Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2005 (24/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, jueves 24 de noviembre de 2005 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Satornicio Satornicio, Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Vilna, Republica de Lituania, durante los dias 24 al 28 de noviembre de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa MORDAZA Up S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nºs. 27614, 27615, 27616, 27617, 31413 y 31414, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos (por dos inspectores) US$ 2,600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 56.48 (por dos inspectores) Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 19862

Declaran que contrato de concesion para prestar servicios portadores suscrito con Satelites Digitales del MORDAZA S.A.C., ha quedado resuelto de pleno derecho
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 844-2005-MTC/03 MORDAZA, 21 de noviembre de 2005 VISTO, el expediente Nº 2001-009865 de la empresa SATELITES DIGITALES DEL MORDAZA S.A.C., sobre concesion para prestar los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional, otorgada por Resolucion Ministerial Nº 332-2002-MTC/15.03; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 332-2002-MTC/ 15.03, de fecha 4 de junio de 2002, se otorgo a SATELITES DIGITALES DEL MORDAZA S.A.C. concesion para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional, por el plazo de veinte (20) anos; Que, mediante Informe Nº 184-2003-MTC/18.01.1 de fecha 3 de setiembre de 2003, la Direccion General de Control y Supervision de Telecomunicaciones senala que la empresa concesionaria no ha cumplido con iniciar sus operaciones de acuerdo al numeral 6.01 de la clausula sexta del contrato de concesion, que no se encontro equipamiento y por lo tanto no se encuentra tecnicamente apta para brindar los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional; Que, el articulo 132º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senala que el contrato de concesion establecera en forma especifica el plazo para que la concesionaria inicie la prestacion del servicio de

telecomunicaciones concedido. Dicho plazo no esta sujeto a prorroga, salvo caso fortuito o fuerza mayor; actualmente, dicho tenor se encuentra recogido en el articulo 141º del TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; Que, el articulo 133º de citada Reglamento senala que vencido el plazo indicado en el parrafo anterior sin haberse iniciado la prestacion del servicio concedido, se producira de pleno derecho la resolucion del contrato de concesion; actualmente, dicho tenor se encuentra recogido en el articulo 142º del TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; Que, el numeral 6.01, de la clausula sexta del Contrato de Concesion para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional estipula que la concesionaria tiene la obligacion de iniciar la prestacion del servicio concedido en un plazo MORDAZA que no excedera de doce (12) meses, computados desde la fecha efectiva, de lo cual informara por escrito al Ministerio y al OSIPTEL con indicacion de la fecha de inicio de la prestacion real del servicio, denominada fecha de inicio de la prestacion del servicio. En caso esta incumpliera, la concesion quedara automaticamente sin efecto, siendo suficiente una comunicacion escrita del Ministerio; Que, el numeral 1) del articulo 135º del Reglamento General establece que el contrato de concesion se resuelve por incumplimiento del plazo pactado para iniciar la prestacion del servicio; actualmente, dicho tenor es recogido en el numeral 1) del articulo 144º del TUO del Reglamento General; Que, mediante Informe Nº 317-2005-MTC/17.01.ssp la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones concluye que SATELITES DIGITALES DEL MORDAZA S.A.C. ha incurrido en causal de resolucion de pleno derecho del contrato de concesion, prevista en el articulo 142º concordado con el numeral 1) del articulo 144º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, al no haber iniciado la prestacion del servicio en el plazo estipulado en el contrato de concesion; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002MTC; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar que ha quedado resuelto de pleno derecho, el contrato de concesion suscrito con la empresa SATELITES DIGITALES DEL MORDAZA S.A.C., para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional; en consecuencia, ha quedado sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 332-2002MTC/15.03 y demas resoluciones expedidas para la prestacion de los servicios concedidos, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 19871

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de cobro indebido de pensiones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 845-2005-MTC/11 MORDAZA, 21 de noviembre de 2005

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