Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2006 (10/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano sabado 10 de junio de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

321067

Articulo Segundo.- Remitir la presente Resolucion al senor Presidente del Congreso de la Republica para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo Tercero.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales, por los hechos expuestos contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos, remitiendosele para tal efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 10299

Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de Transparencia de la Defensoria del Pueblo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo 10320

JNE
Declaran improcedente e infundada apelaciones interpuestas contra resolucion expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Sullana
RESOLUCION Nº 1150- 2006-JNE Exp. Nº 1061-2006-APEL MORDAZA, 7 de junio de 2006 VISTO, en Audiencia Publica del 7 de junio de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal Titular del partido politico "Peru Posible", contra la Resolucion Nº 20682006-JEE-SULLANA, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Sullana; CONSIDERANDO:

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Designan funcionaria responsable de elaborar y actualizar informacion contenida en el MORDAZA de Transparencia de la Defensoria del Pueblo
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 0028-2006/DP MORDAZA, 9 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo primero de la Resolucion Defensorial Nº 041-2005/DP se designo a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como responsable titular de la elaboracion y actualizacion de la informacion que debe estar contenida en el MORDAZA de Transparencia de la Defensoria del Pueblo, conforme a Ley; Que, habiendo concluido los servicios del responsable de la elaboracion y actualizacion del Por tal de Transparencia, es necesario designar a la persona que en su reemplazo asumira dichas funciones, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion, Ley Nº 27806, modificada por la Ley Nº 27927 y su respectivo Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; Que, el articulo 5º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, asi como el inciso c) del articulo 3º y el articulo 4º de su Reglamento, establecen la obligacion de la MORDAZA autoridad de la Entidad de designar a los funcionarios responsables de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia, mediante Resolucion que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, es procedente la modificacion de la Resolucion Defensorial Nº 041-2005/DP, en lo correspondiente a la designacion del responsable titular de la elaboracion y actualizacion de la informacion que debe estar contenida en el MORDAZA de Transparencia de la Defensoria del Pueblo, conforme a Ley; En uso de las atribuciones y facultades conferidas por el articulo 9º, inciso 8) de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo y de conformidad con los articulos 4º y 5º incisos d) y n) del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por la Resolucion Defensorial Nº 018-2005/DP; Con los visados del Primer Adjunto(e) y del Jefe(e) de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE:

Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como funcion administrar justicia en MORDAZA y definitiva instancia en materia electoral, asi como resolver los recursos que se interpongan contra las resoluciones de los Jurados Electorales Especiales, y que sus resoluciones no son susceptibles de revision, contra ellas no procede recurso o accion de garantia alguna conforme lo senalan los articulos 142º, 178 y 181º de la Constitucion Politica del Peru, concordado con el articulo 5º incisos a) y o) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486 y articulo 34º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que, mediante Resolucion Nº 1176-2006-JEESULLANA, el MORDAZA Electoral Especial de Sullana absuelve las observaciones en el acta electoral de la Mesa de Sufragio Nº 015533 del distrito de Sullana, provincia de Sullana, departamento de MORDAZA, correspondiente a la eleccion de formula congresal; considerando en forma erronea a la organizacion politica "Alianza por el Futuro" 38 votos; y, al candidato Nº 6 con 18 votos; dicha inexactitud, fue corregida mediante la emision de la resolucion apelada, consignandose esta vez de manera correcta los datos que aparecian escritos en el acta electoral del citado MORDAZA Electoral Especial, es decir, de 00 (cero) votos tanto para la agrupacion "Alianza por el Futuro" como para su candidato Nº 6; y, considerando 38 votos para "Union por el Peru" y 18 votos para su candidato Nº 6; Que, de la revision de los actuados, el personero legal del partido "Peru Posible" no precisa el derecho en el que ha sido agraviado, toda vez que la nulidad de oficio de la Resolucion Nº 1176-2006-JEE-SULLANA, no afecta a la votacion consignada a su partido politico ni a sus candidatos en las votaciones preferenciales, tomando en cuenta que han obtenido 00 votos, por lo que debe declararse improcedente la apelacion y nulo el concesorio; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE:

Articulo Primero.- DESIGNAR, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefa(e) de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, como responsable titular de la elaboracion y actualizacion de la informacion que debe estar contenida en el MORDAZA de Transparencia de la Defensoria del Pueblo, conforme a Ley.

Articulo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal Titular del partido politico "Peru Posible"; en consecuencia, CONFIRMAR la Resolucion Nº 2068-2006-JEE-SULLANA, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Sullana.

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