Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2006 (21/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; en su articulo 130º establece que el periodo de alcaldes y regidores de los centros poblados es de cuatro anos contados a partir de su creacion; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; en su articulo 132 establece que el procedimiento para la eleccion del MORDAZA y regidores de los centros poblados se regula por la ley de la materia; Que, la Ley Nº 28440, Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, en su articulo 2º, establece que la convocatoria a elecciones se realiza con 120 dias naturales de anticipacion al acto de sufragio, comunicando el acto al MORDAZA Nacional de Elecciones, bajo responsabilidad; Que, la Ley Nº 28440, Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, en su Disposicion Complementaria Primera, que regula la permanencia de autoridades, establece que las autoridades de los centros poblados que hayan sido elegidas bajo la vigencia de la Ley Nº 23853, culminaran su mandato a los cuatro anos contados a partir de la fecha de su designacion o eleccion, de conformidad con la Decimo MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27972; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades en su Decimo MORDAZA Disposicion Complementaria, establece que el periodo para los alcaldes y regidores de los centros poblados existentes se adecua a lo previsto en la misma ley; Que, el Acuerdo de Concejo Nº 17 de la Municipalidad Provincial del Callao, del 3 de marzo del 2003 designo a las autoridades del Centro Poblado Nuestra Senora de la MORDAZA - Mi Peru, en base a las ternas propuestas por la Municipalidad Distrital de Ventanilla, y efectuada una consulta popular en el Centro Poblado; Que, el Acuerdo Nº 112 del 7 de octubre de 1994 crea el Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru estableciendo en su articulo 2º los limites del centro poblado, no obstante es necesario incluir dentro de su jurisdiccion a las organizaciones poblacionales que han surgido a traves de los anos hasta el presente, a fin de que puedan elegir sus autoridades municipales; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 292 del 3 de agosto de 2006 se conformo la comision tecnica encargada de determinar los limites del Centro Poblado Nuestra Senora las MORDAZA - Mi Peru, a fin de que la Gerencia General de Asentamientos Humanos proceda a preparar un padron de electores; Que, mediante Informe Nº 129-2006-MPC-GGAH-GRP del 22 de setiembre del 2006, la Gerencia de Regulacion de la Propiedad de la Gerencia General de Asentamientos Humanos, informa que, no cuenta con los recursos humanos ni logisticos para realizar un empadronamiento en el Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru, por lo que la elaboracion del padron se debera encargar a dicha gerencia con la intervencion del personal de la Gerencia General de Participacion Vecinal y la Gerencia de Planeamiento MORDAZA dependiente de la Gerencia General de Desarrollo Urbano; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 401 del 29 de setiembre del 2006 se conformo una nueva comision tecnica para que se encargue de establecer los limites del centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru, debiendo entregar los planos en un plazo de 30 dias, y una vez establecidos los limites elabore o actualice el padron de electores con el apoyo de las Gerencias Generales de Participacion Vecinal y de Desarrollo MORDAZA y la Gerencia de Abastecimiento; Que, mediante Informe Nº 209-2006-MPC-GGDU del 16 de octubre del 2006 la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA hace conocer los requerimientos materiales para efectuar el establecimiento de limites y que segun la base cartografica referencial de la Municipalidad Provincial del Callao, se trata de un centro de aproximadamente 112.32 Has. y 5,854.00 ml. de perimetro. Que, mediante Ordenanza Nº 039 del 17 de octubre del 2006 se convoco a elecciones de autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru, para el 4 de febrero del 2007; Que, la Comision Especial Dictaminadora del Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru, ha tenido una serie de reuniones de trabajo para determinar los detalles del MORDAZA a realizarse, elaborando

un Reglamento de Elecciones de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru, en el cual se ha considerado que el Documento Nacional de Identidad es el mejor medio para probar el domicilio de los electores y la antiguedad en el mismo, no obstante considera que ha tocado efectuarse la programacion de las elecciones del centro poblado en medio de un MORDAZA de elecciones regionales y municipales; por lo cual, atendiendo al interes de los miembros de la Comision para que todos los que viven en el Centro Poblado y esten en capacidad de votar puedan expresar libremente su voluntad al elegir sus nuevas autoridades, se ha propuesto cerrar el padron el dia 23 de diciembre del 2006, considerando la informacion de la base de datos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Provincial del Callao ha dado la siguiente: Ordenanza que aprueba el Reglamento de Elecciones de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru. Primero.- Apruebase el Reglamento de Elecciones de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru, cuyo texto se inserta al final de la presente Ordenanza. Segundo.- Encargase a la Gerencia General de Asentamientos Humanos, actualizar el padron de electores, que debera presentar el dia 5 de enero del 2007. Tercero.- Encargase a la Gerencia General de Asentamientos Humanos efectuar una MORDAZA de difusion de actualizacion del Documento Nacional de Identidad en el Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru para participar en las Elecciones de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru. Cuarto.- Encargase a la Gerencia de Abastecimiento, dependiente de la Gerencia General de Administracion efectuar el apoyo logistico que demanden las Elecciones de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru y las acciones preparatorias para su realizacion. Quinto.- Encargase a la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, efectuar las acciones necesarias para la modificacion presupuestal que permita atender las Elecciones de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru y las acciones preparatorias para su realizacion. REGLAMENTO DE ELECCIONES DE AUTORIDADES DE LA MUNICIPALIDAD DE CENTRO POBLADO NUESTRA SENORA DE LAS MORDAZA - MI PERU CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- El presente Reglamento es un documento normativo y organizativo que tiene por finalidad la planificacion, organizacion y ejecucion del MORDAZA de Eleccion de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru. Esta desarrollado en base a lo indicado en los articulos 128º al 132º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y a la Ley Nº 28440, Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados. Articulo 2º.- El concejo municipal del Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru esta integrado por un MORDAZA y cinco regidores, los que son elegidos por un periodo de cuatro anos, contados a partir de su proclamacion. CAPITULO II DEL PADRON ELECTORAL Articulo 3º.- El Padron Electoral estara determinado por la residencia de los ciudadanos en el Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru. Se entiende como ciudadano residente a la persona natural con plena

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