Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2004 (12/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
Nº de Registro

MORDAZA, miercoles 12 de MORDAZA de 2004 B0000217

premo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa; De acuerdo con la propuesta formulada; SE RESUELVE:

Codigo del Modelo ENDEAVOUR SERIES Casino Top Descripcion Maquina Tragamonedas de video, de cuerpo vertical con una tapa plana horizontal y un MORDAZA convencional de 19" pulgadas. Cuenta con aceptador de monedas y de billetes. El modelo no cuenta con palanca lateral y puede formar parte de un sistema de carrusel. Alto: 138.50 cm Ancho: 54.00 cm Largo: 65.10 cm

Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA GARRIDO-LECCA MORDAZA, en el cargo de Director General de la Oficina General de Informatica y Estadistica, cargo de confianza, Nivel F-5, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 08976 Dimensiones del Modelo

Registrese, comuniquese y publiquese.

Autorizan y registran modelo de maquina tragamonedas a solicitud de la empresa Flamingo Games S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 204-2004-MINCETUR/VMT/DNT MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2004 Visto, el Expediente Nº 000266-2004-MINCETUR, de fecha 03.03.2004, presentado por la empresa Flamingo Games S.A.C., en el que solicita autorizacion y registro de un (1) modelo de maquina tragamonedas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, se regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el articulo 11º del citado cuerpo legal que los modelos de maquinas tragamonedas cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el articulo 16º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, senala la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de los modelos de maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el articulo 21º del citado Reglamento establece que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro, a un examen tecnico ante una entidad autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion del Certificado de Cumplimiento Nº 200310-05, expedido por el Laboratorio de Certificacion de la Pontificia Universidad Catolica del Peru de fecha 20.10.2003, y verificado los requisitos tecnicos de la maquina tragamonedas cuya autorizacion y registro solicitan, se advierte que la misma cumple con lo dispuesto en el articulo 16º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion adjunta, se concluye que la solicitante ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para que la Direccion Nacional de Turismo acceda a la autorizacion y registro solicitada; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR y el Procedimiento Nº 05 del Decreto Supremo Nº 009-2003-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 045-2004-MINCETUR/ VMT/DNT/DJCMT/JYM y Legal Nº 214-2004-MINCETUR/ VMT/DNT/DJCMT/DAR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Flamingo Games S.A.C., el modelo de maquina tragamonedas fabricado por la empresa Konami Australia PTY LTD (Australia), segun el siguiente detalle:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 08895

DEFENSA
Autorizan el ingreso al Peru de personal militar extranjero
RESOLUCION SUPREMA Nº 184-2004-DE/SG MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica", establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Facsimil (DGS) Nº 201 de fecha 23 de MORDAZA del 2004, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, en merito a la informacion proporcionada por el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de MORDAZA, solicita se expida la autorizacion para el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, de personal militar de la MORDAZA estadounidense, del 23 al 30 de MORDAZA del presente ano, con la finalidad de participar en la Conferencia de Planeamiento Final del Ejercicio anual UNITAS 45-04, Fase Anfibia, que se desarrollara en MORDAZA y Callao; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 23 al 30 de MORDAZA del 2004, con la finalidad de participar en la Conferencia de Planeamiento Final del Ejercicio anual UNITAS 45-04, Fase Anfibia, que se desarrollara en MORDAZA y Callao. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion, conforme lo estipula el articulo 5º de la Ley Nº 27856. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros,

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