,13

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