Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2005 (23/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, miercoles 23 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Que, con relacion a la causal senalada en el inciso 4) de la MORDAZA acotada, los recurrentes sostienen que, el regidor don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reano hizo abandono del cargo injustificadamente, al haberse ausentado de la provincia de Huaral por mas 30 dias consecutivos, desde fecha posterior a la realizacion de la sesion extraordinaria del Concejo, celebrada el 30 de marzo de 2005, en la cual el mencionado regidor efectuo su "ultima MORDAZA efectiva", conforme se indica en la referida solicitud de vacancia, configurandose la cuestionada ausencia injustificada el 30 de MORDAZA del presente ano; Que, respecto a la causal indicada en el inciso 7) de la precitada MORDAZA, los regidores don MORDAZA Parientes Nunez y otros, aducen que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reano habria inasistido injustificadamente a las sesiones ordinarias de fechas 27 y 29 de MORDAZA, asi como a las celebradas el 24 y 31 de MORDAZA de 2005, y, tambien a dos sesiones extraordinarias de fechas 15 de MORDAZA y 5 de MORDAZA de 2005; Que, el Concejo Provincial de Huaral, en sesion extraordinaria del 12 de MORDAZA de 2005, cuya MORDAZA certificada del Acta corre de fojas 115 a 120, rechazo el pedido de vacancia del cargo de regidor don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reano, por no haber alcanzado el MORDAZA aprobatorio de los dos tercios del numero legal de los miembros del Concejo exigido por el articulo 23º de la Ley Nº 27972; Acuerdo que fue impugnado con el recurso de apelacion interpuesto por los regidores MORDAZA Parientes Nunez y otros, segun consta de fojas 2 a 11; Que, de las instrumentales que aparecen en autos, resultan contradictorias las afirmaciones vertidas por los apelantes, en el sentido que se invoca la casual de enfermedad o impedimento fisico permanente que impide el desempeno normal de las funciones del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reano atribuidas por el propio regidor, toda vez que se observa, tal como los senalan los recurrentes, que no obra en el expediente MORDAZA legalizada de certificado medico otorgado por autoridad competente del Ministerio de Salud que asi lo acredite; asimismo, debe desestimarse la causal de ausencia por mas de treinta dias consecutivos sin autorizacion del concejo municipal, dado que los mismos recurrentes senalan en su recurso de apelacion que, por Acuerdo de Concejo Nº 052-2005-MPH/CM, adoptado en sesion ordinaria de fecha 24 de MORDAZA de 2005, se le otorgo licencia por motivos de salud del 22 de MORDAZA al 20 de MORDAZA de 2005; con lo que a su vez carece de sustento, la causal de inasistencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses, respectivamente; Que, de lo expuesto, no se encuentra acreditado que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reano ha incurrido en las causales previstas en los incisos 3), 4) y 7) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Por tales fundamentos, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundada la apelacion interpuesta por los regidores de la Municipalidad Provincial de Huaral, departamento de MORDAZA, don MORDAZA Parientes Nunez y otros; y, en consecuencia, confirmar el Acuerdo del Concejo Provincial de Huaral, adoptado en la sesion extraordinaria de fecha 12 de MORDAZA de 2005, que rechazo el pedido de vacancia del cargo de regidor de dicha comuna don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reano, por las causales previstas en los incisos 3), 4) y 7) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipal Nº 27972. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON ­ MORDAZA MORDAZA, Secretario General 19805

Disponen que la OROP formule y explique las observaciones formuladas a la solicitud de inscripcion del Partido por la Democracia Social - Compromiso Peru, PDS
RESOLUCION Nº 361-2005-JNE Expediente Adm. Nº 006455-2005 MORDAZA, 21 de noviembre de 2005 VISTO en audiencia publica de fecha 27 de octubre de 2005, el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Picasso, Coordinador Nacional y Promotor del Partido por la Democracia Social ­ Compromiso Peru, PDS, contra la Resolucion Nº 0932005-OROP/JNE de fecha 11 de octubre de 2005, emitida por la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas-OROP, que resuelve denegar la solicitud de inscripcion del PDS; CONSIDERANDO: Que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Picasso solicita a fojas 2-3 la inscripcion del Partido por la Democracia Social ­ Compromiso Peru, PDS, adjuntando actas de constitucion de 75 Comites Provinciales y evaluando esta peticion, la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas, OROP, for mulando sus obser vaciones mediante Oficio Nº 3140-2005-OROP/JNE, reconoce como validos unicamente 39 Comites; Que tanto la lista de Comites invalidos de fojas 2117-2118 presentado como anexo del precisado Oficio, asi como este ultimo, resultan insuficientes para permitirle al solicitante un adecuado derecho de defensa, en razon a que en ninguno de ellos la OROP explica las razones especificas por las cuales rechazo 36 de estos Comites; Que de acuerdo al MORDAZA del debido procedimiento previsto en numeral 1.2 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, la Administracion tiene la obligacion de motivar sus decisiones, empero la OROP al expedir el Oficio Nº 3140-2005-OROP/JNE ha prescindido de lo que dicta tal MORDAZA, consecuentemente ha afectado la pretension de inscripcion referida y por consiguiente con tal acto administrativo incurre en causal de nulidad prevista en el numeral 1 del articulo 10 de la Ley Nº 27444; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar NULO el Oficio Nº 31402005-OROP/JNE de fecha 23 de septiembre de 2005, emitida por la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas, que contiene las observaciones a la solicitud de inscripcion del Partido por la Democracia Social ­ Compromiso Peru,PDS. Articulo Segundo.- Ordenar que la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas proceda a formular sus observaciones a la solicitud de inscripcion, conforme a las pautas establecidas en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 19806

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