Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2006 (08/03/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 103

MORDAZA, miercoles 8 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

Pag. 314261

correspondiente bajo cuenta, costo y riesgo de las organizaciones politicas. CAPITULO II DE LA RESPONSABILIDAD Articulo 17º.- RESPONSABILIDAD Las Organizaciones Politicas que instalen publicidad electoral e infrinjan las disposiciones senaladas en la presente Ordenanza seran responsables ante la Municipalidad por las mismas. CAPITULO III DE LAS SANCIONES Articulo 18º.- SANCIONES APLICABLES A CADA INFRACCION Cualquier trasgresion a las disposiciones de la presente Ordenanza, sera sancionada con multa, demolicion y/o retiro, de ser el caso. Las sanciones aplicables a cada infraccion son las siguientes:
SANCIONES MEDIDAS % UIT COMPLEMENTARIAS 50% RETIRO

sede en este distrito, se rigen por las disposiciones de la presente Ordenanza. Quinta.- Encargar el cumplimiento y difusion de la presente Ordenanza a las Gerencias de Seguridad Ciudadana, de Fiscalizacion y de Desarrollo MORDAZA, pudiendo requerirse el MORDAZA de la Policia Nacional del Peru. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 04187

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban Reglamento del Canon para la Promocion del Desarrollo de Microemprendimientos Regionales
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000007 Callao, 1 de marzo de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO



INFRACCION

030.05.31 Por fijar paneles, carteles y/o banderola, pegar afiches y/o dibujar propaganda electoral en ubicaciones no autorizadas. 030.05.32 Por no retirar y/o borrar cada una de las propagandas electorales, dentro del plazo senalado en la presente Ordenanza. 030.05.33 Por efectuar pintas, destruir o deteriorar la propaganda electoral colocada por una organizacion politica. 030.05.34 Por colocar propaganda que impida u obstaculice la vision de otra previamente colocada. 030.05.35 Por exhibir propaganda politica en zonas no permitidas. 030.05.36 Por exhibir propaganda electoral MORDAZA de iniciado el MORDAZA electoral. 030.05.37 Por fijar paneles, carteles o banderolas, pegar afiches o dibujar propaganda electoral en propiedad privada sin la autorizacion del propietario. 030.05.38 Por emitir propaganda sonora fuera del horario establecido en la presente Ordenanza o supere los 50 decibeles. 030.05.39 Por lanzar folletos o colocar paneles sueltos de caracter politico en zonas no permitidas. 030.05.40 Por no comunicar a la autoridad municipal la instalacion de propaganda electoral.

50%

RETIRO

50%

50%

RETIRO

CONSIDERANDO:
50% 50% 50%

50%

50%

50%

RETIRO

Que, mediante Acuerdo Nº 000026 de fecha 24 de febrero del 2006, el Concejo Municipal aprobo el Dictamen Nº 0014-2006-MPC-CAM, de la Comision de Administracion, que aprueba la Adenda al Contrato de Concesion de la Via Expresa del Callao con el Consorcio Convial Callao S.A.; Que, la Clausula Tercera de la Adenda al Contrato de Concesion de la Via Expresa del Callao, establece que mediante Decreto de Alcaldia se aprobara el Reglamento donde se establezca las formalidades, procedimientos y responsabilidades en la disposicion de los fondos; Que, en tal sentido es necesario expedir el Decreto de Alcaldia que apruebe el Reglamento del Canon para la Promocion del Desarrollo de Microemprendimientos Regionales; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades que le confiere al MORDAZA, el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento del Canon para la Promocion del Desarrollo de Microempren-dimientos Regionales, a que se refiere Acuerdo Nº 000026 de fecha 24 de febrero del 2006, el mismo que se anexa y forma parte del presente Decreto. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion el cabal cumplimiento del presente Decreto. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 04243

TITULO IV DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Segunda.- Modifiquese el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad aprobado por el articulo 42º de la Ordenanza Nº 191-MSS e incorporense al mismo las infracciones contenidas en el articulo 18º de la presente Ordenanza. Tercera.- Deroguese la Ordenanza Nº 13-99-MSS, normas sobre propaganda electoral en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA de MORDAZA, asi como cualquier disposicion tecnica o reglamentaria que se oponga a la presente Ordenanza. Cuarta.Los colegios profesionales, organizaciones gremiales y sindicales, que tengan

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.