Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2006 (08/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 8 de marzo de 2006

VISTA: La resolucion de 6 de marzo de 2006 que declara consentida la Resolucion Nº 082-2006-JEE/LC; Expediente Nº 004-2006-LC; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 082-2006-JEE/LC, de 26 de febrero de 2006, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 1 de marzo del presente ano, se admitio a tramite la inscripcion de la lista de candidatos al Congreso de la Republica presentada por el partido Politico Resurgimiento Peruano, para el MORDAZA de Elecciones Generales 2006; Que, conforme a lo senalado en el articulo 120º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, cualquier ciudadano inscrito en el Registro Nacional de identificacion y Estado Civil puede formular tacha contra cualquiera de los candidatos fundada en la infraccion de los articulos 113º, 114º y 115º del mencionado cuerpo normativo, dentro de los tres dias siguientes a la publicacion de las listas de candidatos, por lo que habiendo transcurrido dicho plazo y no habiendose formulado tacha contra ninguno de los candidatos admitidos en la Resolucion Nº 082-2006-JEE/LC, la lista queda consentida, conforme se resolvio en la resolucion de 6 del presente, conforme a lo dispuesto en el articulo 121º de la mencionada ley; siendo ello asi, deviene procedente su inscripcion definitiva; Que, habiendose apelado el articulo MORDAZA de la Resolucion Nº 082-2006-JEE/LC, de 26 de febrero de 2006, que deniega la inscripcion de algunos candidatos al Congreso de la Republica, queda pendiente su inscripcion, estando a lo que resuelva el MORDAZA Nacional de Elecciones; Por estas consideraciones, en virtud de lo dispuesto en el articulo 36º, inciso f) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486, articulo 119º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones; y en la Resolucion Nº 047-2006-JNE; el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro, en uso de sus facultades conferidas por ley; RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir en forma definitiva la lista de candidatos al Congreso de la Republica, presentada por el partido Politico Resurgimiento Peruano, para el MORDAZA de Elecciones Generales 2006, la misma que esta integrada como sigue:
Nº ORDEN 01 02 03 04 05 07 10 12 13 15 16 17 18 20 22 23 25 27 28 29 30 32 33 34 35 APELLIDOS Y NOMBRES Bertin Guedes MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Supo Hanari MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Esaud MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arangure Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Raurau MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Koo Torero MORDAZA MORDAZA Guibovich MORDAZA MORDAZA Wiliam Rhendomy Helguero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Eli MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Copa MORDAZA Alvino MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tula MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Malo MORDAZA MORDAZA DNI 07718939 08808983 20072372 40901494 07875252 16132441 10559903 08139883 15698145 15605571 06211080 08588727 06280276 08031291 02641397 07058109 08255449 07561007 10249278 08586214 09544822 08048310 07949951 09984304 10616698

Articulo Segundo.- Precisar que la denegatoria de inscripcion de los candidatos a los que se contrae el articulo MORDAZA de la Resolucion Nº 082-2006-JEE/LC, se sujetara a lo que disponga el MORDAZA Nacional de Elecciones como ente revisor. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en la seccion normas legales del Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- Notificar el contenido de la presente resolucion a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales MORDAZA Centro. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GALDOS MORDAZA MORDAZA 04286

Inscriben en forma definitiva la lista de candidatos al Congreso de la Republica presentada por la Alianza electoral "Alianza para el futuro"
MORDAZA ELECTORAL ESPECIAL MORDAZA CENTRO RESOLUCION Nº 00141-2006-JEE/LC MORDAZA, 6 de marzo de 2006. VISTA: La resolucion de 6 de marzo de 2006 que declara consentida la Resolucion Nº 084-2006-JEE/LC; Expediente Nº 023-2006-LC; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 084-2006-JEE/LC, de 26 de febrero de 2006, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 6 de marzo del presente ano, se admitio a tramite la inscripcion de la lista de candidatos al Congreso de la Republica presentada por la Alianza electoral "Alianza para el futuro", para el MORDAZA de Elecciones Generales 2006; Que, conforme a lo senalado en el articulo 120º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, cualquier ciudadano inscrito en el Registro Nacional de identificacion y Estado Civil puede formular tacha contra cualquiera de los candidatos fundada en la infraccion de los articulos 113º, 114º y 115º del mencionado cuerpo normativo, dentro de los tres dias siguientes a la publicacion de las listas de candidatos, por lo que habiendo transcurrido dicho plazo y no habiendose formulado tacha contra ninguno de los candidatos admitidos en la Resolucion Nº 084-2006JEE/LC, la lista queda consentida, conforme se resolvio en la resolucion de 6 del presente, conforme a lo dispuesto en el articulo 121º de la mencionada ley; siendo ello asi, deviene procedente su inscripcion definitiva; Que, habiendose apelado el articulo MORDAZA de la Resolucion Nº 084-2006-JEE/LC, de 26 de febrero de 2006, que deniega la inscripcion de algunos candidatos al Congreso de la Republica, queda pendiente su inscripcion, estando a lo que resuelva el MORDAZA Nacional de Elecciones; Por estas consideraciones, en virtud de lo dispuesto en el articulo 36º, inciso f) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486, articulo 119º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones; y en la Resolucion Nº 047-2006-JNE; el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro, en uso de sus facultades conferidas por ley; RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir en forma definitiva la lista de candidatos al Congreso de la Republica, presentada por la Alianza electoral "Alianza para el futuro", para el

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