Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2006 (05/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, martes 5 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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y 80, se corrobora el diagnostico evacuado por el Hospital de la MORDAZA de MORDAZA, senalando que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA padece de Esteatosis Hepatica y Dislipidemia, recomendando tratamiento especializado en dicho nosocomio para sus controles permanentes; Que, siendo asi, fluye del analisis de los presentes actuados verosimilitud respecto a las razones de salud expuestas por el nombrado magistrado, a que se refiere el articulo 3º del Reglamento de Traslados de Magistrados; por lo que es del caso acceder a su solicitud y disponer su traslado a la Corte Superior de Justicia del Callao, que en la actualidad cuenta con plaza vacante de Juez Especializado Penal; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 12 del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Minano, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundada la solicitud de traslado por motivos de salud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez titular del Primer Juzgado Especializado en lo Penal de Huaura, Distrito Judicial del mismo nombre, en consecuencia, se dispone su traslado a una plaza vacante de igual jerarquia y especialidad en la Corte Superior de Justicia del Callao. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Huaura y del Callao, a la Gerencia General del Poder Judicial, y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese, y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ

The British Internacional School of MORDAZA, al haber concluido satisfactoriamente sus estudios del 2° grado, conforme lo acredita con la Libreta de Estudios del 2004, de fojas 129 a 133; y agrega, que la tragica perdida de su MORDAZA, agravada por las circunstancias en que esta se produjo, conforme se encuentra corroborado por el informe de fojas 128, ha producido en su menor hijo un cuadro de depresion reactiva y estres post traumatico, por lo que se encuentra en tratamiento psicologico, lo que requiere de su participacion como padre, resultando de suma importancia para su recuperacion que continue su terapia en la MORDAZA de Lima; Que, de igual modo, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA adjunta a fojas 163 y 164, el Certificado Medico en el que aparece que el menor J.M.A.G sufre de trastorno de ajuste con sintomas ansioso depresivos, ademas de estres post traumatico agudo, por lo que se encuentra bajo tratamiento psicofarmacologico, que debe ser estrictamente supervisado por su padre, asi como asistir a psicoterapia individual y familiar (con su padre) minimo tres veces por semana; Que, teniendo en cuenta los hechos ocurridos con fecha posterior a la resolucion expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de fojas 117 a 118, y los informes presentados en calidad de nueva prueba, fluye del analisis de los presentes actuados verosimilitud respecto a las razones de unidad familiar expuestas por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a que se refiere el articulo 5° del Reglamento de Traslados de Magistrados; por lo que, el recurso de reconsideracion interpuesto resulta fundado, correspondiendo acceder a su solicitud y disponer su traslado a la Corte Superior de Justicia del Callao, que en la actualidad cuenta con plaza vacante de Vocal Superior; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 12° del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe de fojas 190 a 191, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado el recurso de reconsideracion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, contra la resolucion que obra de fojas 117 a 118; en consecuencia, se dispone su traslado a una plaza vacante de igual jerarquia en la Corte Superior de Justicia del Callao, por razones de unidad familiar. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y del Callao, a la Gerencia General del Poder Judicial, y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese, y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ

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Declaran fundada impugnacion y disponen el traslado de magistrado a la Corte Superior de Justicia del Callao
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 154- 2006 - CE - PJ
MORDAZA, 9 de noviembre del 2006 VISTO: El expediente administrativo que contiene el recurso de reconsideracion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, contra la resolucion expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial con fecha 24 de noviembre del 2004; y, CONSIDERANDO: Que, mediante resolucion de fojas 117 a 118, este Organo de Gobierno declaro improcedente la solicitud de traslado por razones de salud y de unidad familiar, presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal titular de la Corte Superior de Justicia de Ancash; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpone recurso de reconsideracion reiterando su pedido de traslado por razones de unidad familiar a la Corte Superior de Justicia del Callao, entre otros motivos, senalando que con fecha 23 de diciembre del 2004 su conyuge MORDAZA MORDAZA Parodi, como es de conocimiento publico y conforme lo acredita con el Acta de Defuncion debidamente certificada de fojas 123, perdio la MORDAZA a consecuencia de una triste y dolorosa fatalidad, todo ello en presencia de su hijo J.M.A.G de 8 anos de edad; asimismo, refiere que su menor hijo cursara el 3° grado de educacion primaria en el Colegio MORDAZA Bingham

6431-4

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Convocan a Magistrados para participar en el MORDAZA Taller "Ley de MORDAZA Judicial", a realizarse en el Auditorio de la Academia de la Magistratura
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 357-2006-P-CSJLI/PJ
MORDAZA, primero de diciembre del 2006

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