Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2004 (28/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, MORDAZA 28 de marzo de 2004
Nombre Cientifico Nephropsis occidentalis Ostrea MORDAZA Nombre comercial Cigala del MORDAZA Ostra de los MORDAZA

NORMAS LEGALES
Nº de especimenes 15,000 90,000

Pag. 265617

ral del Peru en MORDAZA, Republica Italiana, a partir del 1 de marzo de 2004; CONSIDERANDO: Que, por necesidades del servicio, se ha dispuesto que el Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica, en situacion de retiro, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consul General del Peru en MORDAZA, Republica Italiana, permanezca en dicho cargo hasta el 30 de MORDAZA de 2004; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar la fecha de termino de la designacion del Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica, en situacion de retiro, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Consul General del Peru en MORDAZA, Republica Italiana, fijada en la Resolucion Suprema Nº 037-2004-RE, de 28 de enero de 2004, estableciendose como nueva fecha el 1 de MORDAZA de 2004. Articulo Segundo.- Dejar subsistente en todo lo demas la Resolucion Suprema Nº 037-2004-RE, de 28 de enero de 2004. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 06281

Articulo 2º.- La eficacia de la presente Resolucion estara sujeta al ingreso de las especies hidrobiologicas MORDAZA autorizadas, con el correspondiente Certificado Sanitario, el mismo que debera ser presentado a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero en el plazo de veinticuatro (24) horas contado desde la realizacion de la importacion. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e) 06149

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan uso de Pasaporte Especial a Consul Honorario del Peru en la MORDAZA de San MORDAZA, El MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 103-2004-RE MORDAZA, 24 de marzo de 2004 Visto el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 019-99-RE del 19 de MORDAZA mediante el cual se aprueban las normas relativas al uso del Pasaporte Especial, el cual es otorgado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru, y senala expresamente que se podra autorizar el uso de este Pasaporte a los nacionales que desempenen funciones consulares ad honorem del Peru; Conforme al articulo 235º del Reglamento Consular del Peru, en el cual se especifica que los funcionarios consulares honorarios de nacionalidad peruana tienen derecho a que se les extienda pasaporte especial, conforme a las disposiciones vigentes; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el uso del Pasaporte Especial al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consul Honorario del Peru en la MORDAZA de San MORDAZA, El Salvador. Articulo 2º.- Extenderle el correspondiente Pasaporte Especial. Registrese y comuniquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 06280

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Modifican el Reglamento Nacional de Vehiculos
DECRETO SUPREMO Nº 014-2004-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2004-MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, por Resolucion Nº 0027-2004/CRT-INDECOPI, la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales del INDECOPI, en el Exp. Nº 0001-2003-CRT/P sobre restricciones para-arancelarias, se ha pronunciado en el sentido que la exigencia obligatoria del VIN para los vehiculos importados constituye una MORDAZA para-arancelaria que no se encuentra suficientemente justificada, resultando correcto dicho criterio exclusivamente para los vehiculos importados usados que ingresan por los regimenes de CETICOS y ZOFRATACNA cuyo fabricante no les asigna el VIN; Que, por otro lado, frente a la inminente entrada en vigencia el proximo 28 de MORDAZA del ano en curso de la Ley Nº 27973, la misma que deroga el Decreto Legislativo Nº 659 que establecio el Regimen de Supervision de Importaciones, resulta igualmente necesario efectuar las modificaciones del caso en el Reglamento Nacional de Vehiculos a fin de asegurar que, a partir de la fecha indicada, existan entidades debidamente autorizadas por la autoridad competente que sustituyan a las Empresas Supervisoras en la funcion de verificar el cumplimiento de la normativa nacional de los vehiculos importados usados que ingresan al MORDAZA, tanto por el regimen regular como por los regimenes especiales de CETICOS y ZOFRATACNA, en lo que respecta a requisitos tecnicos vehiculares y control de emisiones;

Modifican fecha de termino de designacion de Consul General del Peru en MORDAZA, Republica Italiana
RESOLUCION SUPREMA Nº 104-2004-RE MORDAZA, 24 de marzo de 2004 Vista la Resolucion Suprema Nº 037-2004-RE, de 28 de enero de 2004, que da por terminada la designacion del Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica, en situacion de retiro, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Consul Gene-

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