Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2005 (24/06/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 24 de junio de 2005

c) Disenar y ejecutar programas de capacitacion electoral dirigidos a los miembros de los organismos conformantes del sistema electoral, asi como a los Jurados Electorales Especiales; d) Celebrar convenios de cooperacion interinstitucional, con entidades privadas y publicas, nacionales y extranjeras que permitan concretar los objetivos y fines de la Escuela Electoral del Peru; e) Promover, desarrollar y difundir la produccion editorial materia de la formacion y capacitacion electoral a su cargo; f) Promover y desarrollar la investigacion especializada en el ambito electoral; g) Brindar informacion en derecho electoral a las organizaciones politicas, autoridades y profesionales que la requieran; h) Coordinar con la Gerencia de Normatividad y Asuntos Legales, la necesidad de normativa que requiera la Escuela Electoral del Peru, para el mejor cumplimiento de sus fines y objetivos; i) Proponer y participar en la elaboracion y actualizacion de manuales y normas administrativas que se requieran para el mejor desempeno de sus funciones; j) Realizar otras funciones afines a su competencia que le asigne el Gerente de Educacion Electoral y Comunicaciones. Capitulo XVII GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO ELECTORAL Articulo 71º.- La Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Electoral es el organo de linea que depende de la Secretaria General, encargado de formular los planes estrategicos para el desarrollo del sistema electoral en base a procesos de investigacion e innovacion que tiendan a fortalecer el accionar del MORDAZA Nacional de Elecciones como ente rector. Asimismo, se encarga de conducir los sistemas de planeamiento, presupuesto publico, organizacion, inversion publica y cooperacion tecnica internacional, orientados a mejorar los niveles de eficacia y eficiencia del MORDAZA Nacional de Elecciones. Articulo 72º.- La Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Electoral estara a cargo de un profesional con titulo universitario, directivo con categoria de Gerente. Articulo 73º.- Las funciones de la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Electoral, son las siguientes: a) Formular y proponer el Plan Estrategico Sectorial Multianual (PESEM) e Institucional (PEI), conteniendo acciones orientadas a programar, monitorear y evaluar la realizacion de los procesos electorales, asi como las acciones pertinentes para el desarrollo del sistema electoral. b) Formular, proponer y evaluar el Presupuesto Institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones y consolidar los Planes Operativos y Presupuestos de los demas organos para Formular el Plan Operativo Institucional (POI) orientado a la mejora continua de la Institucion; c) Consolidar los presupuestos de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), del Registro Nacional de Identificacion Nacional y Estado Civil (RENIEC) y del MORDAZA Nacional de Elecciones para la sustentacion del proyecto de Presupuesto del Sistema Electoral; d) Consolidar los planes y presupuestos de los demas organos para cada MORDAZA electoral, referendum y otras consultas populares para formular el Plan Electoral del MORDAZA Nacional de Elecciones y programar su presupuesto, asi como tambien efectuar los seguimientos y evaluaciones respectivas, proponiendo la Agenda del Comite de Gerencia y Planeamiento Estrategico y del Comite de Gestion Electoral; e) Elaborar las modificaciones y reprogramaciones presupuestarias que MORDAZA necesarias a nivel funcional programatico y a nivel institucional, para su formalizacion por el Titular del pliego, asi como realizar el cierre y conciliacion del presupuesto anual; f) Formular en coordinacion con los demas organos del MORDAZA Nacional de Elecciones, los calendarios de compromisos, y gestionar su aprobacion ante la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, asi como tambien efectuar el seguimiento de la disponibilidad presupuestaria para la elaboracion de compromisos;

g) Elaborar y remitir a los organismos estatales correspondientes, la informacion relacionada con el MORDAZA presupuestario del Pliego, de acuerdo con la normatividad vigente del Sistema Nacional de Presupuesto; h) Investigar y mantener actualizado el diagnostico sobre el Sistema Electoral, realizando los estudios e informes tecnico ­ economico - financieros de base estrategica para el desarrollo sectorial; i) Formular, actualizar y proponer la aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), Manual de Organizacion y Funciones (MOF), Directivas de Organizacion Institucional y otros documentos tecnico-normativos que sirvan de plataforma al desarrollo institucional; j) Planificar en coordinacion con los organos correspondientes, la elaboracion y actualizacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA); k) Formular estudios de mejoramiento y rediseno de los procesos de la organizacion para su estandarizacion y mejora continua en base al Plan Estrategico Sectorial Multianual; l) Proponer el sistema de informacion gerencial basado en indicadores de gestion para la institucion, una vez aprobadas monitorear y evaluar periodicamente su desarrollo, asi como medir el desempeno de la gestion de los organos del MORDAZA Nacional de Elecciones; m) Evaluar y proponer proyectos de inversion publica, asi como ejercer la representacion del sistema electoral ante el Sistema Nacional de Inversion Publica, de conformidad con las disposiciones MORDAZA en materia de su competencia; n) Formular, proponer y ejecutar el Plan Anual de Cooperacion Internacional, evaluandolo semestralmente; o) Canalizar todos los requerimientos de recursos provenientes de la cooperacion internacional con el fin de presentarlos a las MORDAZA cooperantes; p) Identificar nuevas MORDAZA de cooperacion internacional, para atender los requerimientos de desarrollo institucional y del sistema electoral; q) Administrar en coordinacion con los organos designados para tal fin, los proyectos que MORDAZA ejecutados por las distintas areas de la Institucion, supervisando y evaluando el fiel cumplimiento de los convenios o acuerdos pactados; r) Realizar otras funciones afines a su competencia que le asigne la Secretaria General. Articulo 74º.- La Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Electoral contara con una Oficina de Cooperacion Tecnica Internacional Capitulo XVIII OFICINA DE COOPERACION TECNICA INTERNACIONAL Articulo 75º.- La Oficina de Cooperacion Tecnica Internacional es el organo de linea que depende de la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Electoral, encargado de captar MORDAZA de cooperacion internacional para atender los requerimientos de desarrollo institucional y del sistema electoral. Articulo 76º.- La Oficina de Cooperacion Tecnica Internacional estara a cargo de un profesional con titulo universitario, ejecutivo con categoria de Jefe de Oficina. Articulo 77º.- Las funciones de la Oficina de Cooperacion Tecnica Internacional , son las siguientes: a) Formular, proponer y ejecutar el Plan Anual de Cooperacion Tecnica Internacional, evaluandolo semestralmente, asi como formular y ejecutar el Plan Operativo de la Oficina y proponer su Presupuesto de acuerdo a los procedimientos establecidos; b) Proponer los lineamientos de politica y normas para la cooperacion tecnica internacional que desarrollara el MORDAZA Nacional de Elecciones; c) Coordinar con las distintas areas de la Institucion, asesorandolas tecnicamente en la aplicacion de metodologias para el diseno de proyectos con financiamiento de cooperacion tecnica internacional; d) Lograr el financiamiento de proyectos por la cooperacion tecnica internacional, en el MORDAZA del planeamiento estrategico institucional;

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