Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2006 (05/12/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

334030
VISTOS Y CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 5 de diciembre de 2006

Que mediante Oficio N° 4692-2006-CE-PJ, el Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, pone en conocimiento de este Despacho, que el Supremo Organo de Gobierno, en sesion de fecha 23 de noviembre del ano en curso, acordo autorizar la realizacion del MORDAZA Taller denominado "Ley de MORDAZA Judicial" propuesto y organizado por la Comision de Capacitacion del Area Constitucional, integrada por los Magistrados MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Oyague, MORDAZA MORDAZA Hasembank MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Velasco, que se llevara a cabo el dia 6 del presente mes a partir de las 18:00 horas; Que, siendo importante la participacion de Magistrados en eventos que propicien el debate de diversos temas juridicos, asi como el intercambio de ideas y puntos de vista que coadyuvaran a su desarrollo profesional, es que este Despacho convoca a los senores magistrados a concurrir al mencionado evento; Por tanto, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del articulo 90° de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- CONVOCAR la participacion de todos los senores Magistrados en el MORDAZA Taller denominado "Ley de MORDAZA Judicial", que se llevara a cabo el dia 6 del presente mes, a partir de las 18:00 horas, en el Auditorio de la Academia de la Magistratura. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Protocolo, la difusion del presente taller a los senores Magistrados de esta Corte Superior de Justicia. Articulo Tercero.- PONER la presente, en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Administracion Distrital y Oficina de Protocolo, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. J. MORDAZA MORDAZA ZALDIVAR Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA

6434-1

ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador interponer acciones judiciales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1039-2006-JEF/RENIEC
MORDAZA, 2 de noviembre de 2006 VISTOS: Los Oficios Nºs. 1828-2006/GO/RENIEC, 1827-2006/ GO/RENIEC y 816-2006-SGDAR/GP/RENIEC y los Informes Nº 714-2006/GAJ/RENIEC de fecha 28 de junio de 2006 y Nº 1351-2006/GAJ/RENIEC de fecha 20 de octubre de 2006, emitidos por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 28 de junio de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, se detecto que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitaron tramites de inscripcion en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales para obtener identidad que no les corresponde u obtener la autenticacion de documentacion falsa, presentando como sustento partidas de nacimiento o matrimonio emitidas presuntamente por las respectivas Oficinas de Registros Civiles, que se detallan en los documentos del visto; Que, con fecha 27 de octubre del ano 2004, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicito su inscripcion presentando MORDAZA del Acta de Nacimiento Nº 1086142, con fecha de inscripcion 6 de octubre de 1986 y fecha de nacimiento 1 de octubre de 1986 presuntamente expedida por

la Municipalidad Metropolitana de Lima; sin embargo, en dicho documento se observo que la firma del Registrador Civil no correspondia al aplicativo de consulta de Registradores Civiles y el formato no contaba con las caracteristicas de seguridad de las actas emitidas por la citada Municipalidad, mas aun teniendose en cuenta que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil se creo el 12 de MORDAZA de 1995, resultando imposible que el 6 de octubre de 1986, se hubiese inscrito el nacimiento del mencionado ciudadano mediante formato RENIEC, verificandose por Oficio Nº 7001-2004-MML-DMSC-DRC que el formato es distinto al que presento dicho ciudadano; Que, el 27 de noviembre de 2003, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA titular de la inscripcion Nº 06120867, presento ante el Area de Certificaciones MORDAZA certificada de la Partida Nº 00443166 del Libro de Matrimonios del ano 2003 presuntamente emitida por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres correspondiente a los contrayentes MORDAZA MORDAZA MORDAZA YANEZ y MORDAZA MORDAZA LANDAURO MORDAZA, solicitando la autenticacion del documento; sin embargo, por Oficio Nº 50504-DRC-GPS-MDSMP dicha Municipalidad senalo que el documento presentado es falso, pues no corresponden las autorizaciones, ni sellos y que, en la Partida Nº 00443166 se encuentra inscrito el matrimonio de los contrayentes MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Trujillo; Que, el 23 de junio del ano 2000, la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se presento como MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y, mediante el Formulario de Identidad Nº 09536093, obtuvo el Documento Nacional de Identidad Nº 41262245, acreditando su identidad con la Partida de Nacimiento Nº 89 presuntamente emitida por el Concejo Distrital de La MORDAZA de Carampoma - Huarochiri MORDAZA, registrando como fecha y lugar de nacimiento el 22 de setiembre de 1936 en La MORDAZA de Carampoma - Huarochiri - Lima; sin embargo, el 11 de febrero del ano 2005, ante la Agencia RENIEC de Independencia - MORDAZA, con Formulario de Tramite Nº 23284893, dicha ciudadana solicito la rectificacion de su pre-nombre, adjuntando para ello la Partida de Nacimiento Nº 89 de la Municipalidad Distrital de Laraos, en la que se registra como fecha y lugar de nacimiento el 22 de setiembre de 1936 en Laraos - Huarochiri - MORDAZA, conociendose por Oficio Nº 037-2005/MDC-HRI emitido por la Municipalidad Distrital de Carampoma que, la primera partida mencionada no se encuentra registrada en dicha Municipalidad; consecuentemente, mediante Resolucion Nº 111-2006/SGDAR/GP-RENIEC la Subgerencia de Depuracion y Archivo Registral dispuso la cancelacion del Documento Nacional de Identidad Nº 41262245; Que, de los hechos MORDAZA mencionados, se desprende que los citados ciudadanos, al haber presentado documentos falsos como si fuesen legitimos ante el Registro, con el fin de obtener identidad que no les corresponde o autenticaciones irregulares, constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsificacion de documentos, previsto y sancionado en el articulo 427º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de Ios intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de Ios intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsificacion de documentos, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para Ios fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

6263-13

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.