Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2006 (23/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

MORDAZA, jueves 23 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES

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MORDAZA MORDAZA, siendo el plazo de ejecucion 30 dias naturales, el valor referencial es de S/. 63,925.92 (Sesenta y tres mil novecientos veinticinco con 92/100 Nuevos Soles) y la Unidad de Abastecimiento la encargada de la contratacion". Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y remitir MORDAZA a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad, conforme a lo estipulado en el Articulo 20º del D.S. Nº 083-2004-PCM. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Comision de Orden y Gestion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 03258

"Articulo 2º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion por situacion de desabastecimiento inminente la ejecucion de la obra Canalizacion de la MORDAZA 06 de la Universidad Nacional Agraria de la MORDAZA, la misma que sera ejecutada por el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, siendo el plazo de ejecucion 30 dias naturales, el valor referencial es de S/. 50,447.86 (Cincuenta mil cuatrocientos cuarenta y siete con 86/100 nuevos soles) y la Unidad de Abastecimiento la encargada de la contratacion; el organo de control interno debera adoptar las acciones pertinentes para determinar la responsabilidad de los servidores en caso de que el desabastecimiento se MORDAZA producido como consecuencia del obrar negligente en sus funciones, de conformidad con lo dispuesto en el 3er. parrafo del Ar t. 141º del D.S. Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley Contrataciones y Adquisiciones del Estado." Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y remitir MORDAZA a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad, conforme a lo estipulado en el articulo 20º del D.S. Nº 083-2004-PCM. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Comision de Orden y Gestion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 03257

Modifican resolucion de la Universidad Nacional Agraria de la MORDAZA que aprobo exonerar de MORDAZA de seleccion la ejecucion de obra de canalizacion
UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA MORDAZA COMISION DE ORDEN Y GESTION PRESIDENCIA RESOLUCION Nº 0106-2006-COG-P-R1376-UNAS Tingo MORDAZA, 7 de febrero del 2006 VISTO: La Resolucion Nº 098-2005-COG-P-R1376-UNAS, de fecha 21 de diciembre que aprueba la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la ejecucion de la obra: Canalizacion de la MORDAZA 06 de la Universidad Nacional Agraria de la MORDAZA, por causal de desabastecimiento inminente; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 1376-2005-ANR, de fecha 21 de noviembre de 2005 la Asamblea Nacional de Rectores, designo una nueva Comision de Orden y Gestion en la Universidad Nacional Agraria de la MORDAZA, con atribuciones de Asamblea Universitaria y Consejo Universitario, quedando suspendidos en sus funciones, los Organos de Gobierno; Que, de la revision del documento de visto, se ha observado la omision de algunos aspectos considerados en el numeral 6.5. de las disposiciones especificas de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE aprobada por Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 7 de MORDAZA del 2001; por lo que es procedente modificar la Resolucion del documento de visto, en el extremo de incluir los aspectos omitidos; y contando con el visto MORDAZA de Asesoria Legal; y, Estando al acuerdo de la Comision de Orden y Gestion en su sesion extraordinaria de fecha 7 de febrero, y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolucion Nº 1376-2005-ANR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 2º de la Resolucion Nº 098-2005-COG-P-R1376-UNAS, en los siguientes terminos:

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV
FE DE ERRATAS RESOLUCION CONASEV Nº 007-2006-EF/94.10 Fe de Erratas de la Resolucion CONASEV Nº 0072006-EF/94.10, publicada en nuestra edicion del 15 de febrero de 2006. En el Considerando 10: DICE: Que, aplicar la regla contraria "esto es, interpretar (...) con derecho a voto" implicaria (...) DEBE DECIR: Que, aplicar la regla contraria -esto es, interpretar (...) con derecho a voto- implicaria (...) En el Considerando 14: DICE: Que, si se considerase que el calculo (...) "y, por ende, (...) se traten" (...) DEBE DECIR: Que, si se considerase que el calculo (...) -y, por ende, (...) se traten"-(...) En el Considerando 18:

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